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RESOLUCIÓN 197 DE 2014 (Octubre 10) “Por la cual se adopta el Código de Ética 2014 de la Veeduría Distrital y se ordena su divulgación, socialización y aplicación”. En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 121 del Decreto N° 1421 del 21 de julio de 1993 y en el artículo 4º del Acuerdo Distrital 24 de 1993, y C O N S I D E R A N D O: Que el Decreto 1599 de 2005, por medio del cual se dispone la implementación del Modelo Estándar de Control Interno MECI en todas las entidades que hacen parte del ámbito de aplicación de la Ley 87 de 1993, las organizaciones del Estado han involucrado en su cultura organizacional los aspectos básicos para operacionalizar de manera práctica el Sistema de Control Interno Que este Modelo se formuló desde el año 2005, con el propósito de que las organizaciones del Estado obligadas a contar con Sistemas de Control Interno según lo dispuesto en la Ley 87 de 1993, pudieran mejorar su desempeño institucional mediante el fortalecimiento continuo de los controles al interior de la organización y de los procesos de evaluación que deben llevar a cabo las Oficinas de Control Interno, Unidades de Auditoría Interna o quien haga sus veces. Así mismo, para las organizaciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, el cual es aplicable a las entidades territoriales en los términos del inciso segundo del artículo 20 de la Ley 489 de 1998. el Modelo Estándar de Control Interno MECI, en su actualización, será el medio a través del cual se realizará seguimiento y evaluación a lo dispuesto en el Decreto 2482 de 2012 en cuanto al Modelo Integrado de Planeación y Gestión. Mediante la resolución 093 del 10 de noviembre de 2005, la Veeduría Distrital, adoptó el Modelo Estándar de Control Interno MECI, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1599 de 2005 y su anexo técnico. El Modelo Estándar de Control Interno MECI prevé dentro de su estructura los elementos “Acuerdos, Compromisos y Protocoles Éticos” y “Estilos de Dirección”, en desarrollo del Componente Ambiente de Control, correspondiente al subsistema de Control Estratégico, los cuales deben ser implementados por la entidad. Entre 2009 y 2012, la Entidad aplicó el índice de comportamiento ético con base en la Guía para la implementación del MECI 2007, elaborada por la Veeduría Distrital. En el 2013 se revisó y evaluó el uso de esta herramienta, determinando la necesidad de diseñar y aplicar una nueva metodología que se desarrolló en forma de encuesta sobre hábitos, creencias y comportamientos de los servidores públicos y contratistas de la entidad para la vigencia 2013. Para dar cumplimiento a los elementos “Acuerdos, Compromisos y Protocoles Éticos” y “Estilo de Dirección”, y como parte del Programa de Ética de la Entidad de la vigencia 2014, se actualizó el Código de Ética, acción que se logró mediante un ejercicio de construcción colectiva realizada en el marco del Programa de Formación en Cultura Ciudadana. En consecuencia, nuestro Código de Ética es el resultado del aporte de todos los participantes en el proceso y simboliza el compromiso que nos une con la Veeduría Distrital. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el Código de Ética 2014 de la Veeduría Distrital, que pretende ser un referente institucional para el comportamiento de las personas que conforman la Veeduría Distrital y que según su proclama: “Conscientes de nuestro rol de servidores públicos de la Veeduría Distrital proclamamos que la probidad, la integridad, la responsabilidad y el respeto son los principios que orientan nuestras acciones y que la justicia, la solidaridad, la coherencia, la confianza, el interés colectivo, la tolerancia y la oportunidad serán la forma de expresarnos como servidores y de ser reconocidos en nuestra vida cotidiana. Para vivir este Código de Ética nos comprometemos a autorregularnos, a reconocer la existencia de otros, a respetar los derechos de los demás, a no abusar de los propios, a cuidarnos mutuamente y a ayudarnos a ser mejores y a hacer lo mejor”, permita desarrollar los objetivos basados en estos acuerdos. ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar al Despacho de la Viceveedora Distrital, proceso administración del talento humano, adelantar las gestiones requeridas para la divulgación y socialización del Código de Ética en las diferentes dependencias, con el apoyo del proceso de comunicación institucional en la Entidad. ARTÍCULO TERCERO: Ordenar al Despacho de la Viceveedora Distrital adelantar las gestiones requeridas para ejecutar las acciones pertinentes para su cumplimiento, de acuerdo con las prioridades en él establecidas e informar periódicamente sobre su avance a la Comisión de Personal, para asegurar una adecuada retroalimentación. ARTÍCULO CUARTO: Adoptar la encuesta de Hábitos y Creencias como herramienta para evaluar el avance en la apropiación de los valores y principios establecidos en el Código de Ética, así como los cambios en los comportamientos y en la cultura ética de la Entidad. ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias, en especial la resolución 085 de 2008. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C. a los 10 días del mes de octubre de 2014. ADRIANA CÓRDOBA ALVARADO Veedora Distrital NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5720 de noviembre 24 de 2015
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