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Resolución 224 de 2016 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
26/04/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/04/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5832 de mayo 11 de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 244 DE 2016

RESOLUCIÓN 244 DE 2016

(Abril 26)

Por medio de la cual se designa el Defensor del Ciudadano Usuario del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá D.C. y su área de influencia – SITP.

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO

TRANSMILENIO S.A.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º parágrafo 1º del Decreto distrital 392 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto distrital 392 de 2015 "Por medio del cual se reglamenta la figura del Defensor de la Ciudadanía en las entidades y organismos del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones" prevé en su artículo 1º que "En todas las entidades y organismos del Distrito Capital existirá un Defensor de la Ciudadanía el cual será ejercido por el Representante Legal de la respectiva entidad u organismo distrital, o su delegado, quien dispondrá las medidas administrativas pertinentes para garantizar la efectiva prestación de los servicios a la ciudadanía".

Que el parágrafo 1° del artículo 1º del mencionado Decreto dispuso que "Si la función contenida en el presente artículo decidiera delegarse, sólo podrá hacerse en servidores del nivel directivo de la respectiva entidad u organismo".

Que mediante Resolución No. 632 de 27 de octubre de 2015 emanada de la Gerencia General de TRANSMILENIO S.A. se unificaron las normas que regulan la figura del Defensor del Ciudadano del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá D.C., o su área de influencia –SITP-, el cual está orientado a la protección de los derechos de los ciudadanos usuarios del SITP, mediante la solución de las controversias que se susciten entre éstos y todos los actores del Sistema.

Que en armonía con el Decreto distrital 392 de 2015, el artículo 5º de la Resolución No. 632 de 2015 establece que la Defensoría del Usuario del Sistema Integrado de Transporte Público SITP será ejercida por un servidor público de TRANSMILENIO S.A., del nivel directivo, que garantice las condiciones de idoneidad, transparencia, liderazgo, posicionamiento de la figura y capacidad administrativa y técnica para el desarrollo de sus funciones, que contará con un equipo de apoyo y con las herramientas administrativas y técnicas que garanticen el adecuado cumplimiento de su objeto.

Que mediante Resolución No. 077 de 16 de febrero de 2016 se designó a BIBIANA SALAMANCA JIMÉNEZ como Defensor del Ciudadano Usuario del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá D.C. y su área de influencia – SITP, quien se encontraba encargada como Subgerente de Comunicaciones y Atención al Usuario y el 30 de marzo de 2016 fue nombrada como Subgerente de Desarrollo de Negocios de TRANSMILENIO S.A.

Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario designar un servidor público del nivel directivo de la planta de personal de TRANSMILENIO S.A. como Defensor del Ciudadano Usuario del SITP.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Designar a MARÍA CONSTANZA ÁLVAREZ SARMIENTO, quien desempeña el cargo de Subgerente de Comunicaciones y Atención al Usuario de TRANSMILENIO S.A. como Defensor del Ciudadano Usuario del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá D.C. y su área de influencia – SITP, conforme con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º. Comunicar el contenido de la presente resolución a la servidora pública designada, quien deberá cumplir con lo dispuesto en el Decreto distrital 392 de 2015 y en la Resolución 632 de 27 de octubre de 2015 emanada de la Gerencia General de TRANSMILENIO S.A. y en especial las funciones asignadas al Defensor del Ciudadano Usuario del SITP.

ARTÍCULO 3º. La presente resolución rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No. 077 de 16 de febrero de 2016.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a 26 días del mes de abril de 2016.

ALEXANDRA ROJAS LOPERA

Gerente General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5832 de mayo 11 de 2016.