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PROYECTO DE ACUERDO 146 DE 2002 Ver Acuerdo Distrital 075 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS "Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2002" Honorables Concejales: De acuerdo con lo establecido en los artículos 63, 66 y 71 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, Decreto 714 de 19961, se presenta al Concejo de Bogotá el Proyecto de Acuerdo mediante el cual se incorporan al Presupuesto Anual del Distrito Capital, los recursos obtenidos por: i) Transferencias de la Nación; ii) Convenios y iii) Excedentes Financieros. De igual manera, de acuerdo con lo ordenado en el artículo 64º del Decreto 714 de 19962 se presenta una sustitución de recursos al interior del presupuesto de algunas entidades de la Administración Central y de los Establecimientos Públicos. En el mismo sentido, hace parte de este Acuerdo, según lo establecido en el artículo 63º, numeral a) del Decreto 714 de 1996, un traslado al interior del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría de Hacienda. A continuación se presenta una explicación detallada de los principales aspectos del Proyecto de Acuerdo, con el fin de precisar la modificación presupuestal de ingresos y gastos. 1. ADICIÓN DE INGRESOS Y GASTOS 1.1.INGRESOS La adición en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos asciende a $49.668 millones (Cuadro 1). De estos recursos, $36.913 millones corresponden a Transferencias de la Nación, $6.950 a Convenios efectuados con las Localidades, y $5.805 a reasignación de Excedentes Financieros liquidados a 31 de diciembre de 2001. Cuadro 1 PRESUPUESTO ANUAL 2002 ADICIÓN DE INGRESOS
El detalle de cada uno de los conceptos que componen la adición de ingresos es el siguiente: 1.1.1. Administración Central 1.1.1.1. Transferencias de la Nación La adición de ingresos de la Administración Central asciende a $18.913 millones, los cuales se componen de recursos del Sistema General de Participaciones, del Fondo Nacional de Regalías y de Otras Transferencias de la Nación. a) Sistema General de Participaciones - Sector Educación Se adicionan $5.616 millones por Sistema General de Participaciones, de los cuales $1.350 corresponden a recursos de libre asignación por Situado Fiscal 2001 certificados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público que ingresan por el Sistema General de Participaciones componente Educación; $1.750 millones provienen del saldo del Convenio firmado por la Secretaría de Educación Distrital con el Ministerio de Educación (Fondo Prestacional del Magisterio) y $2.515 millones del Sistema General de Participaciones - Programas de Alimentación Escolar. Los recursos por $1.350 millones correspondientes a libre asignación de Situado Fiscal 2001 fueron certificados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante la Resolución 043 del 11 de enero de 2002. Con respecto a los recursos destinados a financiar el pago de las mesadas de los pensionados, mediante el convenio celebrado entre la Secretaría de Educación y la Nación - Ministerio de Educación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 12 de agosto, la Nación se comprometió a girar oportunamente al Fondo Territorial de Pensiones Públicas de Bogotá el valor de la nómina de pensionados docentes nacionalizados. En virtud de lo anterior, la adición de recursos por este concepto se ejecutará sin situación de fondos puesto que el Ministerio de Educación los giró directamente al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio. De otra parte, mediante oficio DDT-SFPT-29 del 4 de febrero del 2002 el Departamento Nacional de Planeación comunicó el valor asignado al Distrito por concepto del porcentaje del Sistema General de Participaciones estipulado en el parágrafo 2º del artículo 2º de la Ley 715 de 2001, en el que se ordena que el 0.5% de los recursos del Sistema General de Participaciones se destine a Programas de Alimentación Escolar en los Distritos y Municipios. Este monto asciende a la suma de $3.515 millones, de los cuales se adicionan $2.515 millones y se sustituyen $1.000 millones dentro del Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Administración Central. b) Fondo Nacional de Regalías El Decreto 748 del 24 de noviembre de 1995 en el artículo 4º establece las fuentes de financiación específica del FONDO TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES - RÍO BOGOTÁ, entre las cuales se encuentran los recursos provenientes de las regalías ordenadas por la Ley 141 de 1994 y transferidas por