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RESOLUCIÓN 627 DE 2014 “POR LA CUAL SE EXPIDE LA REGLAMENTACIÓN DE LAS ZONAS DE APROVECHAMIENTO ECONÓMICO REGULADAS TEMPORALES – ZAERT” EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO PARA LA ECONOMIA SOCIAL – IPES En uso de sus facultades legales conferidas por el Acuerdo No 025 de 1972 y el Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, el Decreto ley 1045 de 1945, los Acuerdos IPES No 0001 de enero 2 de 2007 y No. 005 y 007 de 2011, y demás normas reglamentarias, estatutarias y CONSIDERANDO Que el Decreto Distrital 456 del 11 de Octubre de 2013 estableció las facultades especiales para reglamentar el funcionamiento de las Zonas de Aprovechamiento Económico Reguladas Temporales ZAERT en su artículo 21.1 “En coherencia con lo desarrollo al respecto en el presente decreto, es pertinente aclarar que la política de atención a la población de vendedores informales está en cabeza del IPES, y tiene como objetivo la inclusión de las personas en procesos de formalización que arrojen como resultado una disminución progresiva de los índices de ocupación indebida del espacio público. Para el desarrollo de éste propósito el Distrito regula la creación de las ZAERT. El IPES tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, para presentar los documentos contentitos de la reglamentación de éstas zonas a la Comisión Intersectorial de Espacio Público. El trabajo del IPES contará con el apoyo de las Alcaldías Locales en la construcción de la regulación de las ZAERT”. Que por medio de Acta No 5 de 2014, expedida por la Comisión Intersectorial del Espacio público, creada por disposición del Decreto Distrital 215 de 2005 mediante el cual se expide “El Plan Maestro de Espacio Público del Distrito Capital de Bogotá”. Se dio viabilidad al proyecto de Reglamentación de las ZAERT y sus documentos complementarios. Que las ZAERT hacen parte integral del “Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá”. Por tanto estas son un elemento integral de la función misional del Instituto Para la Economía Social (IPES). “Crear, promover y ejecutar estrategias de apoyo a la economía popular y de fortalecimiento económico de las personas, unidades domésticas y productivas, y grupos poblacionales que la integran, para contribuir a transformar el modelo de ciudad vigente, superar las diferentes formas vigentes de segregación urbana, adaptar la ciudad al cambio climático, mejorar la calidad de vida de la población y construir la paz”. En mérito de lo anterior. RESUELVE: ARTÍCULO 1. Expedir la Reglamentación de las Zonas de Aprovechamiento Económico Reguladas Temporales – ZAERT, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1. del Decreto Distrital 456 de Octubre 11 de 2013. ARTÍCULO 2. El instituto para la Economía Social (IPES) expedirá dentro de los sesenta (60) días siguientes a la entrada en vigencia de esta resolución, los documentos complementarios que desarrollan la Reglamentación de las Zonas de Aprovechamiento Económico Reguladas Temporales – ZAERT. ARTÍCULO 3. Los documentos complementarios a que se refiere el artículo 2 de la presente resolución son los siguientes: 1. Reglamento Interno de las ZAERT. 2. Proyecto de Manejo ZAERT. 3. Indicadores de seguimiento. 4. Metodología de Convocatoria y Selección. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C; a los 30 días del mes de diciembre del año 2014 FREDDY CAMILO GÓMEZ CASTRO Director General |