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RESOLUCIÓN 964 DE 1998 (octubre 14)
por la cual se suspende la afiliación al Régimen Subsidiado en Salud en el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá.
La Secretaria Distrital de Salud de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 48 y 49 de la Constitución Nacional, el artículo 5 de la Ley 10 de 1990, artículo 215 de la Ley 100 de 1993, artículo 2 del Decreto 812 de 1996, artículo 29 del Acuerdo 77 de 1997 emitido por el Concejo Nacional de Seguridad Social en Salud y,
CONSIDERANDO:
Que es facultad de la Secretaría Distrital de Salud dirigir y conducir la salud en el territorio distrital de Santa Fe de Bogotá, e igualmente crear condiciones de acceso de la población a los servicios de salud, como un servicio público a cargo del Estado, mediante la dirección, coordinación, asesoría, vigilancia y control de los diferentes actores del sistema.
Que la Secretaría Distrital de Salud, en cumplimiento de su obligación de verificar la información que le presentan las Administradoras de Régimen Subsidiado en Salud de conformidad con el artículo 15 del Acuerdo 77 de 1997, expedido por el Concejo Nacional de Seguridad Social en Salud, por intermedio de la Dirección de Aseguramiento detectó en los formularios de afiliación presuntas falsedades en el diligenciamiento de los mismos, dando traslado a las autoridades competentes para que inicie la investigación a que haya lugar.
Que como las presuntas falsedades pueden afectar la transparencia y propósitos del Régimen Subsidiado, se hace necesario la suspención temporal de las afiliaciones al régimen subsidiado en salud, con el único fin de velar porque el subsidio en salud llegue efectivamente a la población pobre y vulnerable del Distrito Capital.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Suspender temporalmente la afiliación al Régimen Subsidiado en Salud en el Distrito Capital, hasta tanto se aclaren las presuntas irregularidades en el diligenciamiento de los formularios de afiliación.
Artículo 2º.- Prestar el servicio de salud, como población participante vinculada, a quienes a la fecha de expedición de la presente Resolución hicieron uso del derecho a la libre escogencia de Administradora de Régimen Subsidiado. De igual forma, continuar con la prestación del servicio de salud a la población que actualmente goza del subsidio en salud a través de una Administradora del Régimen Subsidiado.
Artículo 3º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
NOTA: Ver Resolución 968 de 1998 Secretaría de Salud Resolución 1208 de 1998 Secretaría de Salud.
Dado en Santa fe de Bogotá, D.C., a 14 de octubre de 1998
Publíquese y cúmplase.
La Secretaria Distrital de Salud, BEATRIZ LONDOÑO SOTO
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