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Resolución 77 de 2016 Secretaría Distrital de Ambiente

Fecha de Expedición:
21/01/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/01/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5763 de enero 28 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 00077 DE 2016

 

(Enero 21)


Derogada por el art. 13 de la Resolución 00120 de 2019

 

“Por medio de la cual se delega la Participación de la Secretaría Distrital de Ambiente en el Comité SUGA”

 

EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE

 

En ejercicio de sus facultades legales en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998 artículo 9, el Acuerdo 257 de 2006, el Decreto 109 de 2009 artículo 8, el Decreto 599 de 2013 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Distrital 599 de 2013, “Por el cual se establecen los requisitos para el registro, la evaluación y la expedición de la autorización para la realización de las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA y se dictan otras disposiciones., estableció en su artículo 7, la creación y conformación del Comité SUGA, del cual hace parte El Secretario Distrital de Ambiente, o su delegado.

 

Que en el referido Decreto, en el numeral  8° del artículo 6, establece las competencias por entidad, correspondiendo a la 8. Secretaría Distrital de Ambiente: (i) Informar al organizador de la aglomeración las normas que se deben cumplir en relación con los niveles de emisiones de ruido e intensidad auditiva. (ii) Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia ambiental. (iii) Evaluar y conceptuar sobre las condiciones ambientales de los escenarios en los que se lleven a cabo actividades de aglomeración. (iv) Reglamentar las condiciones para la tenencia, la utilización y la exhibición de animales en espectáculos públicos. (v) Conceptuar sobre la viabilidad de espectáculos públicos con animales.

 

Que en consecuencia a las competencias de la Secretaría Distrital de Ambiente frente al Comité SUGA, es la Subdirección de Calidad del Aire, Auditiva y Visual, quien podrá llevar a cabo la delegación de la Secretaría Distrital de Ambiente para que participe en el marco de la sesiones del Comité Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA, a fin de garantizar la continua y oportuna intervención de esta Secretaría en el mencionada comité.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1.- Objeto: Delegar en el (la) Subdirector (a) de Calidad del Aire, Auditiva y Visual, la participación de la Secretaria Distrital de Ambiente en el Comité Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA.

 

ARTÍCULO 2.- Comunicación: Comuníquese el presente acto administrativo a el Comité Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA por intermedio de su coordinación interinstitucional a cargo de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

ARTÍCULO 3.- Publicación: Publíquese la presente resolución en la Imprenta Distrital y en el Boletín Legal Ambiental de la Secretaria Distrital de Ambiente.

 

ARTÍCULO 3. (SIC)- Vigencia: La presente Resolución rige a partir de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá a los 21 días del mes de enero del año 2016.

 

FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA

 

Despacho del Secretario

 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5763 de enero 28 de 2016