el Fondo Nacional de Regalías FNR. Estos recursos son de destinación específica, según lo dispuesto en el parágrafo 5 del artículo 1º de la Ley 141 de 1994, y corresponden a cerca del 2.6% del total de los recursos de inversión del Fondo. En virtud de lo establecido en la Ley 141, la Comisión Nacional de Regalías CNR aprobó mediante Decreto 1049 del 28 de diciembre de 2001 un valor de $11.637 millones para el Proyecto Río Bogotá, componente de gestión ambiental. Los recursos aprobados por la CNR no se tenían previstos en el Presupuesto del 2002 y por tanto, es necesario adicionarlos para esta vigencia. c) Otras Transferencias Nación El Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA y la EMPRESA NACIONAL MINERA LTDA. - Minercol suscribieron un convenio por $1.660 millones para la recuperación morfológica y ambiental de la antigua cantera de Soratama ubicada en el territorio del Distrito Capital. Estos recursos serán entregados a la Administración Central Distrital por parte de Minercol, por lo cual deben ser incorporados al Presupuesto de Rentas e Ingresos por el rubro Otras Transferencias Nación. 1.1.2. Establecimientos Públicos 1.1.2.1. Ingresos Corrientes - No tributarios - Rentas Contractuales La adición del Presupuesto de Rentas e Ingresos del IDIPRON por $6.950 millones proviene de los convenios suscritos por el Instituto con diferentes entidades distritales, como el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD y el Fondo para la Educación y la Seguridad Vial - FONDATT y los Fondos de Desarrollo Local de Barrios Unidos, Antonio Nariño, Puente Aranda, Teusaquillo, Engativá, Fontibón, Tunjuelito, Chapinero, Usaquén y Santa Fe. 1.1.2.2. Otras Transferencias Nación - Fosyga El Fondo Financiero Distrital de Salud comunicó el pasado 2 de septiembre la asignación, por parte del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga, de $18.000 millones conforme a lo establecido en el inciso quinto del artículo 70º de la Ley 715 de 20013, por lo cual es necesario incorporar al presupuesto del Fondo estos recursos. 1.1.2.3. Recursos de Capital - Excedentes Financieros 2001 La adición de Excedentes Financieros por $5.805 millones del Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital - FAVIDI cuenta, conforme a lo establecido en el artículo 69º del Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto, con la aprobación del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, quien en la reunión No. 8 del pasado 11 de junio, realizó la distribución del total de Excedentes Financieros generados por los Establecimientos Públicos, la Contraloría Distrital y la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, al cierre de la vigencia del 2001, por valor de $19.470 millones. Como parte de esta distribución, el CONFIS dispuso que los recursos por $5.805 millones correspondientes a los Excedentes Financieros generados por FAVIDI fueran reasignados en un 100% a la entidad por ser recursos con destinación específica. 1.2. GASTOS La adición en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones asciende a $49.668 millones de los cuales, $18.913 millones se destinan a Inversión de la Administración Central y $30.755 millones, a inversión de los Establecimientos Públicos. Los recursos de inversión se adicionan a proyectos enmarcados en el Plan de Desarrollo "BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado". (Cuadro 2) Cuadro 2 PRESUPUESTO ANUAL 2002 ADICIÓN DE GASTOS
A continuación se explican los ajustes al interior del Presupuesto de Gastos e Inversiones que realizará cada entidad: 1.2.1. ADMINISTRACIÓN CENTRAL 1.2.1.1. Secretaría de Educación Los recursos por $5.616 millones provenientes del Sistema General de Participaciones se adicionan al Presupuesto de Inversión de la entidad y se destinan a financiar los siguientes proyectos:
1.2.1.2. Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente Los recursos asignados por el Fondo Nacional de Regalías y los provenientes del Convenio suscrito con Minercol, que ascienden a $13.298 millones, se adicionan al Presupuesto de Inversión del DAMA; estos recursos financiarán los siguientes proyectos:
