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ACUERDO LOCAL 0050 DE 2015 (Septiembre 12) "Por medio del cual se crea y reglamenta la Mesa de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad de Ciudad Bolívar". LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR En cumplimiento de lo dispuesto en el preámbulo, artículos 2° y 20 de la Constitución Política de Colombia y en ejercicio de las atribuciones que le confieren los art. 76, 77 y 78 del Decreto Ley 1421 de 1993 y El Reglamento Interno de la Corporación. CONSIDERANDO: Que la Constitución Política establece en su Artículo 20: "Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación" Que en el artículo 73 ibídem se señala que "La actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional." y en el artículo 74 se prevé que "Todas las personas, tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley. (…)". Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la Carta Política, y en la Sentencia T-391 de 2007 de la Corte Constitucional, "los derechos y libertades contenidos en la Carta se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia". Que el acuerdo 292 de 2007 Concejo de Bogotá, Distrito Capital establece los lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la misma Que el alcalde mayor de Bogotá, D.C., mediante el Decreto 150 de 2008 adopta la política pública distrital de comunicación comunitaria" Que el Decreto 150 de 2008 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., adopta la política pública distrital de comunicación comunitaria" Que la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar, entendida como organismo de participación y concertación, es uno de los principales espacios donde ocurre el fin esencial del Estado de facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política , administrativa y cultural de la nación. Que es función de la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar, como cuerpo colegiado y primera autoridad administrativa local, elegido por votación popular, en sus atribuciones está la de organizar, promover y motivar la participación real de las organizaciones locales. ACUERDA: ARTICULO 1. CREACION. Crease la Mesa de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad de Ciudad Bolívar como instancia asesora del alcalde local en los temas de comunicación comunitaria para la localidad, entendida como el proceso mediante el cual las comunidades asumen una voz propia y se organizan para integrarse y viabilizase por intereses comunes, para desarrollar y gestionar procesos comunicativos, medios de comunicación, formación, investigación, organización, entre otros que reivindiquen a la población y sus derechos humanos. ARTICULO 2.PRINCIPIOS. La Mesa de Comunicaciones Comunitaria y alternativa de Ciudad Bolívar estará orientada por los siguientes principios: Solidaridad: se estimula la articulación y el apoyo mutuo entre los colectivos y redes de comunicación comunitaria y alternativa y el compromiso de estos con el bienestar general de la población y la construcción de ciudad solidaria, equitativa, incluyente, democrática y participativa. Equidad: la Mesa de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad de Ciudad Bolívar buscara contribuir al acceso, en condiciones de igualdad y equidad, así como de no discriminación por razón de raza, étnica, clase, edad, genero, orientación sexual, condiciones físicas y mentales, a la utilización de los medios de comunicación, por parte de los diferentes colectivos y redes de comunicación comunitaria y alternativa y, en general, de las comunidades, grupos y sectores sociales y propenderá, en particular por la eliminación de los factores de exclusión que han dificultado eses tipo de acceso. Participación: Se buscara que los procesos de comunicación comunitaria y alternativa sean a la par, producto y factor de promoción y fortalecimiento del ejercicio pleno de la participación ciudadanía. Reconciliación: propender porque los procesos de comunicación comunitaria y alternativa promuevan la reconciliación y la concordia ciudadana, y la resolución pacífica de los conflictos. Representatividad: La Mesa de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad de Ciudad Bolívar propenderá por establecer estrategias que fortalezcan los procesos comunitarios y alternativos de comunicación, como formas de representación de las comunidades, los grupos y los sectores sociales existentes en la ciudad, estén o no vinculados a territorios específicos, tanto en lo que respecta a la formulación y difusión de su realidad social y simbólica, como a la promoción de sus identidades y la expresión de sus necesidades y demandas, en un marco de respeto a la diversidad y a la multiculturalidad. Legitimidad Social: Se propenderá por el reconocimiento de los procesos de comunicación comunitaria, alternativa y local, por parte de las comunidades, los grupos y los sectores sociales. Autonomía: Se respetara la independencia y autonomía de los medios de comunicación de la Mesa Local de Comunicaciones, los colectivos, las redes de comunicación comunitaria y Alternativa y de los procesos comunicativos que se desarrollan, en el marco de la Constitución Política y la ley, y se evitara todo intento de cooptación, presión o injerencia por parte de las autoridades distritales y locales en sus organizaciones y actividades. Calidad: La Mesa de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad de Ciudad Bolívar promoverá la calidad y pertinencia de los productos comunicativos en sus aspectos técnico, cultural y estético, a través, entre otras vías, del desarrollo de acciones que fortalezcan las habilidades y conocimientos de los medios de comunicación, colectivos y redes de comunicación comunitaria y alternativa. Coordinación: La Mesa de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad de Ciudad Bolívar propenderá por la adecuada articulación, en un marco de respeto mutuo, entre la administración