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Resolución 143 de 2016 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
02/03/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/03/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5799 de marzo 22 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 143 DE 2016

 

(Marzo 2)

 

“Por medio de la cual se delega la ordenación del gasto, del pago y el ejercicio de las funciones y facultades propias de la actividad precontractual, contractual y post contractual de los negocios, pactos y acuerdos que se celebran por parte de TRANSMILENIO S.A., así como el ejercicio de otras funciones”

 

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A.

 

En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las previstas en el artículo 43 de los Estatutos de TRANSMILENIO S.A., así como las conferidas en la Constitución Política, las Leyes 489 de 1998, 80 de 1993 y 1150 de 2007, sus Decretos Reglamentarios y demás normas concordantes, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que conforme lo dispuesto en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios, de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.

 

Que el Gerente General de TRANSMILENIO S.A. está facultado para delegar las funciones que le son propias, previa autorización de la Junta Directiva de la Empresa, según lo dispone el artículo 44 de los Estatutos, contenidos en el acto de constitución, el cual fue elevado a Escritura Pública número 1528 otorgada en la Notaría Veintisiete (27) de Bogotá, D.C., el día 13 de octubre de 1999.

 

Que de conformidad con las Leyes 80 de 1993 y 489 de 1998, la competencia contractual de las entidades públicas radica en cabeza del Jefe o Representante Legal de la Entidad y en concordancia con el Decreto 1082 de 2015, la delegación de actos inherentes a la actividad contractual puede realizarse dentro de las cuantías y/o señalamientos que hagan las Juntas o Consejos Directivos de las Entidades.

 

Que los artículos 44 y 56 de los Estatutos Sociales disponen que las delegaciones que realice el Gerente General sólo pueden hacerse en quienes ostenten la calidad de Empleados Públicos y tratándose  de  delegación  en  materia  de contratación estatal, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, señala que los Jefes o Representantes Legales de las Entidades sólo podrán hacerla de manera total o parcial, en los Servidores Públicos que pertenezcan al nivel directivo o ejecutivo o sus equivalentes.

 

Que en desarrollo de los principios constitucionales que son los pilares de la función administrativa, en particular, asignada a TRANSMILENIO S.A., se hace necesario delegar en algunos funcionarios del nivel directivo de la mencionada Entidad, las funciones de ordenación del gasto, respecto de la mínima, menor y mayor cuantía, para adelantar las etapas precontractual y contractual y celebrar los contratos y convenios por parte de TRANSMILENIO S.A., así como el ejercicio de otras funciones; para lo cual se derogará la Resolución No. 271 de 2013.

 

Que en reunión de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S.A., del 24 de febrero de 2016 se autorizó al Gerente General de TRANSMILENIO S.A., para delegar algunas de las funciones que le son propias según los artículos 43 y 44 de los Estatutos Sociales.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el Subgerente General de TRANSMILENIO S.A.:

 

1. La ordenación del gasto correspondiente a la mayor cuantía conforme lo establecido en la circular que establece la tabla de cuantías de la entidad y hasta 7.500 SMMLV. Se exceptúa de esta delegación aquellas actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa las cuales estarán a cargo del Subgerente de Desarrollo de Negocios.

 

2. La suscripción de todos los actos administrativos (previos, contractuales, liquidatorios, post liquidatorios, en periodo de post venta, etc) que se desprendan de los contratos, convenios, pactos o acuerdos correspondientes a la cuantía referenciada en el numeral primero del presente artículo, salvo los actos administrativos que hagan parte de los procesos sancionatorios y conminatorios los cuales serán asumidos expresamente por el Subgerente Jurídico.

 

3. La suscripción de aquellos negocios que no impliquen ordenación del gasto salvo lo que tenga relación con actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa los cuales estarán a cargo del Subgerente de Desarrollo de Negocios.

 

4. Reconocimiento y ordenación del gasto de las condenas y cumplimientos de las decisiones judiciales y extrajudiciales en las que sea parte la empresa. 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Delegar en el Subgerente de Desarrollo de Negocios:

 

1. La suscripción de todo contrato, convenio, pacto o acuerdo sin importar su cuantía que se deban celebrar en el cual TRANSMILENIO S.A. se compromete a realizar actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa.

 

2. La suscripción de todo negocio que no implique ordenación del gasto por parte de TRANSMILENIO S.A. y que se deba celebrar para realizar actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa.

 

3. La suscripción de todos los actos administrativos que se desprendan de las etapas precontractual, contractual y post contractual derivados de contrato, convenio y pacto celebrados para realizar actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa.

 

ARTÍCULO TERCERO: Delegar en el Director Administrativo de TRANSMILENIO S.A.:

 

1. La competencia contractual y la ordenación del gasto hasta el monto correspondiente a la menor cuantía,  salvo lo que tenga relación con actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa los cuales estarán a cargo del Subgerente de Desarrollo de Negocios. 

