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Resolución 6964 de 2016 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Fecha de Expedición:
27/06/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ORFEO - Plantilla para Resoluciones. Instituto de Desarrollo Urbano

RESOLUCIÓN 6964 DE 2016

(Junio 27) 

“POR LA CUAL SE ADOPTA EL INCREMENTO SALARIAL”

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, 

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo del Concejo de Bogotá No. 19 de 1.972 y el Acuerdo del Consejo Directivo del IDU No. 001 de 2.009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo No. 03 del 11 de febrero de 2.015 expedido por el Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano, se fijó el incremento salarial de los empleados públicos de la Entidad para la vigencia fiscal 2.015.

Que la Contraloría de Bogotá D.C., en el Informe Preliminar de Estados Contables y Presupuesto 2.015, formuló en el numeral 2.2.4.1.2. la observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria, por cuanto el representante legal del IDU no expidió el acto administrativo mediante el cual se asumía el incremento salarial de los empleados públicos de la entidad para la vigencia 2.015, como lo estableció el artículo 15 del Acuerdo 575 de 2.014.

Que la razón por la cual el representante legal del Instituto no expidió el acto administrativo estableciendo el incremento salarial para el año 2.015, se funda en el hecho que el Consejo Directivo como máxima autoridad administrativa del Instituto tiene atribuida la facultad de fijar la remuneración mensual de los empleados y en este sentido cada año resuelve mediante Acuerdo la fijación del incremento salarial para la vigencia fiscal respectiva, de suerte que en observancia del principio rector de economía que debe imperar en las actuaciones administrativas, sólo se profiere el acto administrativo del Consejo Directivo en el que ya se han establecido los antecedentes, fundamentos y decisiones en torno al tema del incremento salarial.

Que atendiendo al hecho que para la vigencia fiscal 2.016 se realizó el mismo procedimiento y el incremento salarial fue fijado mediante Acuerdo del Consejo Directivo No. 03 del 29 de febrero de 2.016, como medida preventiva se plantea la acción de mejoramiento consistente en la adopción del incremento salarial a través de acto administrativo expedido por la Directora General del IDU, con el fin de dar cumplimiento en su totalidad a la disposición contenida en el artículo 15 del Acuerdo 575 de 2.014.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Fijar el incremento salarial de los empleados públicos de la entidad para la vigencia fiscal 2.016; establecido en el Acuerdo 03 del 29 de febrero 2.016 por el cual el Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano fijó el incremento salarial de los empleados de la entidad para la vigencia fiscal 2.016.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente resolución surte efectos fiscales a partir de la suscripción y publicación del Acuerdo enunciado, y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 

Dada en Bogotá D.C. a los veintisiete día(s) del mes de Junio de 2016. 

YANETH ROCÍO MANTILLA BARON 

Directora General