| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 575 DE 2014
(Octubre 14) (Derogada por el Art. 2°, Resolución 666 de 2018. Transmilenio)
Por la cual se modifica las Resolución 078 del 31 de Julio de 2000, con el fin de actualizar el Manual de Procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio TRANSMILENIO S.A
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”,
en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución 271 de Junio de 2013, y
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor. Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según Resolución 078 de 2000. Que mediante Acuerdo 002 de 2011 de la Junta Directiva de la EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO – “TRANSMILENIO S.A.” se determinaron las funciones de las dependencias. Que una vez presentado, discutido y ajustado, fue aprobado en sesión del Comité de Calidad y Control Interno del 10 de Agosto de 2012, el nuevo Mapa de Procesos de la entidad, atendiendo el nuevo rol institucional como ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público. Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos de la entidad, con el objeto de ajustarlo a las nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo de la entidad y del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al personal de la entidad y a los actores que intervienen en la Operación. En coherencia con la Estrategia Integral de Comunicaciones de la Entidad, la Estrategia Distrital para el Sistema Integrado de Transporte Publico y el Manual de Manejo de Crisis en Comunicación para el Sistema TransMilenio. En orientación del Séptimo Lineamiento para el desarrollo e implementación del Sistema Integrado de Gestión expedido por la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional adscrita a la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar la resolución 078 del 31 de Julio de 2000 en lo que corresponde a: la incorporación del siguiente documento:
ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga en su totalidad los procedimientos que le sean contrarios. Los demás procedimientos no modificados con la presente resolución continúan vigentes.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, a los 14 días del mes de octubre del año 2014.
JAIME GARCÍA MÉNDEZ Jefe de Oficina Asesora de Planeación
TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. RESPONSABLE 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA 5. DEFINICIONES 6. CONDICIONES GENERALES 7. DESCRIPCION DE ACTIVIDADES
1. OBJETO Establecer actividades que promuevan de forma permanente la participación ciudadana incidente en el desarrollo de los asuntos públicos y en la gestión institucional de TRANSMILENIO S.A. 2. ALCANCE Este procedimiento es de conocimiento y aplicación de los Servidores Públicos, Contratistas, Aprendices y Practicantes de TRANSMILENIO S.A. adscritos a las diversas Dependencias que interactúan con los usuarios de la Entidad y que deben promover e implementar los ejercicios de participación ciudadana. Este procedimiento inicia con la identificación de temáticas asociadas a la gestión institucional que requieran ejercicios de participación ciudadana incidente y termina con la evaluación del cumplimiento de los objetivos en materia de participación ciudadana. 3. RESPONSABLES Los responsables por la elaboración y actualización de este documento son el Profesional Especializado de Comunicaciones y Atención al Usuario y el Profesional Especializado de Gestión Corporativa. Por su estricto cumplimiento vela el Subgerente de Comunicaciones y Atención al Usuario y el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. Debe ser revisado por lo menos una vez al año o cuando la Subgerencia de Comunicaciones y Atención al Usuario o la Oficina Asesora de Planeación lo consideren pertinente. 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA * Constitución Política de Colombia * Ley 134 de 1994. Por el cual se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana. * Ley 850 de 2003. Por el cual se reglamentan las Veedurías Ciudadanas. * Ley 1421 de 1993. Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá * Ley 1474 de 2011. Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción. * Decreto 448 de 2007. Por el cual se crea y estructura el Sistema Distrital de Participación Ciudadana. * Decreto 371 de 2010. Por el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la transparencia y para la prevención de la corrupción en las Entidades y Organismos del Distrito Capital. * Decreto 503 de 2011. Por el cual se adopta la Política Pública de Participación Incidente para el Distrito Capital. * Acuerdo 110 de 2003. Por el cual se adoptan mecanismos e instancias para apoyar y promover en el ámbito distrital las Veedurías. * Acuerdo 131 de 2004, modificado por al Acuerdo 380 de 2009: Por el cual se establecen informes de rendición de cuentas de la gestión contractual y administrativa de las entidades públicas y localidades. * Acuerdo 142 de 2005. Por medio del cual se adoptan mecanismos e instancias para apoyar y promover en el ámbito distrital las Veedurías Ciudadanas y se dictan otras disposiciones. * Acuerdo 239 de 2006. Por medio del cual se organiza el control social de usuarios del servicio público de transporte terrestre automotor masivo, colectivo e individual de pasajeros en Bogotá, Distrito Capital * Estrategia Integral de Comunicaciones del SITP. * Manual de Manejo de Crisis en Comunicaciones – Sistema TransMilenio. * Manual de Gestión Social. M-SC-001. 