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RESOLUCIÓN 008 DE 2015 (Mayo 13) “Por la cual se establece la distribución de los excedentes y/o utilidades distribuibles 2014 de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP - EAB”. EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL – CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto Distrital 714 de 1996 y en el Decreto Distrital 195 de 2007, y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el numeral 5 del Reglamento Interno 2012-2015 del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS adoptado en la sesión del 27 de febrero de 2012, le corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales. Que de acuerdo con la metodología para el cálculo de los excedentes y/o utilidades distribuibles para empresas no societarias y con los resultados financieros y contables presentados por la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP- EAB, se determinó un monto de excedentes y/ o utilidades distribuibles. Que el CONFIS en virtud de las facultades legales definidas en los Decretos Distritales 714 de 1996 y 195 de 2007, en sesión Nº 03 de 2015 distribuyó los excedentes y/o utilidades distribuibles obtenidas por la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP-EAB por valor de $836.205.925.015, así: (i) $60.112.895.387 con destino a la Tesorería Distrital (ii) $776.093.029.628 asignados a la Empresa que deberán emplearse en garantizar los proyectos y objetos que se detallan a continuación: (a) Contenerización de aseo por $80.000.000.000; (b) Adquisición predial y restauración ambiental - Reserva Thomas Van der Hammen por $90.000.000.000, recursos que deberán girarse al Fondiger, en el marco de las políticas y de las estrategias definidas dentro del Sistema de Gestión de Riesgos y Cambio Climático; (c) Diseños para protección y recuperación de humedales por $5.500.000.000, que deberán girarse al Fondiger; (d) Acciones y proyectos en el marco de la Operación Estratégica del Rio Fucha por $70.000.000.000. Los restantes $530.593.029.628 serán destinados a la capitalización de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP- EAB. Los recursos de la Disponibilidad Final deberán ser distribuidos por la Junta de la EAB en virtud de lo definido en el parágrafo 3 del artículo 28 del Decreto Distrital 195 de 2007, para atender estos propósitos. Que el CONFIS en virtud de las facultades legales definidas en los Decretos Distritales 714 de 1996 y 195 de 2007 en sesión Nº 05 de 2015 del 8 de Mayo de 2015 efectuó alcance a la decisión de distribución de excedentes y /o utilidades distribuibles definida en sesión CONFIS Nº 03 de 2015 en los siguientes términos: Distribuyó el excedente (utilidad distribuible) obtenida por valor de $836.206.195.524, así: (i) $60.113.165.896 con destino a la Tesorería Distrital (ii) $776.093.029.628 asignados a la Empresa que deberán emplearse en garantizar los proyectos y objetos que se detallan a continuación: (a) Contenerización de aseo por $80.000.000.000; (b) Adquisición predial y restauración ambiental - Reserva Thomas Van der Hammen por $90.000.000.000, recursos que deberán girarse al Fondiger, en el marco de las políticas y de las estrategias definidas dentro del Sistema de Gestión de Riesgos y Cambio Climático; (c) Diseños para protección y recuperación de quebradas y humedales por $5.500.000.000, para este propósito la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP- EAB deberá adelantar las acciones pertinentes a fin de entregar los diseños a la entidad competente en el marco del Sistema de Gestión de Riesgos y Cambio Climático; (d) Acciones y proyectos en el marco de la Operación Estratégica del Rio Fucha y recuperación y saneamiento hídrico de quebradas en la cuenca del Rio Tunjuelo por $70.000.000.000, de estos recursos la Empresa ejecutará directamente $54.227.000.000; $8.500.000.000 en acciones para la intervención estratégica en coordinación con el IDU y los $7.273.000.000 restantes en acciones para la intervención estratégica en coordinación con el Jardín Botánico José Celestino Mutis. El saldo por $530.593.029.628 será destinado a la capitalización de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP. EAB. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificado parcialmente por el art. 1, Resolución CONFIS 18 de 2015. Distribuir el excedente y/o utilidad distribuible de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP- EAB definidas en el año 2014 por $836.206.195.524, conforme al siguiente detalle: (i) $60.113.165.896 con destino a la Tesorería Distrital (ii) $776.093.029.628 asignados a la Empresa que deberán emplearse en garantizar los proyectos y objetos que se detallan a continuación: (a) Contenerización de aseo por $80.000.000.000; (b) Adquisición predial y restauración ambiental - Reserva Thomas Van der Hammen por $90.000.000.000, recursos que deberán girarse al Fondiger, en el marco de las políticas y de las estrategias definidas dentro del Sistema de Gestión de Riesgos y Cambio Climático; (c) Diseños para protección y recuperación de quebradas y humedales por $5.500.000.000, para este propósito la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP- EAB deberá adelantar las acciones pertinentes a fin de entregar los diseños a la entidad competente en el marco del Sistema de Gestión de Riesgos y Cambio Climático; (d) Acciones y proyectos en el marco de la Operación Estratégica del Rio Fucha y recuperación y saneamiento hídrico de quebradas en la cuenca del Rio Tunjuelo por $70.000.000.000, de estos recursos la Empresa ejecutará directamente $54.227.000.000; $8.500.000.000 en acciones para la intervención estratégica en coordinación con el IDU y los $7.273.000.000 restantes en acciones para la intervención estratégica en coordinación con el Jardín Botánico José Celestino Mutis. El saldo por $530.593.029.628 será destinado a la capitalización de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP. EAB. ARTÍCULO SEGUNDO. La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP - EAB deberá efectuar las acciones pertinentes para garantizar el cumplimiento de las decisiones definidas por el CONFIS detalladas anteriormente. ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de mayo del año 2015. GERARDO ARDILA CALDERÓN Secretario Técnico JOSÉ ALEJANDRO HERRERA LOZANO Secretario Distrital de Hacienda (E) NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5593 de mayo 14 de 2015 |