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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 021 DE 2002 (Mayo 27) Derogada por el art. 5, Resolución Contraloría Distrital 20 de 2003 "Por la cual se adopta el Instructivo para la Cuantificación de los Beneficios del Control Fiscal en la Contraloría de Bogotá, D.C." EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C., en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales, Legales y Reglamentarias, en especial las que le confiere el Acuerdo 24 de 2001 artículo 10, y CONSIDERANDO: Que el artículo 269 de la Carta Política prevé que "En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de las funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley, la Constitución Política y demás disposiciones legales vigentes".Que el artículo 4 de la ley 87 de 1993, "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones" contempla como responsabilidad de los directivos, el deber de implementar entre otros, por lo menos los siguientes aspectos: ... "j) Organización de métodos confiables para la evaluación de la gestión; ...". Que el artículo 8 de la Ley 87 de 1993, establece que el representante legal de cada entidad debe velar por el establecimiento formal de un sistema de evaluación y control de gestión, según las características de cada entidad. Que el parágrafo del artículo 48 de la Ley 190 de 1995 "Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa", establece "todas las entidades públicas diseñarán y revisarán periódicamente un manual de indicadores de eficiencia para la gestión de los servidores públicos de las dependencias y de la entidad en su conjunto, que deberán responder a indicadores generalmente aceptados". Que el artículo 37 de la Ley 489 de 1998 determina "En la política de desarrollo administrativo deberá darse prioridad al diseño, implementación, seguimiento y evaluación de los sistemas de información y a la elaboración de los indicadores de administración pública, que sirvan de soporte a los mismos". Que en el numeral 5 del artículo 42 del Acuerdo 24 de 2001, se asigna a la Dirección de Planeación la función de "proponer los indicadores de gestión, en coordinación con todas las dependencias, tendientes a la ejecución de las políticas planes, y programas, llevar el sistema de información de los mismos y diseñar el sistema y las herramientas e instrumentos de seguimiento y evaluación de tales indicadores y del desempeño general de la Entidad". Que el artículo 5 de la Resolución 026 del 24 de julio de 2001, "Por la cual se reglamenta el Comité Directivo como Organo Superior Jerárquico de Consulta, Coordinación y Evaluación en la Contraloría de Bogotá, D.C." se contempla como una de las funciones de dicho comité: "Asesorar el diseño e implementación de sistemas modernos de control de calidad que garanticen el cumplimiento de las funciones y los resultados previstos de las áreas de los procesos misionales de la Contraloría de Bogotá, D.C." Que en el numeral 17 del artículo 37 del Acuerdo 24 de 2001, expedido por el Concejo de Bogotá, por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones, se establece como función de la Oficina Asesora de Control Interno, la de «Velar por el establecimiento y aplicación del sistema de control y evaluación de gestión en todas las dependencias y áreas de la Contraloría de Bogotá»: Que se constituye en indispensable labor para la Contraloría de Bogotá, evaluar y medir los resultados de la gestión que adelanta en cumplimiento de su misión, partiendo del postulado que la viabilidad de las instituciones está dada por su contribución a la sociedad. RESUELVE: ARTÍCULO 1. - Adoptar el Instructivo para la Cuantificación de los Beneficios del Control Fiscal como herramienta que permite cuantificar los beneficios que otorga la Contraloría de Bogotá a través del ejercicio del control fiscal. Su utilización permite darle a conocer a la opinión pública los beneficios que se obtienen en la operacionalización de los cinco componentes de la fiscalización a saber: proceso auditor, de análisis económico y financiero, de evaluación de la gestión ambiental, de participación ciudadana y de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva. ARTÍCULO 2. - El Instructivo para la Cuantificación de los Beneficios del Control Fiscal se entiende incorporado a este acto administrativo para todos los efectos legales y es de obligatoria aplicación por parte de los Directores Misionales, responsables directos de la veracidad y oportunidad de la información reportada. ARTÍCULO 3. - La Oficina Asesora de Control Interno realizará las evaluaciones, seguimientos y verificaciones necesarias para garantizar la implementación y aplicación del Instructivo para la Cuantificación de los Beneficios del Control Fiscal en las diferentes dependencias de la Entidad, así mismo, velará por la validez de los documentos que sustentan los reportes realizados. ARTÍCULO 4. - A la Dirección de Planeación corresponde la consolidación de la información producto de la aplicación del Instructivo para la Cuantificación de los Beneficios del Control Fiscal, la actualización de la Metodología y la presentación de boletines producto de su aplicación de conformidad con la periodicidad establecida para ello. ARTÍCULO 5. - La presente Resolución rige a partir de la fecha. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 27 días del mes de mayo del año 2002. JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE Contralor de Bogotá, D.C. NOTA: La presente Resolución fue publicada en el Registro Distrital 2649 de Junio 5 de 2002. |