Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 1496 de 2016 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
19/08/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1496 DE 2016

 

"Por la cual se adiciona y modifica la Resolución 1163 del 27 de junio de 2016 "Por la cual se crea, organiza y determinan las funciones del Comité de Contratación de la Secretaría de Educación del Distrito"

 

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En ejercicio de las atribuciones que le confieren la constitución y la ley, especialmente las previstas en el artículo 209 de la Constitución Política, los artículos 12 (subrogado por el artículo 37 del Decreto Nacional 2150 de 1995 y adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007) y 25, numeral 9 de la Ley 80 de 1993, los artículos 3 y 9 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 001 de 2016 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que la Subsecretaria de Gestión Institucional de la Secretaría de Educación del Distrito —SED- además de la ejecución de las labores propias de sus funciones previstas en el Decreto Distrital 330 de 2008 y las contenidas en el Manual de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta Global de Personal Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital adoptado mediante Resolución 3950 del 7 de octubre de 2008, modificado por la Resolución 1865 del 14 de octubre de 2015, preside los siguientes Comités de la SED y/o a nombre de la SED: Comité de Gobierno en Línea y Anti trámite, Comité de Archivo, Comité de Convivencia y Conciliación, Comité Regional FOMAC, Comité Interno de la Subsecretaría de Gestión Institucional y Comité de Contratación; funciones y roles que en su quehacer diario pueden coincidir, lo que hace necesario permitir que esta pueda designar en alguno de sus funcionarios de planta del nivel Directivo la asistencia y presidencia del Comité de Contratación de la SED para la correspondiente(s) sesión(es) del mismo.

 

Que por lo anterior, es procedente adicionar el numeral 1 del artículo tercero "INTEGRACIÓN" de la Resolución 1163 del 27 de junio de 2016 "Por la cual se crea, organiza y determinan las funciones del Comité de Contratación de la Secretaría de Educación del Distrito", incluyendo la posibilidad que la Subsecretaria de Gestión Institucional designe en alguno de sus funcionarios de planta del nivel Directivo la asistencia y presidencia del Comité de Contratación de la SED en la correspondiente(s) sesión(es) del mismo.

 

Por otro lado, en lo que lleva sesionando el Comité de Contratación de la SED desde su creación mediante la citada Resolución, se ha advertido por la totalidad de sus miembros que para la toma responsable y documentada de sus decisiones relacionadas con la recomendación al respectivo Ordenador del Gasto del inicio del correspondiente proceso de selección puesto a su consideración, según lo previsto en el numeral 3 del artículo 4 "FUNCIONES" de la citada Resolución, es necesario que la dependencia solicitante presente de manera anticipada y completa los estudios y documentos previos elaborados.

 

En consecuencia, es procedente modificar el numeral 3 del artículo 4 de la Resolución 1163 del 27 de junio de 2016, estableciendo que la función del Comité es la de revisar los estudios y documentos previos que le sean puestos a

 

consideración y recomendar, de ser el caso, el inicio de los procesos de selección indicados en los literales a-d del citado numeral 3.

 

Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho

 

RESUELVE:

 

 

ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar el numeral 1 del artículo tercero de la Resolución 1163 del 27 de junio de 2016 "Por la cual se crea, organiza y determinan las funciones del Comité de Contratación de la Secretaría de Educación del Distrito", el cual quedará así:

 

"ARTÍCULO TERCERO. — INTEGRACIÓN. El Comité de Contratación estará integrado por:

 

1. El (a) Subsecretario(a) de Gestión Institucional quien presidirá el Comité o el Director que este(a) designe.

 

(.. )".

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el numeral 3 del artículo 4 "FUNCIONES" de la Resolución 1163 del 27 de junio de 2016, el cual quedará así:

 

"3. Revisar los estudios y documentos previos que le sean puestos a consideración y recomendar, de ser el caso, el inicio de los siguientes procesos de selección: (...)".

 

ARTÍCULO TERCERO: Modificar el artículo 9 "FICHA TÉCNICA DEL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES O SU EQUIVALENTE" de la Resolución 1163 del 27 de junio de 2016, el cual quedará así:

 

ARTÍCULO NOVENO. — ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS: Para los asuntos y/o casos que se pretendan poner a consideración del Comité, el interesado deberá presentar los estudios y documentos previos completos, ante la Secretaría Técnica del Comité, con mínimo cinco (5) días de antelación a cada sesión ordinaria, acompañados de los anexos correspondientes al asunto a tratar.

 

Los estudios y documentos previos para las sesiones extraordinarias serán presentados antes de la celebración de la reunión y dentro del término que estime conveniente la Secretaría Técnica, de conformidad con la urgencia y necesidad del asunto a tratar.

 

ARTÍCULO CUARTO: Entiéndase, para todos los efectos de la Resolución 1163 de 2016, que todas las menciones a ficha técnica corresponden a la presentación de los estudios y documentos previos completos.

 

ARTÍCULO QUINTO: Los demás artículos de la Resolución 1163 de 2016 continúan vigentes sin adición o modificación alguna.

 

ARTÍCULO SEXTO. — VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C. a los 19 días del mes de agosto de 2016

 

MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ

Secretaria de Educación del Distrito