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Resolución 385 de 2001 Departamento Administrativo de Bienestar Social

Fecha de Expedición:
21/05/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/05/2001
Medio de Publicación:
No fue publicada
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RBS003852001

RESOLUCION 385 DE 2001

(Mayo 21)

Por la cual se modifica la Resolución 142 del 28 de Febrero de 2001

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL DEL DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades legales y especialmente las contempladas en la Resolución 1181 de 2000 y,

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución 142 de 24 de Febrero de 2001, se tomaron medidas de austeridad en el gasto publico para el Departamento Administrativo de BIENESTAR Social, en cumplimiento de la Directiva 001 de 2001 de la Alcaldia Mayor de Bogotá D.C

Que los artículos 10 y 11 de la mencionada resolución referidas al uso de celulares y beeper así como a los topes máximos para el uso de teléfonos y celulares, deben ser modificados de conformidad con la solicitud de la Directora, radicada al No. 12513 de 2001.

Que por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTICULO 1. Modificar los artiuclos 10 y 11 de la Resolución No. 142 de 28 de Febrero de 2001 los cuales quedaran así:

ARTICULO 10. TELEFONOS CELULARAES Y BEEPER, se autoriza el uso de celulares y beeper a los servicios públicos del nivel directivo, ejecutivo y asesor del Departamento; además por razones del servicio y operatividad de los proyectos, se autoriza el uso al personal operativo de a Subdirección de Intervención Social, bajo la responsabilidad y control de los Gerentes de Proyecto. En cuanto al servicio de celular se autoriza además de los niveles mencionados anteriormente, al conductor de la Dirección.

ARTIUCLO 11. TOPES MAXIMOS PARA EL USO DE TELEFONOS CELULARES. Los topes máximos que se utilizaran para el uso de celulares serán los siguientes:

NIVEL DIRECTIVO

PLAN

INCLUYE

Subdirectores

 

1000 minutos de COMCEL A COMCEL las 24 horas

Gerentes de proyectos, Gerentes Col, Jefes de Oficina, Asesores y Operadores de la Subdirección de Intervención Social.

Plan viva 1000

1000 minutos a celulares COMCEL a otros celulares y a teléfonos fijos con TARJETA AMIGO, cuyo costo será sufragado por cada uno de los usuarios.

ARTICULO 2. Los demás artículos de la Resolución 142 de 28 de Febrero de 2001, continuaran vigentes en su totalidad.

ARTICULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

ANGELA MARIA ROBLEDO GOMEZ

Directora del Departamento