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RESOLUCIÓN 65928 DE 2015 (Diciembre 14) "Por la cual se adopta el manual MG-RF-03 Seguridad y vigilancia del IDU" versión 3.0" EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las conferidas por el Acuerdo 19 de 1972 proferido por el Concejo de Bogotá D.C., y los Acuerdos Nos. 001 y 002 de 2009 expedidos por el Consejo Directivo del IDU y demás disposiciones concordantes, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamentos en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización de funciones y que la administración pública tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley. Que el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia establece que las entidades públicas, están obligadas a diseñar y aplicar según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley. Que de conformidad con lo señalado en los artículos 1° y 4° de la Ley 87 de 1993, el manual de procesos y procedimientos es un instrumento a través del cual se implementa el Sistema de Control Interno, cuya aplicación contribuye a garantizar la eficacia, eficiencia y economía en todas las operaciones; promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la misión institucional. Que el artículo 2° del Decreto 1537 de 2001, reglamentario de la Ley 87 de 1993, establece que las organizaciones públicas deberán elaborar, adoptar y aplicar manuales a través de los cuales se documentaran y formalizaran los procedimientos a partir de la identificación de los procesos institucionales. Que el artículo 2° de la Ley 872 de 2003, al crear el Sistema de Gestión de la Calidad, determinó que cada entidad del Estado debe adoptarlo con un enfoque basado en los procesos que se surten al interior de ella y las expectativas de los usuarios, destinatarios y beneficiarios de sus funciones asignadas por el ordenamiento jurídico vigente. Que el Acuerdo 002 del 3 de febrero de 2009, en su artículo 38 faculta a la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano para dictar los actos administrativos que sean necesarios para garantizar la transición de la anterior a la nueva estructura organizacional del IDU. Que los manuales, proceso, procedimientos, guías, especificaciones, instructivos, cartillas, códigos y formatos agilizan las actuaciones administrativas, dan transparencia y claridad a los procesos, actúan como instrumentos de capacitación, entrenamiento y gestión garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y legales. Que el artículo 4° del Decreto Nacional 943 de 2014 "Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI)", dispone que "las entidades creadas dentro del año anterior" a la publicación de dicho decreto, deben implementar los acuerdos, compromisos y protocolos éticos.Que en la Resolución 64994 del 1 diciembre de 2015, "Por medio de la cual se actualiza el modelo de operación por procesos y el Sistema Integrado de Gestión del IDU", en su artículo segundo se adopta la versión 4 del Manual de Procesos de la entidad y en el artículo tercero, modifica el artículo primero de la Resolución 706 de 2013, que adopta el Mapa de Procesos. Que el artículo 4°de la Resolución 3858 de 2010, se adopta el Manual "MG-GAF-003 Seguridad Física del IDU" en su versión 2.0, que debido a los cambios en los procesos y procedimientos de seguridad desarrollados actualmente en la entidad, se requiere actualizar la versión de dicho manual. En mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el "Manual de Seguridad y Vigilancia del IDU", con código MG-RF-02 - Versión 3, a través del cual se presenta la herramienta para prevenir, mitigar, disminuir o transferir los riesgos que puedan afectar la seguridad de las personas o bienes que están a cargo del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU. ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga el artículo 4° la Resolución 3858 del 7 de diciembre de 2010. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a 14 de diciembre de 2015. WILLIAM FERNANDO CAMARGO TRIANA Director General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5756 de enero 18 de 2016 |