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DECRETO LOCAL 005 DE 2016 (Febrero 16) “Por el cual se conforma el Consejo de Planeación Local (CPL) de la Localidad Cuarta de San Cristóbal”. EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto Distrital 421 de 2015 CONSIDERANDO: Que el Concejo Distrital expidió el Acuerdo 13 del 26 de Junio de 2000, mediante el cual se reglamentó la participación ciudadana en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social, para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones. Que en virtud de lo establecido en el artículo 5° capítulo II del citado Acuerdo, se deberá crear e integrar el Consejo de Planeación en cada localidad del Distrito Capital, el cual tendrá la naturaleza de ente consultivo y será la instancia de planeación en la Localidad, integrado por un representante de las siguientes organizaciones, con asiento en la Localidad: * Asociación de Juntas de Acción Comunal * Asociación de Padres de Familia * Organizaciones Juveniles * Rectores de establecimientos educativos * Organizaciones de Comerciantes * Organizaciones de Industriales * Gerentes de Establecimientos de Salud Pública * Organizaciones no Gubernamentales * Comunidad Indígena * Comunidad Étnica * Organizaciones Ambientales * Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados * Consejo Tutelar Que el Secretario Distrital de Gobierno, expidió la circular No. 001 del 08 de Enero de 2016, por medio de la cual se reglamenta el proceso de elección de miembros de los Consejo de Planeación Local, y se recomienda la vinculación como delegadas y delegados de algunas organizaciones no incluidas en el Acuerdo No. 13 de 2000, con presencia, vigencia y trabajo local, donde se aclara, en el sentido de indicar que esta participación será democrática como invitados. Que la Alcaldía Local de San Cristóbal, realizó la convocatoria pública para la conformación del Consejo de Planeación Local, del 4 al 11 de Enero de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° del Acuerdo No. 13 del 26 de junio de 2000, proferido por el Concejo Distrital. Que la Alcaldía Local de San Cristóbal, durante los días 12 de enero al 4 de febrero de 2016, adelantó el procedimiento de acreditación de los representantes de Asociaciones, Organizaciones y Sectores, para la conformación del Consejo de Planeación Local. Que vencidos los términos de acreditación e inscripción por parte de las distintas organizaciones, asociaciones y sectores, contemplados en el artículo 5°, capítulo II del Acuerdo No. 13 de 2000, se inscribieron un total de ciento catorce (114) representantes de organizaciones locales de los distintos sectores. Que ante la acreditación de varios representantes o delegados del mismo sector u organización, se adelanto por parte de la Alcaldía Local de San Cristóbal, durante los días 5, 8,9, 10, 11 y 12 de febrero de 2016, la elección del representante de cada uno de los sectores que acreditaron varios representantes. Que el proceso de elección de los representantes de los diferentes sectores para la conformación del Consejo de Planeación Local, se adelantó de forma democrática y con la observancia de los principios de publicidad, transparencia, imparcialidad y demás principios que rigen la función Administrativa, en cumplimiento de los requisitos y calidades conforme a lo establecido en los artículos 6° y 8°, del Acuerdo No. 13 de 2000. En mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1º.- Instalación: Instálese el Consejo de Planeación Local de la Localidad San Cristóbal, el cual estará conformado por los representantes de los siguientes sectores:
Parágrafo primero: En merito de lo establecido en la circular conjunta del 08 de Enero de 2016, presentada por el Secretario Distrital de Gobierno, Secretario Distrital de Planeación y Director del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (IDPAC), en relación con el proceso de convocatoria Consejos de Planeación Local y elección de miembros de los Consejos de Planeación Local – “Acuerdo 13 del 26 de Julio del 2000”, en el Numeral 1. ASPECTOS GENERALES: “se recomienda la incorporación de delegados de Otros sectores y Organizaciones Sociales tales como: Mujeres población, LGBTI, Población con Discapacidad, Colectivos u organizaciones de Bici Usuarios… “se incluirán los correspondientes delegados como se enumeran a continuación.
Parágrafo Aclaratorio: Sin perjuicio de lo anterior se incluirán los correspondientes delegados que no cuenten con representación a la fecha de expedición del presente Decreto, según procedimiento que establezca mediante reglamento interno el Consejo de Planeación Local. Artículo 2°.- Periodo: Los miembros del Consejo de Planeación Local tendrán un período igual al término del Plan de Desarrollo Local a partir del año 2016 hasta el año 2019, conforme con lo establecido en el artículo 9° del Acuerdo No. 13 de 2000. Parágrafo Segundo (SIC): En caso de faltas absolutas de los consejeros de planeación local se convocará a elección con las personas inscritas por el respectivo sector. En caso de no postularse ningún aspirante o no presentarse ningún inscrito y de no haber quórum necesario se designará a la persona que haya obtenido la siguiente votación por sector. En todo caso el período de los consejeros no podrá ser superior a lo escrito en el inciso anterior. Artículo 3°.- Funciones: El Consejo de Planeación Local deberá cumplir con las funciones y atribuciones contempladas en los artículos 10° y 11° así como con las demás disposiciones que rigen el Acuerdo No. 13 de 2000. Artículo 4°.- Remuneración: Los representantes y delegadas o delegados al Consejo de Planeación Local, no recibirán remuneración alguna y su participación será ad honorem. Artículo 5°.- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de febrero del año 2016. JAIRO LEÓN VARGAS Alcalde Local de San Cristóbal. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5785 de marzo 01 de 2016 |