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DECRETO 418 DE 2026
(Septiembre 30)
Por medio del cual se efectúa una reducción en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 55 del Acuerdo 24 de 1995 y el articulo 64 del Decreto 714 de 1996, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto 517 de diciembre 11 de 2015 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016 y se dictan otras disposiciones, y liquidado mediante Decreto Distrital No.533 de diciembre 15 de 2015.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Decreto 714 de 1996. Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital podrá reducir total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, cuando la Secretaria Distrital de Hacienda estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos.
Que el Articulo 135 del Acuerdo 645 de 2016, Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020, dispuso como alternativa de financiamiento, complementando los ingresos corrientes: "la Administración presentará al Honorable Concejo Distrital un proyecto de acuerdo con un cupo de endeudamiento global y flexible que se armonice con los cupos previamente aprobados dando continuidad a los proyectos financiados con los mismos".
En consecuencia, El Concejo Distrital aprobó el Acuerdo 646 de 2016 autorizando un cupo de endeudamiento para la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital por valor de $5,039 billones, que incluyen el saldo no comprometido presupuestalmente del Acuerdo Distrital 527 de 2013 por la suma de $2,436 billones.
Que las obras de movilidad a cargo del IDU y Transmilenio hacen parte de un grupo más amplio de obras para el desarrollo integral del sistema de movilidad, en el que se incluyen troncales y el Metro, entre otras, las que para su financiamiento, adicional a los recursos que aporta el Distrito, en este caso el cupo de endeudamiento, requieren del apoyo de la Nación, acorde con lo establecido en el CONPES 3677 de 2010, en el que se presenta la política del Gobierno Nacional relacionada con el financiamiento del desarrollo integral de la movilidad de la Región Capital Bogotá Cundinamarca. La Administración Distrital ha venido trabajando en el proceso de formalización de los recursos que la Nación aportará a la bolsa de recursos (70% Nación - 30% Distrito) que permita financiar la totalidad de los componentes allí establecidos, y de la definición de la estructuración financiera de este proyecto depende la composición del paquete total de obras incluidas en el documento CONPES. Por lo anterior. para 2016 la Administración Distrital presupuestó la mayor parte de los recursos del crédito como transferencias de la Unidad 02 de la Secretaria Distrital de Hacienda con destino al Sistema de Movilidad.
Al respecto, ya se ha llegado a un acuerdo y se espera en el corto plazo contar con el documento CONPES de Movilidad para la Primera Línea del Metro de Bogotá y los proyectos de ampliación e integración del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) de Bogotá, por lo que se procedió a la reprogramación de los recursos para 2017.
Que, por lo anterior, parte de los recursos de capital previstos en el Presupuesto Anual 2016 no se contratarán teniendo en cuenta que un segmento del cupo de endeudamiento autorizado mediante Acuerdo 646 de 2016, que incluye el saldo no comprometido del Acuerdo 527 de 2013, está orientado al financiamiento del conjunto de obras del Sistema Integrado de Transporte Público en el marco del CONPES de Movilidad y otras obras en la ciudad. Por lo que se requiere realizar una reducción en el presupuesto del Instituto de Desarrollo Urbano IDU, con fuente Recursos del Crédito por valor de $159.646.030.014; en el presupuesto del Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD, con fuente Recursos del Crédito por valor de $21.538.169.204; y en el Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda Unidad Ejecutora 02 Dirección Distrital de Presupuesto, por valor de $1.628.060.141.846.
Que El Instituto de Desarrollo Urbano IDU, para la vigencia de 2016 apropió recursos por valor de $27.443.717.000 en el rubro "Otros Ingresos No tributarios", provenientes del cruce de cuentas con las Empresas de Servicios Públicos. Sin embargo, con corte a 31 de agosto de 2016, solamente se han recaudado $197.340.446 equivalentes al 0,1%, en consecuencia, se requiere efectuar una reducción en el rubro de Rentas Contractuales por valor de $24.448.525.000. En virtud de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Reducir el presupuesto anual de rentas e ingresos de la vigencia fiscal 2016, en la suma de UN BILLÓN OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SESENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($1.833.692.866.064), según el siguiente detalle
ADMINISTRACION CENTRAL
ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS
ARTICULO 2º. Reducir el presupuesto anual de gastos e inversiones de la vigencia fiscal 2016, UN BILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SESENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($1.833.692.866.064), según el siguiente detalle:
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de septiembre del año 2016.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
BEATRIZ ELENA ARBELAEZ MARTÍNEZ
Secretaria Distrital de Hacienda
Nota: ver norma original en anexos. |