5. DEFINICIONES Consejo: Reunión de los miembros de un cuerpo administrativo, consultivo o de Gobierno al que se le ha definido un objetivo común, unas funciones al respecto de su tarea y la deliberación de todos los que le conforman. Comité: Es un grupo de trabajo administrativo, consultivo o de Gobierno que con arreglo a la normatividad aplicable, tienen establecidos objetivos, funciones competencias y actividades deliberativas. Concesionario: Empresa Operadora que ha suscrito un Contrato de Concesión con la Entidad para la prestación del servicio de transporte publico terrestre de pasajeros. Instancia: Cada uno de los grados jurisdiccionales que la ley establece para examinar y sentenciar causas y desarrollar sus planes, programas y proyectos. Temática: Especificidad respecto del objeto de la participación y deliberación en los diferentes Consejos o Comités. Actores: Todos los individuos, grupos u organizaciones que forman parte o se vean afectados por el desarrollo de un actividad o función de la Entidad, obteniendo algún beneficio o perjuicio Mecanismos: Conjunto de actividades, operaciones o tareas documentadas, que deben realizarse de la misma forma, para obtener el mismo resultado con ocasión de las mismas circunstancias. Veeduría: Mecanismo democrático de representación que permiten a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública. Usuario: Individuo que usa ordinariamente los servicios prestados por el Sistema integrado de transporte público. 6. CONDICIONES GENERALES 6.1 Concepto de participación Ciudadana El tema de participación ciudadana tiene una gran amplitud de conceptos e interpretaciones, debido a las diversas formas o mecanismos mediante los cuales se puede materializar. Desde la normatividad existente, la Constitución Política de 1991 en su artículo 1º define a Colombia como un “Estado Social organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general” 2. De igual forma, en el documento de la Ruta de control social de la Veeduría Distrital, se menciona que con la promulgación de la Constitución Política de 1991, las y los ciudadanos adquirieron el poder de participar y hacer control a la gestión y a los asuntos públicos en todos aquellos ámbitos, aspectos y niveles en los que de forma total o mayoritaria se empleen recursos públicos, siendo esa posibilidad la base de la democracia participativa, característica de nuestro régimen político, como se plasma en el artículo 1° de la Constitución cuando se define Colombia. En virtud de lo anterior, el constituyente definió como fines esenciales del Estado “facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación” 3; asimismo, el artículo 270 determina que “La ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en los diversos niveles administrativos y sus resultados” En el Distrito Capital, la participación ciudadana inició su desarrollo legal en el artículo 6 del Decreto Ley 1421 de 1993, el cual establece que “Las autoridades distritales promoverán la organización de los habitantes y comunidades del Distrito y estimularán la creación de las asociaciones profesionales, culturales, cívicas, populares, comunitarias y juveniles que sirvan de mecanismo de representación en las distintas instancias de participación, concertación y vigilancia de la gestión distrital y local”5 ; adicionalmente, se crea la Ley 134 de 1994 sobre mecanismos de participación ciudadana, la Ley 850 de 2003 sobre Veedurías Ciudadanas y la Ley 1474 de 2011 que dictó normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. Posteriormente, el artículo 2° del Decreto Distrital 503 de 2011 “Por el cual se adopta la Política Pública de Participación Incidente para el Distrito Capital”, establece: “Entiéndase la participación ciudadana como el derecho al ejercicio pleno del poder de las personas que en condición de sujetos sociales y políticos, y de manera individual o colectiva transforman e inciden en la esfera pública en función del bien general y el cumplimiento de los derechos civiles, políticos, sociales, económicos, ambientales y culturales, mediante procesos de diálogo, deliberación y concertación entre actores sociales e institucionales, para materializar las políticas públicas, bajo los principios de dignidad humana, equidad, diversidad, incidencia. La participación se realizará sin discriminación por situación de discapacidad, ciclo vital, sexual, política, económica, étnica, cultural, o de cualquier otra índole. La connotación ciudadana significa hacer efectivo el derecho a la participación para desarrollar y ejercer la capacidad de gestión, movilización, incidencia, control social en los procesos de planeación, implementación, evaluación de las políticas públicas y en la resolución de los problemas sociales, contribuyendo con ello a afianzar lazos de identidad y sentido de pertenencia, para avanzar en el logro de una cultura democrática y la consolidación de una sociedad más justa basada en la construcción colectiva de lo público”. Dentro de los conceptos importantes por mencionar, se cuenta con el establecido en la Guía de Participación Ciudadana de la Procuraduría General de la Nación, la cual menciona que “La participación ciudadana tiene que ver con vivir la democracia. Es ejercer el derecho a elegir y ser elegido, el derecho a opinar, a participar en plebiscitos, referendos y consultas populares, constituir partidos y movimientos políticos, la posibilidad de revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa y el cabildo abierto, etc.”