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Resolución 374 de 2015 Personería de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
24/09/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 374 DE 2015 

(Septiembre 24)

   “Por medio de la cual se asigna a la Personería Delegada para la Coordinación de Personerías Locales, la inscripción y reconocimiento de las redes de veedurías ciudadanas”.

EL PERSONERO DE BOGOTÁ D.C.,

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, así como lo dispuesto en la Ley 850 de 2003, los Acuerdos Distritales 34 de 1993 y 514 de 2012, y,

CONSIDERANDO:

Que  la ley 1757 de 6 de julio de 2015, en el artículo 67 modificatorio del artículo 21 de la ley 850 de 2003, señala que la inscripción y reconocimiento de las redes de veedurías se hará ante las Personerías Municipales o Distritales de cualquiera de las jurisdicciones a que pertenecen las veedurías que conforman la red.

Que se hace necesario determinar el la Personería de Bogotá, D.C., la dependencia responsable de emitir las resoluciones de reconocimiento e inscripción de las redes de veedurías ciudadanas, además de administrar el registro público de las  redes de veedurías ciudadanas

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: La Personería Delegada para la Coordinación de Personerías Locales, la inscripción y reconocimiento de las redes de veedurías ciudadanas y el manejo y la administración del Registro Público de las redes inscritas ante la Personería de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los procedimientos internos para el desarrollo de estas funciones serán establecidos por la Personería Delegada para la Coordinación de Personerías Locales, en Coordinación con la Dirección de Planeación.

ARTÍCULO TERCERO: La publicidad del registro se realizará a través de la Página web de la entidad, con el apoyo de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones- DTIC.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

RICARDO MARÍA CAÑÓN PRIETO

 

Personero de Bogotá D.C.