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RESOLUCIÓN 327 DE 2015 (Mayo 5) “POR LA CUAL SE CONFORMA EL COMITÉ DE INCENTIVOS Y/O DE BIENESTAR SOCIAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD -, Y SE ESTABLECEN SUS FUNCIONES”. EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 4 de 1978, la Resolución 131 de 2006 y CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley 1567 de 1998 “Por el cual se crean (sic) el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado”, dispone en su artículo 13 que “(...) Artículo 13º.- Sistema de Estímulos para los Empleados del Estado. Establécese el sistema de estímulos, el cual estará conformado por el conjunto interrelacionado y coherente de políticas, planes, entidades, disposiciones legales y programas de bienestar e incentivos que interactúan con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar de los empleados del Estado en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales (...)”. Que así mismo, en su artículo 18 consagra que “(...) Artículo 18º.- Programas de Bienestar Social e Incentivos. A través de los programas de bienestar social y de los programas de incentivos que formulen y ejecuten las entidades, se pondrá en funcionamiento el sistema de estímulos para los empleados. (...)”. Que las Entidades están en la obligación de organizar anualmente, para sus empleados, programas de bienestar e incentivos. Que mediante Directiva 001 del 6 de febrero de 2015, expedida por el Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, se establecieron los lineamientos Distritales para desarrollar los programas de bienestar e incentivos, en cada una de las Entidades del nivel Distrital. Que en el numeral 3 de dicha Directiva, se indica que cada Entidad creará el Comité de Incentivos y/o Bienestar Social. Que teniendo en cuenta lo anteriormente señalado, es procedente crear y conformar el Comité de Incentivos y/o Bienestar Social, establecer sus funciones y composición de acuerdo con las normas que rigen sobre la materia. Que en merito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1.- Crear el Comité de Incentivos y/o Bienestar Social del Instituto Distrital de Recreación y Deporte. Artículo 2.- Confórmese el Comité de Incentivos y/o Bienestar Social del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, el cual estará integrado así: 1. El Director General o su delegado. 2. El Subdirector Administrativo y Financiero o su delegado. 3. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. 4. El Profesional Especializado 222-11 Responsable del Área de Talento Humano, quien actuara como Secretario Técnico. 5. Dos (2) representantes de los empleados ante la Comisión de Personal. Artículo 3.- Funciones: El Comité de Incentivos y/o Bienestar Social del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, tendrá las siguientes funciones: 1. Verificar que la Entidad realice el estudio técnico para la identificación de necesidades y expectativas de los empleados en relación con el Bienestar social y los estímulos. 2. Establecer prioridades y seleccionar alternativas que puedan satisfacer las necesidades de bienestar de los funcionarios de la Entidad concordantes con los objetivos de la Administración. 3. Diseñar el programa de bienestar de acuerdo con las necesidades detectadas, las alternativas estudiadas, la capacidad administrativa y presupuestal de la Entidad y presentarlo al nominador para su aprobación y ejecución. 4. Realizar el seguimiento a la ejecución del plan de Bienestar y efectuar las recomendaciones a que haya lugar. Artículo 4.- Reuniones. El Comité de Incentivos y/o Bienestar Social del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, se reunirá por lo menos una (1) vez, cada dos (2) meses y cualquiera de los integrantes podrá convocar a reunión, cuando así se requiera. Artículo 5.- Quórum. El Comité de Incentivos y/o Bienestar Social del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, deliberará con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, y las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los asistentes. Artículo 6.- Funciones de la Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica, del Comité de Incentivos y/o Bienestar Social del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, será ejercida por el Profesional Especializado 222-11 responsable del Área Talento Humano y tendrá como funciones: 1. Convocar a reuniones ordinarias, la cual se hará por medio de memorando y/o correo electrónico, con una antelación de cinco (5) días a la fecha de la reunión. 2. Remitir oportunamente a los miembros la agenda de cada Comité. 3. Elaborar las actas de las reuniones del Comité y verificar su formalización por parte de sus miembros. 4. Presentar los informes que requiera el Comité. 5. Las demás que le sean asignadas por el Comité. Artículo 8.- (SIC) Actas: La secretaría Técnica del Comité levantará un acta de cada reunión celebrada y deberá ser suscrita por el Presidente del Comité y el Secretario Técnico. Artículo 9.- (SIC) Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 05 días del mes de mayo del año 2015. ALDO ENRIQUE CADENA ROJAS Director General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5589 de mayo 08 de 2015 |