Tal necesidad se hace evidente desde el Plan Maestro de Gestión Ambiental en el cual se plantea la necesidad de desarrollar un protocolo específico para la restauración de áreas degradadas por minería a cielo abierto, como es el caso de la cantera de Soratama, la cual se encuentra en zona de protección ambiental; la cantera hace parte del área de reserva forestal protectora bosque oriental de Bogotá. Estos recursos además de permitir la ejecución de acciones para la recuperación de la cantera mencionada, harán posible que se beneficie a la comunidad de las áreas aledañas, como la población estudiantil, dado que se pretende crear un aula ambiental que sirva para fomentar la educación ambiental en el Distrito y en especial, la localidad de Usaquén, sitio donde se encuentra localizada dicha cantera. Es importante mencionar que la zona es inestable y presenta claras posibilidades de deslizamiento, lo cual repercute en el sistema de drenaje y alcantarillado, afectando a todos los habitantes de la localidad mencionada; más que cumplir con una norma ambiental se requiere proteger a la población de una posible emergencia. 1.2.2. ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS 1.2.2.1. Fondo Financiero Distrital de Salud La adición por $18.000 millones se destinará a financiar los siguientes proyectos:
1.2.2.2. Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital - FAVIDI Los recursos adicionados al presupuesto de esta entidad se destinarán a financiar el pago de cesantías parciales y definitivas de los servidores y exservidores afiliados al FAVIDI, las cuales se manejan a través del Proyecto de Inversión 4138 "Pago de cesantías". 1.2.2.3. Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud - IDIPRON La adición de recursos por $6.950 millones dentro del marco de los convenios suscritos entre el IDIPRON con algunas entidades distritales y ciertas localidades, permitirá, mediante la gestión del proyecto 4021 "Generación de empleo como herramienta de recuperación para jóvenes de la calle", ocupar a aquellos jóvenes callejeros, que por su condición de indigencia, son totalmente rechazados por la sociedad en actividades tales como reparcheo de vías en las localidades, recuperación de andenes, mantenimiento de parques y zonas verdes, entre otras. A través de la ejecución de estos convenios se les ofrece una oportunidad de recuperación, se les motiva hacia un cambio de actitud, se les reintegra a trabajos que resulten compatibles con su condición, brindándoles continúo seguimiento y apoyo para que logren alcanzar un cierto equilibrio en su relación con la actividad laboral y con su entorno familiar, generando a su vez, una relación entre el Instituto y la comunidad de beneficio mutuo, pues la ciudad se ve embellecida por el trabajo realizado al mobiliario urbano, espacios públicos, zonas verdes, zonas comunales y malla vial. Los recursos adicionados al proyecto permitirán cubrir las erogaciones correspondientes al pago del trabajo de los jóvenes, la compra de los materiales y equipos necesarios, entre otros, requeridos para desarrollar cabalmente las labores objeto de cada convenio. 2. SUSTITUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS Y MODIFICACIÓN DE FUENTES EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIÓN 2.1. SUSTITUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS En el Presupuesto de Rentas e Ingresos del Sector Central se presenta una sustitución de Recursos de Capital por Transferencias de la Nación que asciende a $25.813 millones, mientras que en algunos Establecimientos Públicos, se disminuyen los Aportes de la Administración Central y aumentan los Ingresos Corrientes y los Recursos de Capital en $3.992 millones. (Cuadro 3) Cuadro 3 PRESUPUESTO ANUAL 2002 SUSTITUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS
NOTA: El detalle de las operaciones al interior del Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Administración Central y de los Establecimientos Públicos se presenta en el Cuadro Anexo 1. 2.1.1. ADMINISTRACIÓN CENTRAL La sustitución de Ingresos por $25.813 millones corresponden a: $23.904 millones del Sistema General de Participaciones, $1.350 millones de un reaforo de la vigencia 2001 por Situado Fiscal y $559 millones del monto adicional asignado por la Red de Solidaridad Social al Departamento Administrativo de Bienestar Social - DABS. Los recursos sustituidos permitirán hacer un menor uso de los recursos del crédito por $1.000 millones y de otros recursos de capital por $24.813 millones. A continuación se detallan las fuentes de esta sustitución: 2.1.1.1. Sistema General de Participaciones . Componente Educación La sustitución de fuentes por $1.000 millones corresponde, como se anotó anteriormente en la explicación de la adición presupuestal de la Administración Central, al valor asignado en los recursos del Sistema General de Participaciones para Restaurantes Escolares. . Componente Salud El DNP mediante oficio DDT-SFPT-29 del 4 de febrero de 2002, comunicó el valor de $247.373 millones del Sistema General de Participaciones para el Sector Salud, cifra que supera en $22.904 millones lo inicialmente presupuestado por la Administración Distrital para el rubro Transferencias Nación. La sustitución de recursos en el Sector Salud, se complementa con $1.350 millones correspondientes a recursos del Situado Fiscal que no se alcanzaron a incorporar en el presupuesto de 2001, por cuanto para ser ejecutados requerían de concepto técnico favorable del Ministerio de Salud sobre la distribución presentada por la Secretaría Distrital de Salud el cual fue emitido el 28 de enero de 2002. 