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RESOLUCIÓN 052 DE 2015 (Marzo) “Por la cual se designa los representantes del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo –COPASST” EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Acuerdo 01 de 2004; en el artículo 2º, numerales 2, 3, 16, y 18 del Acuerdo 03 de 2004; en el artículo 2º numerales 5, 7 y 8 del Acuerdo 06 de 2008 y, CONSIDERANDO: Que el Artículo 25 del Decreto 614 de 1984 establece la obligación para todas las empresas e instituciones públicas o privadas, de constituir un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial (hoy Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST) Integrado por un número igual de representantes de los patronos y de los trabajadores cuya organización y funcionamiento se regirá por la reglamentación especial que expidan conjuntamente los Ministerios de Salud, de trabajo y Seguridad Social. Que la Resolución 2013 de 1986 de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial (hoy Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST) en los lugares de trabajo. Que la Dirección Corporativa y CID convocó en tres oportunidades a los funcionarios de planta de la ERU para postularse como candidatos a representantes de los trabajadores de la Empresa en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST y como resultado de dichas convocatorias, solo se postuló una persona. Que el 18 de marzo de 2015, los funcionarios de la Empresa de Renovación Urbana, eligieron mediante votación como representante de los trabajadores ante el Comité Paritario de Seguridad y salud en el Trabajo COPASST a DAISY YADIRA AREVALO GONZALEZ, Profesional Universitario I, única candidata, por lo que no fue posible elegir representante suplente mediante esa modalidad. Que para garantizar la conformación del COPASST y la participación igualitaria de las partes, se hace necesario que la Gerencia designe al representante Suplente de los trabajadores ante dicho Comité. Que se hace necesario nombrar los representantes del Empleador ante el Comité Paritario de Seguridad y salud en el Trabajo COPASST. Que en mérito de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Designar como representante de los trabajadores la Empresa de Renovación Urbana ante el Comité Paritario de Seguridad y salud en el Trabajo COPASST en calidad de Suplente al funcionario OSCAR EDUARDO CRUZ, Profesional Universitario I. ARTÍCULO SEGUNDO. Designar como representantes de la Empresa de Renovación Urbana ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST a los siguientes funcionarios: *Principal: El (la) Jefe Oficina Asesora de Planeación Código 115 Grado 02. *Suplente: El (la) Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones Código 115 Grado 01. ARTÍCULO TERCERO. Designar como Presidente del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST al (la) Jefe Oficina Asesora de Planeación Código 115 Grado 02 de la Entidad. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C., a los tres (19) (sic) días del mes de marzo de dos mil quince (2015). NICOLÁS CORSO SALAMANCA Gerente General (E) |