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Decreto Local 1 de 2015 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
20/02/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/03/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5549 de marzo 09 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 001 DE 2015

(Febrero 20)

"Por medio del cual la Alcaldesa Local de Suba modifica el artículo séptimo y el articulo décimo séptimo en el parágrafo primero transitorio, segundo transitorio y tercero transitorio del Decreto Local 016 de 2014. Consejo Local de Paz"

CONSIDERANDO:

Que en virtud del contenido normativo del artículo 8º del Decreto 140 de 2013, el cual establece que: "las Juntas Administradoras Locales por iniciativa de cada Alcalde Local, reglamentaran la conformación de los Consejos Locales de Paz de que habla el Literal C del numeral 2 del artículo 3 del Acuerdo 17 de 1999 del Consejo de Bogotá D.C. La Junta Administradora Local de Suba, en aplicación de las disposiciones legales contenidas en los artículos 75, 76 y S.S. del Decreto Ley 1421 de 1993; expidió el Acuerdo Local 003 de 2014, "Por medio del cual crea y reglamenta el Consejo Local de Paz de la Localidad de Suba y se establecían otras disposiciones".

Que conforme a las facultades legales otorgadas a los Alcaldes Locales de Bogotá D.C., el Acuerdo Local 003 de 2014 fue sancionado por la Alcaldesa Local de Suba el 22 de octubre de 2014 y publicado en el Registro Distrital No. 5459 el 27 de octubre de 2014.

Que el parágrafo transitorio del Artículo Cuarto del Acuerdo Local No. 003 de 2014 ordena a la Alcaldesa Local de Suba dentro del término perentorio de noventa (90) días a partir de la vigencia del mencionado acuerdo, reglamentar por decreto la metodología para la elección y/o designación del Consejo Local de Paz de la Localidad y a su vez convocar a su elección; y en cumplimiento a dicha obligación se expidió el Decreto Local 016 de 2014 el 26 de diciembre de 2014.

Que teniendo en cuenta las particularidades con las que se ha venido desarrollando el proceso de difusión en la comunidad de la Localidad de Suba de la convocatoria para la elección del Consejo Local de Paz; el Comité de impulso dispuso solicitar el aplazamiento de los tiempos de la convocatoria y en este orden de ideas la modificación al Decreto Local 016 de 2014.

Por tanto, en mérito de las consideraciones antes señaladas, la Alcaldesa Local de Suba en uso de las facultades legales y Constitucionales,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese el Artículo Séptimo del Decreto Local 016 de 2014 el cual quedará así:

"(…)

ARTÍCULO SÉPTIMO: Los/as interesados/as en participar como electores/as por cada una de las circunscripciones deberán inscribirse de conformidad con lo estipulado en el artículo quinto del decreto 016 de 2014.

Las personas interesadas se inscribirán como electores de una de las diecisiete (17) circunscripciones estipuladas en el Artículo sexto del decreto 016 de 2014 presentando fotocopia de su documento de identidad.

Cada persona podrá inscribirse como elector/a en una sola circunscripción, de presentarse inscripción en varias circunscripciones solo se tendrá en cuenta la primera inscripción registrada.

(…)"

ARTÍCULO SEGUNDO: Modifíquese el (sic) Parágrafos primero, segundo y tercero transitorios del Artículo décimo séptimo del Decreto 016 de 2014 así:

"(…)

PARÁGRAFO PRIMERO TRANSITORIO. Cronograma Para efectos de constituir el Consejo Local de Paz por primera vez se seguirá el siguiente cronograma:

ACTIVIDAD

TIEMPO

Convocatoria e inscripción al comité de impulso

Del 29 de diciembre de 2014 al 16 de enero de 2015

Conformación del comité de impulso

De la semana del 12 de enero al 16 de enero de 2015

Apertura de convocatoria al Consejo Local de Paz de la Localidad 11 de Suba

De la semana del 19 al 24 de enero de 2015

Apertura de inscripción para candidatos (as) o electores (as)

Del 16 de enero al 24 de marzo de 2015

Jornadas de socialización

Del 16 de enero al 13 de Marzo de 2015

Elecciones y escrutinio

Domingo 29 marzo de 2015

Resultados publicables

Semana del 05 al 10 abril de 2015

Constitución del Consejo Local de paz de la Localidad 11 de Suba

17 de abril de 2015

PARÁGRAFO SEGUNDO TRANSITORIO. Para efecto del funcionamiento del Consejo Local en este periodo institucional, las organizaciones con asiento en él, elegirán el segundo viernes del mes de marzo de 2015 sus representantes. La Alcaldía Local de Suba apropiara recursos para la convocatoria difusión y promoción de dicho proceso.

PARÁGRAFO TERCERO TRANSITORIO. El Consejo Local de Paz para este periodo institucional se instalará y posesionará el tercer viernes del mes de abril de 2015 a las 9:00 AM en el despacho del Alcalde (sa) Local y sesionará hasta la culminación del periodo de la actual Alcaldesa Local.

(…)"

ARTÍCULO TERCERO. Los demás artículos permanecen sin modificación alguna respecto al Decreto Local 09  (sic) de  2014.

ARTÍCULO CUARTO. El presente Decreto Local rige a partir de su promulgación.

Comuníquese publíquese y cúmplase

Dado en Bogotá D.C., a los 20 días del mes de febrero del año 2015.

MARISOL PERILLA GÓMEZ

Alcaldesa Local de Suba

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5549 de marzo 09 de 2015