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RESOLUCIÓN 215 DE 2015 (Mayo 8) “Por la cual se modifican las Resoluciones 078 del 31 de Julio de 2000 y 437 del 24 de julio de 2014, con el fin de actualizar el Manual de Procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio TRANSMILENIO S.A.”. EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”, en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución 271 de Junio de 2013, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor. Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según Resolución 078 de 2000. Que mediante Acuerdo 002 de 2011 de la Junta Directiva de la EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO – “TRANSMILENIO S.A.” se determinaron las funciones de las dependencias. Que una vez presentado, discutido y ajustado, fue aprobado en sesión del Comité de Calidad y Control Interno del 10 de Agosto de 2012, el nuevo Mapa de Procesos de la Entidad, atendiendo el nuevo rol institucional como ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público. Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos de la Entidad, con el objeto de ajustarlo a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al personal de la Entidad y a los actores que intervienen en la Operación. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la resolución 078 del 31 de Julio de 2000 en lo que corresponde a la creación del documento relacionado a las (sic) versión registrada en el siguiente cuadro:
ARTÍCULO TERCERO (SIC): La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga en su totalidad los procedimientos que le sean contrarios. Los demás documentos no modificados con la presente resolución continúan vigentes. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, a los 08 días del mes de mayo del año 2015. ANDRÉS ARBOLEDA SALAZAR Jefe de Oficina Asesora de Planeación
TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. RESPONSABLE 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA 5. DEFINICIONES 6. CONDICIONES GENERALES 7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 8. FORMATOS 1. OBJETO Este procedimiento tiene como fin definir las pautas generales para la elaboración del Programa Anual de Caja de la Tesorería de Transmilenio. 2. ALCANCE Este procedimiento es de conocimiento y aplicación de la Tesorería General, la Subgerencia Económica y para conocimiento de los demás funcionarios asociados a los diferentes Procesos de TRANSMILENIO S.A. 3. RESPONSABLE El responsable por la elaboración, actualización, implementación y mantenimiento de este procedimiento es el Tesorero General y por su estricto cumplimiento velará el Subgerente Económico. 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA * Decreto 195 de 2007 “Por el cual se reglamenta y se establecen directrices y controles en el proceso presupuestal de las Entidades Descentralizadas y Empresas Sociales del Estado” * Manual Presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado * Ley 225 de 1995 Por la cual se modifica la Ley Orgánica de Presupuesto * Decreto 111 de 1996 “Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el estatuto orgánico del presupuesto” 5. DEFINICIONES PAC: El Programa anual de Caja es una herramienta financiera que permite la estimación de los egresos e ingresos de tesorería en un periodo determinado. PAC no Ejecutado: Son aquellas apropiaciones aprobadas en el PAC que por diversas circunstancias no se pagaron en el periodo que estaban programadas. Rezago: Es el residuo de la apropiación presupuestal que no se programa en el plan de pagos de la tesorería. PAC Anual: Corresponde al plan de pagos que se estima para una vigencia presupuestal. PAC Mensual: Corresponde al plan de pagos que se estima por un periodo de un mes. SISTEMA ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO (SIAF): Sistema en línea que integra las áreas administrativa (recursos humanos y físicos) y financiera (presupuesto, contabilidad y tesorería) conformando una herramienta que permite mantener actualizada la información, garantizar la calidad de la misma, facilitar la toma de decisiones y eliminar la duplicidad de datos con esquemas de seguridad definidos. 6. CONDICIONES GENERALES El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), se define como un instrumento de administración financiera mediante en el cual se verifica y aprueba el monto máximo mensual de fondos disponibles para los rubros presupuestales. La programación del PAC de gastos deberá realizarse a nivel de rubro presupuestal teniendo en cuenta que el mismo no debe ser superior al monto o valor total de las apropiaciones Para la construcción del PAC, se usará como referente los pagos históricos realizados en las últimas vigencias así como también la información sobre los diferentes proyectos a ejecutar en la vigencia, datos que deben ser suministrados por las Dependencias o Entidades encargadas de cada proyecto o actividad. 7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
8. TABLA DE FORMATOS
NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5594 de mayo 15 de 2015 |
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