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Decreto Local 004 de 2016 Alcaldía Local de Bosa

Fecha de Expedición:
19/01/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/01/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5758 de enero 20 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2016

 

(Enero 19)

 

Por el cual se convoca a la Junta Administradora Local de Bosa a sesiones extraordinarias

 

LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA

 

En uso de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por los artículos 71 y 73 del Estatuto Orgánico de Bogotá D.C., Decreto ley 1421 del 21 de Julio de 1993

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Secretaría Distrital de Gobierno en el marco de las atribuciones legales previstas en el Decreto Distrital  539 de 2006 y particularmente como entidad encargada de la coordinación de las relaciones políticas de la Administración Distrital en sus distintos niveles, es responsable de establecer el cronograma a seguir en el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales e impartir mediante circular las orientaciones para el efecto.

 

Que la Secretaría Distrital de Gobierno expidió la Circular No. 003 del 18 de enero de 2016, la cual estableció el instructivo para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas locales 2016-2019 y sustenta solicitud de convocatoria a sesiones extras a las Juntas Administradoras Locales.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraordinarias a la  Junta Administradora Local de Bosa, para que establezca los criterios que tendrán en cuenta para la conformación de las ternas y realice el proceso de integración de las mismas, con miras a la designación de Alcaldes y Alcaldesas locales 2016-2019, a partir del 20 de enero y hasta el 29 de febrero de 2016 inclusive

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de enero del año 2016.

 

Ing. DIANA CALDERÓN ROBLES

 

Alcaldesa Local de Bosa

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5758 de enero 20 de 2016