Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 1230 de 2016 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
11/07/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Bogotá, 03 de febrero de 2012

RESOLUCIÓN 1230 DE 2016 

(julio 11)                      

Por la cual se delega la representación de la Secretaría de Educación del Distrito al Comité Distrital de Convivencia Escolar -instancia armonizada-.

 

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, en cumplimiento de la Ley 1620 de 2013, el Decreto 1965 de 2013, el Acuerdo 173 de 2005 y el Decreto 330 del 06 de octubre de 2008 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1620 de 2013, por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y   formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar", en el artículo 6 crea los comités de convivencia   escolar indicando que: "el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos  humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, tendrá una estructura constituida por instancias en tres niveles: nacional, territorial y escolar, lideradas por el sector educativo".

 

Que en el artículo 9 de la misma Ley 1620 de 2013, establece que los Consejos Territoriales de Política Social creados por el Decreto 1137 de 1999, tendrán comités municipales, dístritales y departamentales de convivencia escolar.

 

Que las disposiciones anteriormente/señaladas fueron reglamentadas a través del Título II, Capítulo II del Decreto 1965 de 2013'hor el cual se crea el comité distrital de convivencia escolar.

 

Que el Acuerdo 173 de 2005 establece el Sistema Distrital de Seguridad Escolar -SISDISE- y el artículo 1° señala que este estará integrado por "el conjunto de orientaciones, normas,  actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales de seguridad orientados al sector escolar público y privado".

 

Que el artículo 3 del Acuerdo 173 de 2005 establece que el SISDISE estará coordinado por un comité interinstitucional, presidido por la Secretaría de Educación del Distrito.

 

Que la Secretaría de Educación del Distrito solicitó al Consejo Distrital de Política Social, la armonización del Comité Distrital de Convivencia Escolar y el SISDISE en una sola instancia, teniendo en cuenta que ambas presentan afinidad en cuanto a misionalidad, funciones, integrantes y periodicidad de encuentro.

 

Que la anterior solicitud fue aceptada por el Consejo Distrital de Política Social en sesión del 30 de octubre de 2014, para optimizar la gestión y participación de las entidades integrantes.

 

Que de conformidad con las funciones establecidas en artículo 11 del Decreto 330 de 2008, está a cargo de la Subsecretaría de Integración Interinstitucional asesorar al Secretario de Educación en la formulación de las políticas, planes, programas y proyectos destinados a la integración del sistema educativo distrital y al fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales, intersectoriales, nacionales e internacionales del sector.

 

Que, en atención a lo expuesto, resulta procedente delegar al Subsecretario de Integración Interinstitucional la representación de la Secretaria de Educación del Distrito en el Comité Distrital de Convivencia Escolar — instancia armonizada.

 

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el Subsecretario de Integración Interinstitucional la representación de la Secretaria de Educación del Distrito al Comité Distrital de Convivencia Escolar –instancia armonizada-, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1620 de 2013, el Decreto 1965 de 2013 y el Acuerdo 173 de 2005.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de julio de 2016.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ

Secretaria de Educación del Distrito