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Resolución 333 de 2002 Superintendencia Nacional de Salud

Fecha de Expedición:
21/02/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/02/2002
Medio de Publicación:
Publicado en el Diario Oficial 44.721 del 25 de Febrero de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RSUS003332002

RESOLUCIÓN 333 DE 2002

(Febrero 21)

"Por la cual se clasifican los sujetos de supervisión y control objeto de la tasa a favor de la Superintendencia Nacional de Salud".

LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,

en uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas en los decretos 1259 de 1994, 1405 de 1999 y 2787 de 2001, y

CONSIDERANDO

Que mediante el artículo 98 de la Ley 488 de 1998 se creó la tasa a favor de la Superintendencia Nacional de Salud. El citado artículo determinó que las entidades de derecho público o privado y las entidades sin ánimo de lucro, con excepción de las beneficencias y loterías, cuya inspección y vigilancia corresponda a la Superintendencia Nacional de Salud, cancelarán una tasa anual destinada a garantizar el cumplimiento o desarrollo de las funciones propias de la superintendencia respecto de tales entidades;Que el artículo 98 de la Ley 488 de 1998 estableció los sistemas y métodos para la fijación de la tasa como lo ordena el inciso segundo del artículo 338 de la Constitución Política;

Que mediante Decreto 1405 de 1999, se reglamentó el sistema y el método para la fijación de la tasa anual que cancelarán las entidades cuya inspección, vigilancia y control corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud;

Que la Superintendencia Nacional de Salud de conformidad con el artículo 3º del Decreto 1405 de 1999, mediante resolución de carácter general, clasificará a los sujetos de su supervisión y control según se dediquen exclusiva o principalmente al recaudo de recursos, generación de recursos o prestación de servicios;

Que mediante Decreto 2787 de 2001, el Gobierno Nacional fijó los costos de supervisión y control de la Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia fiscal del año 2002, los cuales serán objeto de recuperación mediante la tasa;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTICULO 1. Clasificar a los sujetos de supervisión y control para la asignación de la tasa, así:

- Recaudadores de recursos

- Entidades promotoras de salud

- Empresas solidarias de salud

- Entidades adaptadas

- Cajas de compensación familiar

- Departamentos

- Municipios y distritos

- Compañías de seguros

- Generadores de recursos

- Concesionarios de apuestas permanentes

- Operadores juegos intermedios

- Etesa

- Productores nacionales de cerveza

- Fondocuenta de productos extranjeros

- Productores privados de licores

- Concesionarios de licores

- Licoreras departamentales

- Prestadores de servicios

- Instituciones prestadoras de servicios

- Empresas sociales del Estado

- Empresas de medicina prepagada

ARTICULO 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a 21 de febrero de 2002.

La Superintendente Nacional de Salud,

Gloria Isabel Triviño Valenzuela.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 44.721 del 25 de Febrero de 2002.