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DECRETO LOCAL 005 DE 2015 (Abril 30) “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local” La alcaldesa Local de Suba, en ejercicio de las atribuciones legales y en especial las que le confieren el articulo 71 y 73, del decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con los Decretos Distritales 032 de 2007, el cual reglamenta el Acuerdo Distrital 12 de 1994 y CONSIDERANDO: Que el inciso segundo del artículo 71 del decreto 1421 de 1.993 prevé que los Ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde Local, debiendo sesionar por el término que señale la misma y únicamente se preocuparan de los asuntos que este someta a su consideración. Que el Decreto 372 de 2010 en su artículo 37º determina: “Excedentes Financieros: Se define el excedente financiero de cada F.D.L. como el saldo sin comprometer del presupuesto de gastos después de realizar el ajuste presupuestal por cierre. Los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local son de propiedad del Distrito. El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos. Que el CONFIS expidió la circular No 04 del 2015 del CONFIS con la cual se determinó la distribución de excedentes financieros generados por los 20 fondos de desarrollo local al cierre de la vigencia 2014. Que se hace necesario convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de la localidad de Suba para que se estudie la adición de los recursos de excedentes financieros entregados por el CONFIS y que en el numeral segundo de dicha circular se asignaron$4.579.640.813 destinados para la atención al adulto mayor - apoyo económico Tipo C. DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO. Modificado por el art. 1, Decreto Local 006 de 2015. Cítese a sesiones extraordinarias de la Junta administradora Local de Suba, a partir del cinco (05) y hasta el ocho (8) de Mayo del año 2015 inclusive. ARTÍCULO SEGUNDO. En las sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Suba se ocupará del trámite del siguiente asunto: Análisis, debate y aprobación de la adición al presupuesto Local de Suba para la Vigencia 2015, por distribución de Excedentes Financieros de la vigencia 2014, como lo contempló el CONFIS en la circular 04 de 2015. ARTÍCULO TERCERO. El presente decreto rige a partir de su expedición. Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE MARISOL PERILLA GÓMEZ Alcaldesa Local de Suba NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5585 de mayo 04 de 2015. |