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RESOLUCIÓN 1022 DE 1991 (septiembre 2) por la
cual se adopta el Procedimiento Administrativo para la incorporación de pagos
manuales efectuados en la caja 103 por Impuesto Predial y CAR El Tesorero de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades legales, RESUELVE: Artículo 1º.- Adóptese el siguiente procedimiento para la incorporación de pagos
manuales efectuados en la caja 103 por Impuesto Predial y CAR. Cargo: Jefe Localización: Sección Cuadre de Caja No. de Orden: 01 Descripción de la actividad: Envía la caja manual
debidamente revisada, legalizada y auditada. Cargo: Incorporador Localización: Unidad de Sistemas No. de Orden: 02 Descripción de la Actividad: Recibe la caja y
procede:
Cargo : Cajero General Localización: Unidad de Operación Bancaria. No. de Orden: 03 Descripción de la Actividad: Remite Copia a la Unidad
de Sistemas de los boletines informativos por cheques devueltos. Cargo: Jefe Sección de Producción Localización: Unidad de Sistemas No. de Orden 04 Descripción de la Actividad: Recibe los boletines,
reserva el pago y borra la señal BQ para el contribuyente pueda cancelar
nuevamente. Cargo: Incorporador Localización: Unidad de Sistemas No. de Orden 05 Descripción de la Actividad: Para eliminarla marca BQ
el operador tiene las dos siguientes alternativas:
Cargo: Jefe Localización: Centro de Atención al Contribuyente
Centro No. de Orden: 06 Descripción de la Actividad: No podrá expedir
certificaciones, ni certificar fotocopias de los recibos de pago cuando estos
sean por recaudo del Impuesto Predial y CAR por conducto de la caja 103, hasta
tanto no se cumplan los pasos anteriores de esta Resolución. Artículo 2º.- La vigencia de este procedimiento sólo será hasta que se realice los
cambios en el programa del Incorporador de pagos
manuales. Para que se discriminen y se registren en el sistema los pagos con
cheque. Bloquee automáticamente la expedición de los paz y salvos notariales y
automáticamente borre la marca, después de transcurridos los once (11) días. Comportándose
de manera similar al recaudo de línea. Artículo 3º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese comuníquese y cúmplase Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C.
a 2 de septiembre de 1991 La Tesorera de Santa Fe de Bogotá, D.C., HILDA MARÍA PARDO HASCHE. La Secretaria General, DORA
BERTHA PARDO LUENGAS. El Jefe de la Unidad Jurídica, AXEL GERMAN NAVAS NAVAS. NOTA: La presente Resolución aparece publicada en el
Registro Distrital No. 654 de octubre 11 de 1991. |