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Circular 42 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/03/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 042 DE 2015

 

(Marzo 20)

 

Para:

SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS Y GERENTES DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, OFICIALES Y MIXTAS, DE EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, DE SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, SOCIEDADES PÚBLICAS, ALCALDES/AS LOCALES Y RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

 

De:

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

Asunto:

Decreto Distrital 093 de 2015. "Por medio del cual se declara Día Cívico Distrital el 9 de Abril de 2015, en Memoria, Reconocimiento y Solidaridad con las Victimas del Conflicto Armado Interno y se dictan otras disposiciones".

 

Respetados/as Doctores/as:

 

En virtud de lo previsto por el artículo 142 de la Ley 1448 del 2011, el Alcalde Mayor mediante el Decreto Distrital 093 de 2015, decretó día cívico el 9 de abril de 2015, con el propósito de participar en los eventos y actividades que el Distrito Capital adelante para la referida fecha, como muestra de reconocimiento y solidaridad con las víctimas del conflicto armado interno.

 

Al respecto, de manera atenta, me permito remitir copia del citado Decreto a efecto que desde los organismos o entidades a su cargo, se incentive a los/as servidores/as a participar en dichos eventos y actividades.

 

Finalmente, cabe precisar que las entidades y organismos distritales que dentro de sus funciones presten servicios a los (las) ciudadanos (as) tales como: CADES, SUPERCADES y RAPICADES, entre otros, deberán garantizar con normalidad la atención.

 

Cordialmente,

 

MARTHA LUCÍA ZÁMORA ÁVILA

 

Secretaria General

 

C.C. N.A

 

Anexos: Decreto Distrital 093 de 2015 en Dos (02)  (sic) folios.

 

Proyectó: Oscar Andrés Huertas Merchán

 

Revisó: Mauricio A. Moncayo Valencia

 

Aprobó: Orlando Corredor Torres