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Decreto Local 10 de 2015 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
03/07/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/07/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5628 de julio 08 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 DE 2015

 

(Julio 3)

 

“Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local”.

 

El Alcalde Local de La Candelaria (E)

 

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 REUNIONES.- Inciso final Reza - “También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el termino que señale el Alcalde y únicamente se ocuparan de los asuntos que él mismo someta a su consideración”.

 

Que la Junta Administradora Local termino sesiones ordinarias el día 30 de Junio  de 2015.

 

Que en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Primera cursa el Expediente No. 250002324000201500003-00 Objetante ALCALDIA LOCAL DE LA CANDELARIA. ACTO OBJETADO PROYECTO DE ACUERDO No. 010 de 2014 “por medio del cual se aprueba el presupuesto  anual de ingresos y de gastos del fondo de desarrollo local de la Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2015” ASUNTO.- Sentencia de Única Instancia.

 

En mérito de lo anterior,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraordinarias por el periodo comprendido entre el seis(06) de julio al  ocho (8) de julio (2015) inclusive, con el fin de que la Junta Administradora Local de cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca  quien mediante pronunciamiento calendado el  21 de mayo de 2015 el cual en su parte Resolutiva en el Numeral Segundo reza“ DEVUELVASE a la Junta Administradora Local de la Candelaria el proyecto de Acuerdo No.010 de 2014 “por medio del cual se aprueba el presupuesto anual de ingresos y de gastos del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida  entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015” para que en sesión plenaria, en los términos del articulo 62 del Acuerdo Local 002 de 7 de septiembre, reconsidere la aprobación del articulo 2 y adopte las decisiones que en derecho corresponda. CUMPLIDO el tramite anterior se devolverá el proyecto de acuerdo corregido a esta Corporación, para proferir sentencia definitiva”.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 03 días del mes de julio del año 2015.

 

CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA

 

Alcalde Local de La Candelaria (E)

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5628 de julio 08 de 2015