2.1.1.2. Cofinanciación Teniendo en cuenta la escasez de recursos del Distrito, el DABS gestionó ante la Red de Solidaridad Social, aumentar el valor que dicha entidad asigna al Distrito por concepto del convenio establecido con el DABS, el cual tiene por objeto "aunar esfuerzos que conllevan a la cooperación y cofinanciación entre la RED y el DABS para ejecutar el proyecto 7217". Lo anterior permitió la asignación por parte de la Red de $559 millones adicionales a lo programado inicialmente, tal como se certifica en la comunicación suscrita por este organismo el 13 de marzo de 2002. 2.1.2. ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS La sustitución de Ingresos en este sector, como se señaló anteriormente, asciende a $3.992 millones. A continuación se explica la sustitución al interior del presupuesto de las entidades: 2.1.2.1. Fondo de Ventas Populares La sustitución de fuentes entre las Transferencias de la Administración Central - Aporte Ordinario y los Ingresos Corrientes - Otras Rentas Contractuales por $280 millones solicitada por la entidad, corresponde a un mayor valor originado en la suscripción de dos Convenios entre el Fondo de Ventas Populares y el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén. En el primer Convenio, el 01 de 2001, el Fondo de Desarrollo Local se compromete a entregar como parte de su aporte al Fondo de Ventas Populares, la suma de $220 millones para que éste se encargue de ubicar en un inmueble en la Avenida 13 No.198-52 de Bogotá, a 50 vendedores de flores del sector de la Autopista Norte Cementerio La Paz; lo anterior se da en el marco de la política de formalización y reubicación de vendedores ambulantes que adelanta la ciudad. En cuanto al Convenio No.02 de 2001, en este se estipula que el Fondo de Desarrollo Local participa con $60 millones los cuales deben ser ejecutados por el Fondo de Ventas Populares para promover la formalidad de las actividades comerciales de vendedores ambulantes estacionarios de la Localidad de Usaquén. Con base en lo señalado en los Convenios anteriormente señalados, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén girará al Fondo de Ventas Populares los $280 millones que deben ingresar al presupuesto de la entidad, para lo cual se debe realizar la sustitución de fuentes explicada. 2.1.2.2. Fondo Financiero Distrital de Salud Se sustituyen en primer lugar, $4.818 millones de Transferencias del Fondo de Solidaridad y Garantías - FOSYGA, los cuales de conformidad con el artículo 50 de la Ley 715 de 2001, están destinados a complementar las apropiaciones necesarias para garantizar la continuidad de la población afiliada al régimen subsidiado por el período octubre 1º de 2002 a marzo 31 de 2003. En segundo lugar se sustituyen $24.254 millones del Sistema General de Participaciones. Finalmente, se incluyen recursos por $5.285 millones correspondientes a Excedentes Financieros liquidados a 31 de diciembre de 2001 por el Fondo Financiero Distrital de Salud - FFDS. De esta manera, los recursos detallados anteriormente, reemplazan la fuente Aporte Ordinario de la Administración Central por $26.357 millones e Ingresos Corrientes por $8.000 millones. Los recursos por $8.000 millones que se tenían presupuestados en el rubro Rentas Contractuales del FFDS por concepto del pago de arrendamientos de los hospitales Suba y Engativá no ingresarán a su presupuesto, en razón a que no se ha terminado la construcción de las sedes de estos dos hospitales. 