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RESOLUCIÓN 1496 DE 2016 "Por la cual se adiciona y modifica la
Resolución 1163 del 27 de junio de 2016 "Por la cual se crea, organiza y
determinan las funciones del Comité de Contratación de la Secretaría de
Educación del Distrito" LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio
de las atribuciones que le confieren la constitución y la ley, especialmente
las previstas en el artículo 209 de la Constitución Política, los artículos 12
(subrogado por el artículo 37 del Decreto Nacional 2150 de 1995 y adicionado
por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007) y 25, numeral 9 de la Ley 80 de
1993, los artículos 3 y 9 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 001 de 2016 y, CONSIDERANDO Que la Subsecretaria de
Gestión Institucional de la Secretaría de Educación del Distrito —SED- además
de la ejecución de las labores propias de sus funciones previstas en el Decreto
Distrital 330 de 2008 y las contenidas en el Manual de Funciones y de
Competencias Laborales para los empleos de la Planta Global de Personal Administrativo
de la Secretaría de Educación Distrital adoptado mediante Resolución 3950 del 7
de octubre de 2008, modificado por la Resolución 1865 del 14 de octubre de
2015, preside los siguientes Comités de la SED y/o a nombre de la SED: Comité
de Gobierno en Línea y Anti trámite, Comité de Archivo, Comité de Convivencia y
Conciliación, Comité Regional FOMAC, Comité Interno de la Subsecretaría de
Gestión Institucional y Comité de Contratación; funciones y roles que en su
quehacer diario pueden coincidir, lo que hace necesario permitir que esta pueda
designar en alguno de sus funcionarios de planta del nivel Directivo la
asistencia y presidencia del Comité de Contratación de la SED para la
correspondiente(s) sesión(es) del mismo. Que por lo anterior, es procedente
adicionar el numeral 1 del artículo tercero "INTEGRACIÓN" de la
Resolución 1163 del 27 de junio de 2016 "Por la cual se crea, organiza y
determinan las funciones del Comité de Contratación de la Secretaría de
Educación del Distrito", incluyendo la posibilidad que la Subsecretaria de
Gestión Institucional designe en alguno de sus funcionarios de planta del nivel
Directivo la asistencia y presidencia del Comité de Contratación de la SED en
la correspondiente(s) sesión(es) del mismo. Por otro lado, en lo que
lleva sesionando el Comité de Contratación de la SED desde su creación mediante
la citada Resolución, se ha advertido por la totalidad de sus miembros que para
la toma responsable y documentada de sus decisiones relacionadas con la
recomendación al respectivo Ordenador del Gasto del inicio del correspondiente
proceso de selección puesto a su consideración, según lo previsto en el numeral
3 del artículo 4 "FUNCIONES" de la citada Resolución, es necesario
que la dependencia solicitante presente de manera anticipada y completa los
estudios y documentos previos elaborados. En consecuencia, es procedente modificar el
numeral 3 del artículo 4 de la Resolución 1163 del 27 de junio de 2016,
estableciendo que la función del Comité es la de revisar los estudios y
documentos previos que le sean puestos a consideración y recomendar, de ser el caso, el
inicio de los procesos de selección indicados en los literales a-d del citado
numeral 3. Que,
en mérito de lo expuesto, este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO
PRIMERO: Adicionar el numeral 1 del
artículo tercero de la Resolución 1163 del 27 de junio de 2016 "Por la cual se crea, organiza y determinan
las funciones del Comité de Contratación de la Secretaría de Educación del
Distrito", el cual quedará así: "ARTÍCULO
TERCERO. — INTEGRACIÓN. El Comité de
Contratación estará integrado por: 1. El (a) Subsecretario(a) de Gestión
Institucional quien presidirá el Comité o el Director que este(a) designe. (.. )". ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el numeral 3 del artículo 4
"FUNCIONES" de la Resolución 1163 del 27 de junio de 2016, el cual quedará así: "3. Revisar los estudios y documentos
previos que le sean puestos a consideración y recomendar, de ser el caso, el
inicio de los siguientes procesos de selección: (...)". ARTÍCULO TERCERO: Modificar el artículo 9 "FICHA TÉCNICA DEL
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES O SU
EQUIVALENTE" de la Resolución 1163 del 27 de junio de 2016, el cual
quedará así: ARTÍCULO
NOVENO. — ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS: Para los asuntos y/o casos que se
pretendan poner a consideración del Comité, el interesado deberá presentar
los estudios y documentos previos completos, ante la Secretaría Técnica del
Comité, con mínimo cinco (5) días de antelación a cada sesión ordinaria,
acompañados de los anexos correspondientes al asunto a tratar. Los estudios y documentos previos para las
sesiones extraordinarias serán presentados antes de la celebración de la
reunión y dentro del término que estime conveniente la Secretaría Técnica, de
conformidad con la urgencia y necesidad del asunto a tratar. ARTÍCULO CUARTO: Entiéndase, para todos los efectos de la
Resolución 1163 de 2016, que todas las menciones a ficha técnica corresponden a la presentación de los estudios y
documentos previos completos. ARTÍCULO QUINTO: Los
demás artículos de la Resolución 1163 de 2016 continúan vigentes sin adición o
modificación alguna. ARTÍCULO SEXTO. — VIGENCIA: La
presente Resolución rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada
en Bogotá, D.C. a los 19 días del mes de agosto de 2016 MARÍA
VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ Secretaria
de Educación del Distrito |