. Desde lo que describe la Veeduría Distrital, en su Guía para la formación de servidores públicos “el concepto de participación alude al proceso mediante el cual una persona o un grupo interviene en una situación dada para incidir en su desarrollo y destino final. En tal sentido, se habla de “formar parte de” o “tomar parte en”. Cuando esa participación opera en la esfera pública (es decir, en escenarios donde los que diferentes actores se encuentran para deliberar, confrontar sus ideas, construir reglas de juego sobre dimensiones específicas de la vida colectiva y/o construir acuerdos) en función de intereses específicos (sociales, territoriales, institucionales, etc.), se la denomina participación ciudadana” 7; establece también que “La participación ciudadana puede ser entendida como el proceso mediante el cual diferentes actores (sociales, económicos, políticos), en función de sus necesidades, intereses, recursos y motivaciones, intervienen en el escenario público con la intención de obtener bienes y servicios públicos o de incidir en la definición de los asuntos colectivos y, por esa vía, mantener, reformar o transformar su propio entorno La participación es la acción de individuos o grupos, para conocer, decidir, acompañar y vigilar los asuntos públicos de una sociedad a través de la manifestación de problemas, el diseño, discusión, proposición y práctica de soluciones el control y la vigilancia de las acciones y la defensa y promoción del interés general. Finalmente, como resultado del análisis de la normatividad citada se define la participación ciudadana como: La contribución de manera incidente que se puede dar por consensos, disensos y debates, a través de los sujetos políticos (el sujeto político como objeto del control social), colectivos y activos de derecho, expresando clara y contundentemente su voluntad, aportando con su opinión y sus acciones (propositiva, participativa y de aprendizaje continuo, en doble vía), conocimientos, saberes experiencias, propuestas. 6.2 Espacios y temáticas de Participación Ciudadana Analizando los mecanismos, espacios e instancias de participación ciudadana en las que actualmente está incursa la Entidad se identifican las siguientes:
6.3 Actores en el ejercicio de Participación Ciudadana Los actores que intervienen en el ejercicio de participación ciudadana se relacionan a continuación 6.3.1 Actores Externos * Usuario: Ciudadano o ciudadana a quien le presta la Entidad un servicio de transporte con quien mantiene una comunicación permanente sobre diferentes aspectos, como los servicios que se prestan, modificaciones y actividades. * Medios Masivos de Comunicación: son las instancias que permiten mantener a los usuarios y a la ciudadanía en general informados de lo que pasa a nivel nacional o internacional. Se trata de canales (Prensa, Radio, Televisión y Páginas Web) que entregan información, noticias e imágenes sobre lo que acontece alrededor de los ciudadanos. * Agencias Internacionales: es una agencia de información o también conocida como agencia de noticias que se encarga de recoger noticias de sus corresponsales en distintos lugares de su área de actividad y las transmiten inmediatamente a la central, donde, después de tratar la información, la envían, lo más rápido posible, a sus clientes (radios, diarios, revistas, televisoras o portales), conocidos en el argot periodístico como abonados * Autoridades Locales: Son las personas revestidas de algún mando, poder o magistratura en un determinado lugar o territorio de ámbito local. * Junta de Acción Comunal (JAC): Organizaciones civiles sin ánimo de lucro integradas por los vecinos de un sector, quienes suman esfuerzos y recursos para solucionar las necesidades de la comunidad y promover la participación * Líderes comunales: Personas que disponen de las cualidades y la capacidad de mediar e influir en mayor medida que el resto de miembros de una comunidad o grupo, al momento de tomar decisiones importantes o promover actividades que ayuden al desarrollo de la comunidad. * Organizaciones sociales: Es un grupo de personas que interactúan entre sí, en virtud de que mantienen determinadas relaciones entre ellos con el fin de obtener ciertos objetivos comunes. * Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Es el órgano administrativo que representa al Gobierno Distrital de Bogotá representado por el Alcalde Mayor quien es elegido democráticamente por los Ciudadanos del Distinto y quien tienen como objeto la