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Resolución 276 de 2015 Veeduría Distrital

Fecha de Expedición:
15/12/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/12/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5755 de enero 15 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 276 DE 2015

(Diciembre 15)

"Por la cual se adopta el Manual de Contratación de la Veeduría Distrital Código GAB-MAN-01 versión 2"

LA VEEDORA DISTRITAL (E),

en ejercicio de sus competencias legales, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que la actividad contractual de la Veeduría Distrital, debe ceñirse a los postulados instituidos por la Constitución Política de Colombia, las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, el Decreto Reglamentario 1082 de 2015, que compiló el Decreto 1510 de 2013, la Ley 1474 de 2011, y las demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

Que el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015, (artículo 160 del Decreto 1510 de 2013), establece que las entidades estatales deben contar con un Manual de Contratación, de acuerdo con los lineamientos que sobre el particular emita la Agencia Nacional para la Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.

Que Colombia Compra Eficiente expidió el 26 de diciembre de 2013, los lineamientos generales para la expedición de los manuales de contratación, los cuales se contemplan en el Manual de Contratación de la Veeduría Distrital, que se adopta a través del presente acto administrativo, estableciendo, entre otros, la forma como opera la gestión contractual en la Entidad; da a conocer a los participantes del sistema de compras y contratación pública la forma como opera la gestión contractual en la Entidad; establece los parámetros en el que se señalan las funciones internas en materia contractual; las tareas que deban acometerse por virtud de la delegación o desconcentración de funciones, así como las que se derivan de la vigilancia y control de la ejecución contractual. Igualmente, considera la metodología del sistema de gestión de calidad, teniendo en cuenta que el proceso contractual forma parte del Proceso de Gestión para la Adquisición de Bienes y Servicios.

Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que la Veeduría Distrital mediante Resolución N° 137 del 23 de julio de 2014, adoptó la versión 4 del Manual de Contratación, el cual fue expedido atendiendo las disposiciones contenidas en el Decreto 1510 de 2013 que derogó el Decreto 734 de 2012.

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1082 de 2015,"Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional", compilando, entre otras disposiciones, el Decreto 1510 de 2015.

Que con la compilación normativa, se busca la racionalización y la simplificación del ordenamiento jurídico, como herramienta para asegurar la eficiencia económica y social del sistema legal y para afianzar la seguridad jurídica, por lo que el objetivo de la norma citada es contar con un instrumento jurídico único sobre los temas que se encontraban dispersos.

Que el Decreto 1082 de 2015, señala en uno de sus considerandos, "(…) en virtud de sus características propias. El contenido material de este decreto guarda correspondencia con los decretos compilados; en consecuencia, no puede predicarse el decaimiento de las resoluciones, circulares y demás actos administrativos expedidos por distintas autoridades administrativas con fundamento en las facultades derivadas de los decretos compilados."

Que con la expedición del Decreto 1082 de 2015, no hay cambios sustanciales frente a los lineamientos del Decreto 1510 de 2013, por tratarse de una norma compilatoria, sin embargo, se requiere la actualización del Manual de Contratación de la Entidad para articularlo con la norma citada, por lo que se debe expedir la versión N° 5 del mismo. No obstante, tal como se señaló previamente, el Manual de Contratación, hace parte del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad, el cual actualmente funciona bajo la plataforma Daruma, desde el año 2015, lo que implicó la actualización de la codificación de los documentos controlados, y por lo tanto, en el marco de esa nueva codificación, el Manual a expedir es la versión 2 del Código GAB-MAN-01.

Que como medida de prevención del daño antijurídico en materia contractual, se reitera el énfasis en la planeación de los procesos contractuales que adelanta la Veeduría Distrital, con el propósito de eliminar en lo posible, o mitigar y controlar los riesgos que se puedan derivar de la contratación para la entidad, los contratistas y terceros.

Que con la expedición del Decreto 1082 de 2015, se hace necesario la actualización del Manual de Contratación de la Veeduría Distrital para articularlo y ponerlo en consonancia con la nueva disposición.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar El Manual de Contratación de la Veeduría Distrital, Código GAB-MAN-01 versión 2, el cual contiene las directrices y los estándares aplicables a la gestión de la actividad contractual de la Entidad, contenido en el texto que se anexa formando parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Oficina Asesora de Jurídica será la encargada de la coordinación y actualización del Manual de Contratación de la Veeduría Distrital, de conformidad con las directrices del la Vice veedora Distrital.

ARTÍCULO TERCERO: El Manual de Contratación será publicado en la Intranet institucional y en el Portal Web de la Veeduría Distrital.

ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No.137 del 23 de julio de 2014, expedida por la Veedora Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a 15 de diciembre de 2015.

ALEXANDRA RODRÍGUEZ DEL GALLEGO

Veedora Distrital (E)

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5755 de enero 15 de 2016