distrital y local, con los medios de comunicación comunitaria y alternativa sentados en la Mesa Local de Comunicaciones de Ciudad Bolívar. Corresponsabilidad: Se propenderá por un equilibrado balance de responsabilidad entre la administración local y los medios de comunicación de la Mesa Local de Comunicaciones de Ciudad Bolívar, en la formulación y ejecución de la política a que se refiere el presente artículo. Seguimiento y Evaluación: La Mesa de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad de Ciudad Bolívar, la Política y las estrategias y líneas de acción, de que trata este Acuerdo, serán objeto de seguimiento sistemático por los integrantes de la Mesa Local de Comunicación Comunitaria y Alternativa, basado en Indicadores pertinentes, así como de evaluación y revisiones periódicas, en pos de anticipar las modificaciones y ajustes necesarios para el logro de los objetivos propuestos. ARTICULO 3. CONFORMACION. La Mesa de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad de Ciudad Bolívar estará conformada de la siguiente manera: El Alcalde Local o su delegado. Uno (1) Delegado de la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar. Dos (2) representantes de cada uno de los siguientes sectores de comunicación existente en la comunidad ya sean medios escritos o gráficos, medios Audiovisuales, medios sonoros, medios TICS y organizaciones no gubernamentales cuyo objeto social se relacione con las actividades de comunicación comunitaria. Uno (1) Representante de colegios con de dinámicas en comunicación comunitaria desarrolladas al interior de este. Uno (1) Representante de los medios comunitarios y/o procesos de comunicación de las etnias. ARTICULO 4. SECRETARIA TECNICA DE LA MESA. La secretaria técnica de la Mesa de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad de Ciudad Bolívar será ejercida por el jefe de prensa de la Alcaldía local, quien se encargara de llevar las actas de las reuniones y vigilara el cumplimiento de las funciones de la mesa, esta función es indelegable. ARTICULO 5. OBJETIVO. La Mesa de Comunicación Comunitaria y Alternativa de la Localidad de Ciudad Bolívar tendrá como objetivos: • Propiciar espacios de producción comunitaria transmedia para el crecimiento y fortalecimiento de los procesos de comunicación comunitaria y alternativa en la localidad. • Propender por un proceso incluyente de formación educativa en comunicación comunitaria y alternativa en la localidad de Ciudad Bolívar, que posibilite el crecimiento y fortalecimiento del tejido barrial. • Fomentar procesos de investigación y acción participativa desde los ejercicios de comunicación comunitaria y alternativa, sobre las realidades sociales, la memoria histórica y el porvenir del territorio de la localidad. • Divulgar información circular temas de interés local. • Asesorar, Promover, Concertar, Difundir, hacer seguimiento y evaluación de las políticas publica de comunicación comunitaria y alternativa para la localidad de Ciudad Bolívar. ARTICULO 6. FUNCIONES. La Política a que se refiere el presente Acuerdo contemplara entre otras, las siguientes estrategias y líneas de acción: Establecer un plan de acción anual de conformidad con política pública distrital de comunicación comunitaria el plan de desarrollo local. Apoyar la creación, fortalecimiento y la visibilización de los medios de comunicación, grupos, sectores sociales, redes y procesos de comunicación que representen a la comunidad. Promover procesos de participación social ciudadana en la comunicación comunitaria y alternativa, y de la articulación de los medios, colectivos y redes de comunicación comunitaria y alternativa con otros actores de la sociedad civil y con la administración distrital y local. Desarrollar investigaciones y análisis permanentes sobre el proceso de comunicación comunitaria y alternativa en la localidad y sobre los medios de comunicación comunitaria y alternativa que los llevan a cabo, así como sobre los problemas que presenta su sostenibilidad y su capacidad para lograr coberturas satisfactorias y las soluciones pertinentes. Ejercer el derecho a la participación en los espacios institucionales de la localidad. Sensibilización de los actores y organizaciones de la sociedad civil sobre el valor social y cultura de los procesos comunitarios y alternativos de comunicación. Difundir las medidas que tomen las autoridades locales para darle aplicación y desarrollo al presente Acuerdo, así como de las que se adopten con base en el mismo. Diseñar, implementar estrategias de comunicación que responda a las necesidades de la localidad a través de los medios locales, comunitarios y alternativos. ARTICULO 7. REUNIONES. La Mesa de Comunicaciones Comunitaria y alternativa de Ciudad Bolívar se reunirá en una sesión ordinaria una (1) vez cada mes, en fecha que determinen sus miembros. Párrafo: La Mesa de Comunicaciones Comunitaria de la localidad de Ciudad Bolívar podrá ser convocada de manera extraordinaria por el Alcalde Local o por la mayoría simple de sus miembros. Teniendo que invitar por escrito a todos los demás miembros de la mesa. ARTICULO 8. PLAZOS Y TERMINOS. El Alcalde Local dispondrá de un plazo de dos (2) meses contados a partir de la publicación del presente Acuerdo para integrar La Mesa de Comunicaciones Comunitaria de la localidad de Ciudad Bolívar, elaborar y hacer pública la política de que trata el mismo. ARTICULO 9. El presente Acuerdo se dirige a partir de la fecha de sanción y promulgación. PUBLIQUESE Y CUMPLASE. Expedido en Bogotá, a los 12 días del mes de septiembre del año 2015. PABLO HERNANDEZ HERNANDEZ Presidente JAL Ciudad Bolivar OMAR GUILLERMO MORENO TORRES Secretario JAL Ciudad Bolivar CRISTOBAL PADILLA TEJEDA Alcalde Local de Ciudad Bolívar (e) El presente Acuerdo Local es sancionado mediante Decreto Local No. ___ del 16 de septiembre del año dos mil quince (2015). NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5685 de octubre 01 de 2015 |