aplicación de la Constitución, las Ordenanzas, los Acuerdos y las demás responsabilidades que se deriven del ejercicio de su cargo. * Entidades Públicas del Distrito Capital: las Entidades del Distrito hacen parte fundamental de todo el proceso de comunicación interna, donde se busca un trabajo conjunto y sinérgico en la divulgación de la información a lo largo del distrito, en búsqueda de esto, se genera una comunicación y divulgación de información conjunta con las siguientes Entidades del Distrito: * Lotería de Bogotá * Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital * Fondo de prestaciones Económicas, Cesantías y Prensiones - FONCEP * Instituto para la Economía Social – IPES * Instituto Distrital de Turismo * Secretaría Distrital de Salud * Fondo Financiero Distrital de Salud * Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD * Orquesta Filarmónica de Bogotá * Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC * Fundación Gilberto Alzate Avendaño * Canal Capital * Secretaría de Movilidad * Instituto de Desarrollo Urbano – IDU * Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial * Terminal de Transportes S.A. * Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público – DADEP * Cuerpo Oficial de Bomberos * Fondo de Prevención y Atención de Emergencias FOPAE * Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal * Secretaría Distrital de Planeación * Secretaría de Educación * Instituto para la investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico – IDEP * Instituto para la Protección de la Niñez y la Juventud – IDIPRON * Secretaría de Ambiente * Jardín Botánico * Secretaría de Hábitat * Empresa de Renovación Urbana * Metrovivienda * Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – EAAB * Empresa de Teléfonos de Bogotá – ETB * Empresa de Energía de Bogotá – EEB * Veeduría Distrital * Contraloría Distrital * Contraloría Distrital * Personería de Bogotá * Registraduría Distrital del Estado Civil 6.3.2 Actores Internos * Funcionarios: Son los trabajadores Oficiales y los Empleados Públicos de TRANSMILENIO S.A., que están vinculados directamente a la Entidad y hacen parte de los procesos activos de la misma, dentro de este grupo se encuentran Profesionales, Contratistas y Funcionarios que atienden PQRS en los canales de interacción con el Usuario y los gestores zonales, entre otros. * Contratista: personal natural o jurídica contratado por la Entidad para apoyar la gestión y operación. Se encuentran ubicados en todas las Dependencias de la Entidad tanto en la sede administrativa como en la operación en vía. * Gestor Zonal: Profesional que cuenta con capacidad de coordinación y de negociación tanto dentro de la organización como fuera de ella; Es el encargado de establecer mecanismos de participación con la comunidad y organizaciones sociales, además de la interlocución con las Entidades Distritales que tienen asentamiento en las diferentes localidades. * Empresas Operadoras – Concesionarios del SITP: Son aquellas empresas que se encargan de administrar la operación en el Sistema y son contratistas de la Entidad. Fueron escogidas a través de procesos licitatorios abiertos. 6.4 Plan de Participación Ciudadana Como apoyo para la gestión de la Participación Ciudadana, TRANSMILENIO S.A Estructura un Plan Institucional de Participación Ciudadana, teniendo en cuenta lo siguiente: * El alcance se define de acuerdo a la(s) temática(s) y a la forma en que la ciudadanía participa de carácter vinculante, cuando los actores participan de manera incidente en la gestión pública, e institucional o informativa o de consulta cuando la entidad solo quiere conocer de los actores la opinión sobre determinadas temáticas. * Los objetivos se establecen según lo que se espera de la participación, lo que se busca obtener haciendo el ejercicio de participación, el por qué se quiere involucrar e invitar a la ciudadanía o a los actores identificados. * En cuanto a los recursos involucrados se encuentran: el recurso humano, que se relaciona con los servidores(as) responsable(s) de liderar, así como el grupo de personas necesarias para apoyarlo; los recursos informáticos, tecnológicos de información y comunicaciones necesarios y los recursos para capacitación o formación cuando sea necesaria. * Describir un cronograma que contiene actividades, responsables y fechas respecto de cada uno de los espacios o instancias de participación identificadas, consolidando y organizando la información que se dará a conocer a los actores sobre la problemática o temática a los actores La construcción del Plan de participación Ciudadano para la vigencia actual se elaborara como un documento particular y para las vigencias subsiguientes se incluirá en el “Plan Anticorrupción y de Servicio y de Atención al Ciudadano” en razón a que este es el documento institucional que recopila los componentes, actividades y planes respecto de la Gestión Institucional de Riesgos, Política Antitrámites, Rendición de Cuenta y Servicio al Ciudadano. 7. DESCRIPCION DE ACTIVIDADES
NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5463 de octubre 31 de 2014 |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||