"Por la cual se adopta el Manual especifico de Funciones y de
competencias laborales, para la planta de empleos temporales de la Secretaría
de Educación del Distrito - SED"
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por los
Decretos 101 de 2004, 001 de 2016, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto 271 del 29 de de junio de
2016, el Alcalde Mayor de Bogotá creó la planta de empleos temporales para la
Secretaria de Educación del Distrito.
Que el Alcalde Mayor de Bogotá mediante el Decreto
367 de 2014, actualizó el Manual de Requisitos para los empleos públicos
correspondientes a los organismos pertenecientes al Sector Central de la
Administración Distrital de Bogotá, D.C.
Que el parágrafo 2° del artículo 8 del citado decreto
estableció: “Cuando por la naturaleza de
las funciones asignadas al/los cargo/s los Organismos pertenecientes al Sector
Central de la Administración Distrital requieran establecer requisitos
diferentes a los generales previstos en el presente Decreto, podrán hacerlo
previo a la refrendación por parte del Director del Departamento Administrativo
del Servicio Civil Distrital para la inclusión de los mismos en sus manuales
específicos, lo cual se hará constar expresamente en el acto administrativo que
al efecto expidan (…)”
Que en cumplimiento de lo establecido, la
Secretaría de Educación del Distrito presentó la
justificación técnica ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital, para la creación de quinientos sesenta y nueve (569) empleos de
carácter temporal, por el término de veinticuatro (24) meses.
Que en uso de las
facultades conferidas en el artículo 6° del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el
Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio
No. 2016EE1247 del 17 de junio de 2016,
emitió concepto técnico favorable para la creación de quinientos sesenta y
nueve (569) empleos de carácter temporal en la planta de empleos administrativos
de la SED, con fundamento en el literal b) artículo 21 de la Ley 909 de 2004.
Que mediante oficio
2016EE105524 del 28 de junio de 2016, la Dirección
Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad
presupuestal para la creación de los quinientos sesenta y nueve (569) empleos
de carácter temporal en la Secretaría de Educación del Distrito.
En
mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.
Adoptar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para los
empleos de carácter temporal de la planta de personal administrativo de la
Secretaría de Educación del Distrito, cuyas funciones deben ser cumplidas por
los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la
misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalen, así:
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I. IDENTIFICACIÓN
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Nivel:
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Técnico
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Denominación del
Empleo:
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Técnico operativo
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Código:
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314
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Grado:
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04
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No. de cargos
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153
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Naturaleza del empleo
|
Temporal
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|
Dependencia
|
Institución
educativa en donde se ubique el cargo
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Cargo del Jefe
Inmediato:
|
Quien ejerza
supervisión directa
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II.ÁREA
FUNCIONAL
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SUBSECRETARÍA
DE CALIDAD Y PERTINENCIA
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III. PROPÓSITO
PRINCIPAL
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Asistir
y apoyar las actividades de promoción de derechos de infancia con la
comunidad educativa, en el marco de la Ruta Integral de Atenciones (RAI)
mediante actividades de apoyo técnico, tendientes al cuidado y protección de
los niños y niñas del ciclo de educación inicial.
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IV. DESCRIPCIÓN DE
FUNCIONES ESENCIALES
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1. Mantener
la disposición de materiales y condiciones de seguridad de las actividades
pedagógicas planeadas por el equipo docente en los ambientes escolares.
2. Asistir a los docentes en el aula en
los procesos de cuidado para los niños y las niñas en cuanto a seguridad,
higiene, alimentación, vida saludable; y en general a los procesos que
contribuyan al bienestar y calidad de vida en los niños y niñas en el
ambiente escolar.
3. Apoyar el proceso de comunicación
entre la familia, la comunidad y la institución educativa en perspectiva de
contribuir a la atención integral de calidad en la educación inicial.
4. Facilitar la labor de las actividades
referentes a la lúdica y el arte, como parte del desarrollo integral del niño
en su ciclo de educación inicial.
5. Desarrollar la implementación de
actividades psicosociales, del cuidado de la salud y administrativas que
garanticen la atención integral para los niños y niñas del ciclo de educación
inicial del Sistema Educativo Oficial.
6. Apoyar al equipo docente en el proceso
de activación de rutas de restitución y ejercicio de los derechos de los
niños y niñas del ciclo de educación inicial.
7. Apoyar el desarrollo del proceso de
recolección, registro y verificación de información que da cuenta de la atención
integral a la primera infancia en el marco de la educación inicial de
calidad.
8. Realizar las actividades que
contribuyan a garantizar el cumplimiento de los estándares de calidad y los
lineamientos técnicos de educación inicial.
9. Las demás que le sean asignadas conforme a la naturaleza jerárquica
y el propósito del empleo.
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V. CONOCIMIENTOS
BÁSICOS O ESENCIALES
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1. Atención a
Primera infancia.