2.1.2.3. Caja de la Vivienda Popular ($525 millones); Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD ($593 millones); Fundación Gilberto Alzate Avendaño ($22 millones); Orquesta Filarmónica de Bogotá ($300 millones) y Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C. ($4.747 millones). Las sustituciones mencionadas anteriormente, corresponden a los recursos reasignados por el Consejo Distrital de Política Fiscal CONFIS, en su reunión No. 8 de junio 11 de 2002 por concepto de Excedentes Financieros liquidados por las entidades a 31 de diciembre de 2001. Estos recursos sustituyen en las primeras cinco entidades el Aporte Ordinario de la Administración Central; con estas sustituciones se levantará suspensión en la inversión en dichas entidades hasta por el monto de los excedentes correspondientes. En el caso del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, los Excedentes Financieros sustituyen Recursos Administrados del Fondo, dado que los ingresos de la entidad por concepto de Calcomanías no se ajustan a las expectativas inicialmente programadas. Es importante precisar que los excedentes financieros liquidados por el IDRD y reasignados por el CONFIS Distrital se originan principalmente en los recursos transferidos por concepto de la participación en el recaudo del impuesto de cigarrillos, los cuales tienen destinación específica. 2.1.2.4. Jardín Botánico "José Celestino Mutis" La sustitución de fuentes entre las Transferencias de la Administración Central - Aporte Ordinario y los Ingresos Corrientes - Otras Rentas Contractuales por $170 millones solicitada por la entidad, corresponde a un mayor valor proyectado a recaudar por este concepto, en el último trimestre de la vigencia, teniendo en cuenta que a agosto, el rubro presenta una ejecución del 95.16%. 2.2. MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES EN LO CORRESPONDIENTE A LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN La modificación de fuentes en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones asciende, en el Presupuesto de Inversión de la Administración Central, a $25.813 millones, mientras que en el Presupuesto de Inversión de los Establecimientos Públicos es de $3.992 millones. Esta modificación de fuentes permitirá levantar la suspensión de recursos a proyectos enmarcados en el Plan de Desarrollo "BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado". (Cuadro 4) Cuadro 4 PRESUPUESTO ANUAL 2002 MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES FUENTES DE FINANCIACIÓN
A continuación se explican las operaciones al interior del presupuesto de gastos que realizará cada entidad: 2.2.1. ADMINISTRACIÓN CENTRAL 2.2.1.1. Secretaría de Hacienda La modificación de fuentes por $24.254 millones se realiza al interior del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Unidad Ejecutora 02 - Dirección Distrital de Presupuesto por efecto de la sustitución de ingresos referida en el numeral 2.1.1., por lo cual se disminuye la fuente Recursos Distrito y se aumenta Transferencias Nación; esta modificación afecta las Transferencias de Inversión al Fondo Financiero de Salud, conforme a lo explicado en apartes anteriores de esta Exposición de Motivos. 2.2.1.2. Secretaría de Educación El cambio de fuentes por $1.000 millones permitirá levantar la suspensión de recursos al proyecto 7361 "Suministro de complementos alimenticios a escolares", el cual pasará a financiarse con la fuente Transferencias Nación - SGP - Restaurantes Escolares. Estos recursos hacen parte de los $3.515 millones comunicados por el DNP dentro del programa de Restaurantes Escolares según el parágrafo 2º del artículo 2º de la Ley 715 de 2001. 2.2.1.3. Departamento Administrativo de Bienestar Social Con el fin de garantizar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Acción 2002, se requiere modificar las fuentes de financiamiento del Presupuesto de Inversión del proyecto 7217 "Atención para el bienestar del adulto mayor en pobreza en Bogotá D.C.", aumentando en $559 millones la correspondiente a Transferencias Nación y disminuyendo la fuente Aportes Distrito en el mismo valor. La sustitución de los recursos provenientes de la Red de Solidaridad Social permitirá financiar el proyecto, mediante el cual se brinda desarrollo a los adultos mayores a través del fortalecimiento de las redes de solidaridad familiares, barriales y locales y de la concertación intersectorial pública y privada. Los recursos liberados permitirán alcanzar las metas establecidas en el 2002 en las modalidades que se describen a continuación:
