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DECRETO 512 DE 2002 (Diciembre 20) Por el cual se asigna una atribución al Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, relacionada con el traslado de unos usos dotacionales. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C. En uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en los artículos 38, numeral 6°, 53 y 55 del Decreto Ley 1421 de 1993 y, CONSIDERANDO: Que con base en lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 388 de 1997 y en el artículo 29 del Decreto 879 de 1998, el Alcalde Mayor de Bogotá expidió el Decreto 619 del 28 de julio de 2000, con fuerza material de Acuerdo Distrital, a través del cual se adoptó el Plan de Ordenamiento Territorial para Bogotá, D.C. (POT) Que no obstante que el artículo 333 del citado Plan establece la permanencia de los usos dotacionales de escala metropolitana, urbana o zonal (existentes), así como de los señalados como institucionales por las normas anteriores al mencionado ordenamiento, en concordancia con lo establecido en el Documento Técnico de Soporte del Plan de Ordenamiento Territorial, la permanencia de los usos dotacionales, a través de la adopción de los planes de Regularización y Manejo, aplica siempre y cuando el uso sea permitido en el sector. Que existen algunos Usos lnstitucionales y Servicios Metropolitanos Especiales consagrados en el Acuerdo 6 de 1990, clasificados en el POT como usos Dotacionales, Servicios Urbanos Básicos, Abastecimiento de Alimentos, de escala Metropolitana, que si bien no se encuentran permitidos en los sectores en los cuales se localizan, fueron objeto de la expedición de actos administrativos de traslado, con fundamento en el artículo 333 del Acuerdo 6 de 1990. Que en varios de los eventos a que se refiere el considerando anterior, no fue posible cumplir con el cronograma de traslado señalado en los actos administrativos respectivos, por razones ajenas a la voluntad de los interesados, razón por la cual, es imperativo prorrogar los plazos o conceder nuevos términos para el efecto. Que en vista de que el Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad no contiene disposición alguna relacionada con el traslado de dichos establecimientos, es necesario asignar la facultad de impartir la orden de traslado, en cabeza de una las entidades del orden distrital, en los términos establecidos en los artículos 38, numeral 6°, 53 y 55 del Decreto Ley 1421 de 1993. En mérito de lo expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- Asignar al Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital la facultad de prorrogar los plazos, otorgar nuevos términos y establecer los requisitos para el traslado de los usos Dotacionales, Servicios Urbanos Básicos, Abastecimiento de Alimentos, de escala metropolitana, que fueron objeto de la expedición de actos administrativos de traslado con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 619 de 2000 (POT). ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los veinte (20) días del mes de diciembre de dos mil dos (2002). ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor CARMENZA SALDÍAS BARRENECHE Directora Departamento Administrativo de Planeación Distrital Nota: Publicado en el Registro Distrital 2783 de Diciembre 20 de 2002. |