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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 037
DE 2016 (octubre 28) “Por la cual se adopta la
nueva versión del Procedimiento para la Divulgación de la Información
Institucional, correspondiente al Proceso de Comunicación Estratégica y se
dictan otras disposiciones” EL CONTRALOR DE BOGOTÁ,
D.C. En ejercicio de sus atribuciones
constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 6º del Acuerdo 519 de 2012, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el
Artículo 269 de Que de conformidad con
los literales b) y I) del artículo 4º de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el
ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se
dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del
sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías
de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y
actualización de normas y procedimientos. Que la Ley 1474 de 2011 “por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer
los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y
la efectividad del control de la gestión pública”, artículo 78 establece
que “… las entidades señaladas en este
artículo tendrán que rendir cuentas de manera permanente a la ciudadanía…”. Que el Concejo de Bogotá
expidió el Acuerdo 519 de 2012, por el cual se dictan normas sobre organización
y funcionamiento de Que
en el artículo 35 del citado Acuerdo, establece dentro de las funciones de la
Oficina Asesora de Comunicaciones, asesorar
al Contralor y a las diferentes dependencias en materia de imagen corporativa y
propender por la adecuada utilización de la misma, en todos los documentos, actividades,
eventos y medios empleados para el cumplimiento de las funciones
institucionales. Que el artículo 38, en
su numeral 9 del precitado Acuerdo, establece como una de las funciones de la
Dirección de Planeación: “Realizar estudios, propuestas e investigaciones de carácter técnico
sobre desarrollo administrativo, métodos de trabajo, simplificación,
agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos
relacionados con la organización, tendientes al mejoramiento de la gestión y de
los demás sistemas implementados en la Entidad”. Que
mediante Resolución Reglamentaria No. 034 del 05 de noviembre de 2014, la
Contraloría de Bogotá, D.C., adoptó el Modelo Estándar de Control Interno -
MECI 2014, establecido en el Decreto 943 de 2014, en el cual se determina el
componente de direccionamiento estratégico para orientar a la Entidad hacia el
cumplimiento de su misión y objetivos institucionales, en procura de alcanzar
su visión y el eje transversal de información y comunicación, con una dimensión
estratégica que involucra a todos los niveles y procesos de la organización,
vinculándola con su entorno. Que mediante Resolución
Reglamentaria 036 del 19 de septiembre de 2013 se adoptó la versión 4.0 del Procedimiento para la
Divulgación de la Información Institucional del Proceso de Comunicación
Estratégica. Que mediante Resolución
Reglamentaria No. 067 del 15 de diciembre de 2015, se adoptó el Procedimiento para el Control de
Documentos del Sistema Integrado de Gestión – SIG adoptado, el cual establece
la nueva estructura para elaborar procedimientos del Sistema Integrado de
Gestión – SIG, sin embargo el procedimiento se encuentra desactualizado en su
estructura. Que teniendo en cuenta el concepto
de mejora establecido en las Normas Técnicas de Calidad NTC ISO 9001:2008 NTC
GP1000:2009, es necesario ajustar el Procedimiento para la Divulgación de la
Información Institucional, en el sentido de actualizarlo a la normatividad
vigente. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión del siguiente
procedimiento del Proceso de Comunicación Estratégica:
ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de la Dirección de Planeación gestionar la simplificación,
agilización y modernización del procedimiento que se adopta, para garantizar el
mejoramiento del sistema de gestión implementado en la Entidad. ARTÍCULO TERCERO. Es
responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficinas y Gerentes,
velar por la divulgación y cumplimiento del procedimiento adoptado. ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria 036 del 19 de septiembre de
2013. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C. a los 28 días del mes de
octubre de 2016 JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA NOTA: Publicada en el Registro
Distrital 5947 de noviembre 2 de 2016 |