 

2. La suscripción de todos los actos administrativos (previos, contractuales, liquidatorios, post liquidatorios, en periodo de post venta, etc) que se desprendan de la suscripción de los contratos, convenios, pactos o acuerdos devenidos de la mínima y menor cuantía de la Entidad, salvo los actos administrativos que tengan  relación con actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa, los cuales estarán a cargo del Subgerente de Desarrollo de Negocios y de aquellos actos administrativos que hagan parte de los procesos sancionatorios y conminatorios los cuales serán asumidos expresamente por el Subgerente Jurídico.

 

3. Efectuar el reconocimiento y ordenar el gasto relacionado con las situaciones administrativas de carácter laboral de la empresa tales como licencias, permisos remunerados, vacaciones y comisiones; así como lo concerniente a la nómina y prestaciones sociales de los servidores públicos de TRANSMILENIO S.A.

 

ARTÍCULO CUARTO: Delegar en el Subgerente Técnico y de Servicios de TRANSMILENIO S.A.:

 

La suscripción a nombre de TRANSMILENIO S.A. de todos los actos o contratos que contengan obligaciones y responsabilidades provenientes del INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU y que deba ser suscrito por el Gerente General de TRANSMILENIO S.A., en calidad de pagador, en virtud del convenio interadministrativo número 020 de 2001, que en la actualidad se encuentra vigente y está suscrito entre TRANSMILENIO S.A., y dicha entidad.

 

ARTÍCULO QUINTO: Delegar en el Subgerente Económico de TRANSMILENIO S.A.:

 

La firma de las declaraciones tributarias que se deban rendir y de ejecuciones presupuestales.

 

ARTÍCULO SEXTO: Delegar en el Subgerente Jurídico de TRANSMILENIO S.A.:

 

1. La aprobación de las garantías de los contratos, convenios acuerdos y pactos que suscriba TRANSMILENIO S.A.

 

2. La representación judicial para atender procesos judiciales, extrajudiciales y administrativos, en las acciones y actuaciones que se adelanten contra TRANSMILENIO S.A., o que esta promueva, en tal virtud tiene la facultad de recibir notificaciones y otorgar poderes a funcionarios de TRANSMILENIO S.A., o a particulares que tengan la calidad de abogados titulados y con tarjeta profesional para que en representación de la entidad adelanten dichos procesos.

 

3. Los procesos administrativos de índole sancionatorios y conminatorios de los contratos suscritos por la Entidad, lo cual contiene la instrucción, dirección de la audiencia, notificaciones, resolución de recursos y en general todos los actos que se requieran por TRANSMILENIO S.A., en desarrollo de los mismos.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: Delegar en el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación de TRANSMILENIO S.A.:

 

1. Facultad para actuar como Representante de la Alta Gerencia (Alta Dirección) para el Sistema Integrado de Gestión (incluyendo cada uno de los subsistemas componentes) y el Modelo Estándar de Control Interno.

 

2. Facultad para adoptar las actualizaciones necesarias al Manual de Procedimientos de la entidad.

 

3. Ejercer las funciones como Gestor Ambiental de la entidad.

 

ARTÍCULO OCTAVO: Los funcionarios delegatarios de ordenación del gasto, rendirán informes trimestrales dentro de los primeros cinco (5) días calendario a su vencimiento al Gerente General, sobre el ejercicio de la funciones delegadas y serán responsables de todos los actos que realicen en ejercicio de las mismas.

 

ARTÍCULO NOVENO: Adelantar los trámites a que haya lugar para la inscripción de la presente Resolución, ante la Cámara de Comercio de Bogotá.

 

ARTÍCULO DÉCIMO: TRANSICIÓN: Todos los negocios, contratos, acuerdos, convenios y pactos, que a la fecha de expedición del presente acto administrativo se encuentren en periodo de estructuración, ejecución, liquidación o en fases post negóciales (servicios de post venta, garantías técnicas, acompañamientos especiales, etc.), serán asumidos en cuanto a su ordenación del gasto por los funcionarios delegatarios, de conformidad con lo establecido en el presente acto administrativo. Con la expedición de la presente Resolución la Subgerencia Jurídica asume en el estado en que se encuentren la totalidad de las diligencias y trámites administrativos de índole sancionatorio y conminatorio que actualmente se adelantan por los competentes contractuales.

 

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga expresamente las Resoluciones No. 271 del 27 de junio de 2013 y 130 de 26 de febrero de 2016 y demás actos que sean contrarios a la misma.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 2 días del mes de marzo del año 2016.

 

ALEXANDRA ROJAS LOPERA

 

Gerente General

 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5799 de marzo 22 de 2016