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RESOLUCIÓN LOCAL 732 DE 2015 (Julio 31) “Por medio de la cual se adiciona o aclara la Resolución No. 727 de Julio 24 de 2015, que establece las condiciones y lugares en los cuales están ubicadas las carteleras locales y/o mogadores para la fijación de elementos de publicidad exterior visual, destinados a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradoras locales que se realizarán el 25 de octubre de 2015 en la Localidad de Bosa, en cumplimiento al Decreto No. 284 del 30 de junio de 2011, Resolución 0236 de 2015, Resolución 0871 del 8 de febrero de 2011, Resolución 13331 de 2014, Resolución 197 de 2003, Ley 140 de 1994, Decreto 564 de 2013, Ley 130 de 1994” y Decreto 299 de 2015 LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA En uso de sus facultades Constitucionales y legales especialmente las conferidas en el Decreto 1421 de 1993, el Decreto 284 del 30 de junio de 2011, la Ley 1437 de 2011 y CONSIDERANDO: Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, “por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, dispone: “Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de emisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, ésta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda. Que en la resolución 727 de Julio 24 de 2015 faltó incluir normativamente el Decreto 299 de 2015, relacionado con el tema de la la fijación de elementos de publicidad exterior visual, destinados a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradoras locales que se realizarán el 25 de octubre de 2015 en la Localidad de Bosa. Que en mérito de lo expuesto, la Alcaldesa Local de Bosa RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar la parte de los considerandos de la Resolución No. 727 de Julio 24 de 2015, en el sentido de señalar que se considera o tiene en cuenta también, lo dispuesto por el Decreto 299 de 2015, “Por el cual se regula la publicidad política o propaganda electoral, en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, que se llevarán a cabo el 25 de octubre de 2015 y se dictan otras disposiciones”. ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar la presente decisión a los diferentes partidos y movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que participan en las elecciones para gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradoras locales a celebrarse el 25 de octubre del año 2015, hacer el retiro y desmonte de la publicidad exterior visual conforme lo ordena la Ley y dejar el sitio en el estado en que se encontró de conformidad con cada autorización. ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Expedida en Bogotá D.C., a los 31 días del mes de julio del año 2015. DIANA CALDERÓN ROBLES Alcaldesa Local de Bosa NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5649 de agosto 11 de 2015. |