2.2.2. ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS 2.2.2.1. Fondo de Ventas Populares La sustitución de ingresos, producto de la suscripción de convenios interadministrativos de cofinanciación entre el Fondo de Ventas Populares y el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, permitirá continuar con la ejecución del proyecto 7081 "Fomento a la organización, formalización y/o reubicación de vendedores ambulantes y estacionarios" el cual beneficiará a 50 vendedores de flores del sector de la Autopista Norte con calle 200, pertenecientes a la Asociación de Expendedores de Flores Autopista Norte. Adicionalmente, mediante actividades de capacitación, se promoverá la formalización de las actividades comerciales de aproximadamente cien (100) vendedores ambulantes y estacionarios de la Localidad de Usaquén. La meta que se busca cumplir consiste en consolidar 5 grupos de vendedores ambulantes y/o estacionarios en proceso de formalización. 2.2.2.2. Fondo Financiero Distrital de Salud La modificación de fuentes en el Presupuesto de Inversión de la Secretaría de Hacienda y su reflejo en el Fondo Financiero Distrital de Salud, permitirá levantar la suspensión de algunos proyectos de dicha entidad, dando así cumplimiento a las metas establecidas en el Plan de Acción del Fondo para el 2002, de la siguiente manera:
2.2.2.3. Caja de la Vivienda Popular Los recursos que fueron reasignados a la entidad por concepto de Excedentes Financieros, que serán sustituidos en su presupuesto, se destinarán a financiar el Proyecto de Inversión 3075 "Reasentamientos de familias" para atender inversiones de carácter urgente, en asocio con la Dirección de Prevención y Atención y Emergencias y el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, con lo cual se llevarán a cabo las acciones necesarias con el fin de efectuar la reubicación de un grupo de familias ubicadas en el Cerro del Diamante de la Localidad de Ciudad Bolívar, cuyos espacios habitacionales presentan deslizamientos por la desestabilización de los terrenos, acelerada en los últimos meses por cuenta de la ola invernal. 2.2.2.4. Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD Los recursos sustituidos por $593 millones en el presupuesto de esta entidad, se destinarán a financiar los siguientes proyectos de inversión:
Lo anterior con el fin de atender inversiones de adecuación y mantenimiento de algunos parques y escenarios y así cumplir con los Programas y Proyectos contemplados para este sector en el Plan de Desarrollo "BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado". 2.2.2.5. Fundación Gilberto Alzate Avendaño La sustitución propuesta modificará las fuentes de financiación de la entidad en el Proyecto 7031"Realización y coordinación de actividades artísticas, culturales y consolidación de la biblioteca", con lo cual se hace posible la realización de las actividades artísticas y culturales programadas, particularmente la ampliación de la convocatoria artística a través de la realización del salón bienal "Salón del Fuego". La disponibilidad de los recursos fortalecerá la organización y logística del salón en las siguientes áreas:
2.2.2.6. Orquesta Filarmónica de Bogotá Los recursos sustituidos en el presupuesto de la entidad, permitirán el levantamiento de suspensión al proyecto 1147 "Programas Culturales de la Orquesta Filarmónica de Bogotá", para atender las actividades de los programas culturales relacionados con:
2.2.2.7. Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C. Como se anotó anteriormente, la sustitución por $4.747 millones se realiza al interior del Presupuesto de Rentas e Ingresos entre los agregados correspondientes a Recursos Administrados por la entidad, en consecuencia, no se afecta la financiación del agregado del Presupuesto de Gastos e Inversiones financiado con dicha fuente, razón por la cual no se contempla esta entidad en el cuadro 4. 2.2.2.8. Jardín Botánico "José Celestino Mutis" Los recursos sustituidos por $170 millones en el presupuesto de esta entidad, permitirán financiar algunas actividades relacionadas con los siguientes proyectos de inversión, enmarcados dentro de los objetivos del Plan de Desarrollo "BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado":
3. TRASLADO PRESUPUESTAL Se solicita la aprobación de un traslado al interior del Presupuesto de la Secretaría de Hacienda por $10.041 millones. Esta modificación presupuestal se realizará entre los rubros Servicio de la Deuda Interna y Gastos de Funcionamiento, con el fin de cubrir faltantes en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Pensiones Públicas teniendo en cuenta lo siguiente: Durante el primer semestre de la vigencia la ejecución del rubro intereses del servicio de la deuda interna ha disminuido frente a la proyección inicial del presupuesto 2002. Luego de realizar la proyección de los intereses sobre los Contratos de Empréstito del Distrito Capital - Administración Central, que deben ser cancelados en el período agosto - diciembre de 2002, se obtiene un saldo de apropiación de $10.041 millones que no tendrá ninguna afectación, razón por la cual pueden ser trasladados. Los recursos a trasladar se requieren para atender las nuevas obligaciones adquiridas por la Secretaría de Hacienda -Dirección Distrital de Crédito Público- en el marco del Decreto 1150 de 2000 y sus modificatorios. En esta norma se establece que corresponde a Subdirección de Obligaciones Pensionales el reconocimiento de pensiones, el retroactivo generado por dichas pensiones, auxilios funerarios y las reliquidaciones, entre otras, las cuales asumió la Secretaría de Hacienda a partir del 10 de mayo de 2002. Así mismo, con el valor a trasladar se podrá financiar el aumento en la mesada promedio en el presente año y atender todas las obligaciones de la vigencia. En los anteriores términos se somete a consideración de esa Corporación el Proyecto de Acuerdo "Por el cual se modifica el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2002 y se dictan otras disposiciones", el cual es de suma importancia para el cumplimiento de las metas previstas en el presente año y se enmarca dentro de los objetivos del Plan de Desarrollo "BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado". De los Honorables Concejales,
Anexo: Cuadro No.1. Detalle de la sustitución de Rentas e Ingresos Elaboró: Martha Yaneth Rodríguez Parra Revisó: Nubia Yanneth Mahecha Hernández Carmen Yadira Barrera Morales Lucy Hernández Gustavo Adolfo Zapa de la Ossa Martha Hernández Arango Aprobó: Héctor Zambrano Rodríguez Martha Yaneth Veleño Quintero Notas de pie de página: 1"VI. DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTALES ARTICULO 63º. De las Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones, según lo siguiente: a) Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía. b) Crédito Adicional. Es la adición a las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. En el último caso se crearán nuevos rubros en el Presupuesto Vigente. c) Cancelación de apropiación. Es la supresión de un rubro del Presupuesto de Gastos. (Acuerdo 24 de 1995, art. 54º.). ARTICULO 66º. Aprobación de las Modificaciones. El Gobierno Distrital presentará al Concejo Distrital, Proyectos de Acuerdo sobre traslados y créditos adicionales al presupuesto, cuando sea indispensable aumentar la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente o no comprendidas en el presupuesto por conceptos de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública e inversión. Los representantes legales de los Establecimientos Públicos incorporarán a sus respectivos Presupuestos las modificaciones presupuestales autorizadas. (Acuerdo 24 de 1995, art. 57º.) ARTICULO 71º. De la iniciativa de los Créditos Adicionales. Los créditos adicionales al Presupuesto de Gastos sólo podrán ser abiertos por el Concejo Distrital a solicitud escrita del Gobierno, por conducto de la Secretaría de Hacienda. (Acuerdo 24 de 1995, art. 62º.)." 2 "ARTICULO 64º. De la Reducción o Aplazamiento de Apropiaciones: El Gobierno Distrital podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, en caso de ocurrir uno de los siguientes eventos: Que la Secretaría de Hacienda estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos; o que no fueron aprobados los nuevos recursos por el Concejo o que los aprobados fueren insuficientes para atender los gastos a que se refiere el Artículo 347 de la Constitución Política; o que no se perfeccionen los recursos de Crédito autorizados. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones. El Gobierno Distrital señalará por Decreto las apropiaciones a las que se apliquen las medidas de que trata el inciso anterior y efectuará las modificaciones necesarias en el PAC. El Gobierno Distrital podrá sustituir rentas e ingresos de acuerdo con el comportamiento real del recaudo. (Acuerdo 24 de 1995, art.55º)." 3 "Los recursos de cofinanciación de la Nación destinados a la atención en salud de la población pobre mediante subsidios a la demanda, contribuirán a garantizar la continuidad de la población afiliada al Régimen Subsidiado en la vigencia anterior al inicio del periodo de transición definido en la presente ley, una vez descontados por cada entidad territorial los recursos del Sistema General de Participaciones para salud y los recursos propios destinados a financiar la continuidad de cobertura. El monto excedente deberá distribuirse para el financiamiento de la ampliación de cobertura entre los entes territoriales, de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud." |