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DECRETO LOCAL 003 DE 2015 (Mayo 13) Por el cual se prorroga el término de sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño convocadas mediante Decreto Local No. 01 de 2015 EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto ley 1421/93 y el artículo 53 del Acuerdo Local 01 de 2007, y, CONSIDERANDO: 1. Que en virtud de las competencias asignadas por el artículo 71 del Decreto ley 1421 de 1993, el Alcalde Local de Antonio Nariño mediante el Decreto Local citado en el epígrafe convocó a la Junta Administradora Local a sesiones extraordinarias para los días 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de mayo de 2015, con el objeto de de analizar, discutir y aprobar el ajuste presupuestal por excedentes financieros – Disponibilidad final 2014, conforme a las disposiciones consagradas en la Circular CONFIS No. 04 del 22 de abril de 2015. 2. Que según oficio del 12 de mayo de 2015 radicado ante el CDI de la Alcaldía Local de Antonio Nariño con consecutivo 20151520030302 de la misma fecha, el señor presidente de la Junta Administradora Local comunica a la administración local que en razón a haberse presentado falencias en la documentación enviada como soporte del proyecto de Acuerdo Local que originó la convocatoria a sesiones extraordinarias, a su juicio este hecho impidió dar el trámite legal correspondiente ante la Comisión Segunda de la Corporación hasta tanto no fueran allegados los soportes requeridos. 3. Que en la misma comunicación se expresa que la administración local allegó el 12 de mayo del corriente año los soportes técnicos y documentos solicitados, lo cual a partir de esta ocurrencia posibilitó la reanudación del trámite de estudio del proyecto de Acuerdo a instancia de la Comisión Segunda de la JAL, y por esta razón solicita se convoque nuevamente a sesiones extraordinarias para ocuparse del trámite del proyecto radicado el 4 de mayo de 2015. 4. Que de conformidad con lo consignado en los numerales anteriores y en aplicación de las disposiciones legales contenidas en el artículo 71 del Decreto ley 1421 de 1993 en concordancia con lo señalado en el artículo 53 del Acuerdo Local 01 de 2007 (reglamento Interno de la JAL), se considera viable extender el término de sesiones inicialmente previsto en Decreto Local No. 01 de 2015. 5. Que en merito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar hasta el 24 de mayo de 2015, inclusive, el término de las sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño convocadas mediante Decreto Local No. 01 de 2015. ARTÍCULO SEGUNDO: Durante la prórroga de las sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Antonio Nariño se ocupará del trámite de los mismos asuntos a los que se refiere el citado acto administrativo. ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de mayo del año 2015. GIOVANNI ALEXANDER MONROY PARDO Alcalde Local de Antonio Nariño |