2. Desarrollo
integral en la educación inicial.
3. Marco Legal en primera infancia.
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VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
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COMUNES
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POR N IVEL JERÁRQUICO
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Orientación a resultados
Orientación al usuario y al ciudadano
Transparencia
Compromiso con la organización
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Experticia
técnica
Trabajo en
equipo
Creatividad
e innovación
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VII. REQUISITOS DE
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
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FORMACIÓN ACADÉMICA
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EXPERIENCIA
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Título de
formación técnica profesional o tecnológica o terminación y aprobación de
seis semestres de educación superior profesional, en el área de las ciencias
de la educación relacionadas con la atención integral para la primera
infancia.
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Once
(11) meses de experiencia en educación relacionada con niños y niñas menores
de 6 años.
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I. IDENTIFICACIÓN
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Nivel:
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Asistencial
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Denominación del
Empleo:
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Auxiliar
Administrativo
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Código:
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407
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Grado:
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05
|
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No. de cargos
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416
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Naturaleza del empleo
|
Temporal
|
|
Dependencia
|
Institución
educativa en donde se ubique el cargo
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|
Cargo del Jefe
Inmediato:
|
Quien ejerza
supervisión directa
|
|
II.ÁREA
FUNCIONAL
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SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN INSTITUCIONAL
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III. PROPÓSITO PRINCIPAL
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Complementar y apoyar las actividades
administrativas y operativas de los establecimientos educativos en los
procesos misionales y transversales requeridos, para garantizar el
funcionamiento y la ejecución del proyecto institucional.
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IV. DESCRIPCIÓN DE
FUNCIONES ESENCIALES
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1. Apoyar la
atención de los requerimientos y solicitudes de los diferentes grupos de
interés personal, escrita y telefónicamente, dentro de los términos que las
normas determinen.
2. Revisar
y clasificar la información que llega a la institución educativa y remitirla
a quien corresponda para su respectivo trámite y apoyar la respuesta de los
mismos.
3. Realizar actividades de archivo y control
documental conforme a las normas establecidas.
4. Proyectar
las comunicaciones escritas dirigidas a las direcciones locales, padres de
familia, estudiantes, nivel central y demás destinatarios que se requiera.
5. Apoyar
la consolidación y actualización de los datos en los diferentes sistemas de
información y apoyar en la generación de informes que realice la institución
educativa.
6. Realizar
actividades propias de apoyo asistencial, incluidas las de fotocopiado de los
documentos que requiera la institución educativa.
7. Apoyar
el desarrollo de las actividades y procesos administrativos para la
prestación del servicio de biblioteca.
8. Tramitar
y conseguir los documentos soporte para la elaboración de certificados, que
requieran los diferentes grupos de interés.
9. Realizar
las actividades de apoyo asistencial y operativo de los procesos relacionados
con el cuidado y custodia de los bienes e inventarios a cargo del
establecimiento educativo.
10. Apoyar
las diversas actividades de control administrativo asistencial que le sean
requeridas.
11.
Las demás que le sean asignadas conforme a la naturaleza jerárquica y
el propósito del empleo
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V. CONOCIMIENTOS
BÁSICOS O ESENCIALES
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1. Manejo de
Archivo.
2. Manejo bases
de datos.
3. Gestión Documental.
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VI. COMPETENCIAS
COMPORTAMENTALES
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COMUNES
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POR N IVEL JERÁRQUICO
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Orientación a resultados
Orientación al usuario y al ciudadano
Transparencia
Compromiso con la organización
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Manejo de la Información
Adaptación al Cambio
Disciplina
Relaciones Interpersonales
Colaboración
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VII. REQUISITOS DE
FORMACIÓN ÁCADEMICA Y EXPERIENCIA
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FORMACIÓN ÁCADEMICA
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EXPERIENCIA
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Título de
Bachiller en cualquier modalidad
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Doce
(12) meses de experiencia laboral
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ARTÍCULO
SEGUNDO. La Secretaría de Educación del Distrito distribuirá
los empleos de acuerdo con las necesidades presentadas en cada una de las
instituciones educativas; el jefe inmediato entregará a cada funcionario copia
de las funciones y competencias determinadas en el presente manual para el
respectivo empleo en el momento de la posesión. Los jefes inmediatos
responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de las mismas.
ARTÍCULO
TERCERO. Las competencias comunes a los
empleados públicos y las competencias comportamentales, son las establecidas en
el Decreto 1083 de 2015.
ARTÍCULO
CUARTO. Para efectos de la acreditación
de los requisitos establecidos en la presente resolución, se aplicarán las equivalencias
entre estudios y experiencia de que trata el artículo 25 del Decreto 785 de
2005.
ARTÍCULO
QUINTO. La
presente resolución rige a partir de la fecha de su refrendación por parte del
Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 30
días del mes de junio de 2016
MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ
Secretaria de Educación del Distrito
Refrendado:
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital