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Acuerdo 2 de 2015 Jardín Botánico José Celestino Mutis - JBB

Fecha de Expedición:
26/02/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/03/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5548 de marzo 6 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 002 DE 2015

 

(Febrero 26)

 

“Por el cual se autoriza al Director del Jardín Botánico José Celestino Mutis fijar el incremento salarial para los empleados de la planta de personal de la entidad que él lidera”.

 

LA JUNTA DIRECTIVA DEL JARDÍN BOTÁNICO JOSÉ CELESTINO MUTIS

 

En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 5 del Decreto 040 del 5 de febrero de 1993 y por el parágrafo del artículo 6° del Acuerdo 199 de 2005 del Concejo de Bogotá, D.C., y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con el parágrafo del artículo 12 de la Ley 4ª de 1992 al Gobierno Nacional le corresponde señalar el límite máximo salarial de los servidores públicos de las entidades territoriales, guardando equivalencias con cargos similares en el orden nacional.

 

Qué el artículo 15 del Acuerdo Distrital No. 575 de 17 de diciembre de 2014, por medio del cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2015 y se dictan otras disposiciones, establece que: “el incremento salarial en los Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica y las Empresas Sociales del Estado, deberá ser aprobado por sus respectivas Juntas o Consejos Directivos y asumido mediante acto administrativo del Gerente o Representante Legal y solo se requerirá para este efecto del concepto favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.”

 

Que mediante Circular Conjunta No. 01 emitida por la Secretaria Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el 9 de enero de 2015, se informa que las Entidades Descentralizadas de orden Distrital, adoptarán como porcentaje de incremento salarial el 5.16%, siempre y cuando al aplicar dicho porcentaje las asignaciones básicas no superen los límites establecidos por el Decreto Nacional No. 185 de 2014.

 

Que las asignaciones básicas cuyo incremento debió ajustarse al límite máximo salarial previsto en el Decreto Nacional No. 185 de 2014, una vez el Gobierno Nacional Fije Los límites máximos salariales correspondientes al año 2015 para los empleados públicos de las entidades territoriales, se reajustaran proporcionalmente con una diferencia de cien pesos ($100) al porcentaje establecido en el Acuerdo Laboral, sin que de ninguna manera se superen los nuevos límites.

 

Que conforme lo ordenado por el parágrafo del artículo 6º del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio 2015EE263 del 10 de febrero de 2015, emitió concepto técnico previo y favorable para el incremento salarial a la propuesta presentada por el Jardín Botánico José Celestino Mutis.

 

Que la observancia de los procesos y procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar para su ejecución será responsabilidad y competencia del Jardín Botánico José Celestino Mutis.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Director del Jardín Botánico José Celestino Mutis para fijar el incremento salarial para la vigencia 2015 en un porcentaje equivalente al 5.16%, para las distintas categorías de los empleos públicos de su planta de personal, conforme a las directrices emitidas por el Gobierno Distrital, y a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en  Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de febrero de dos mil quince (2015).

 

MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ

 

Presidenta Junta Directiva

 

MANUEL ÁVILA OLARTE

 

Secretario Junta Directiva

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5548 de marzo 6 de 2015