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RESOLUCIÓN 111
DE 2017 (enero 26) LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE
CATASTRO DISTRITAL (UAECD) En uso de sus facultades legales, en especial las
conferidas por los numerales 8 y 14 del artículo 5° del Acuerdo 004 de 2012 del
Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución
2379 de 2016 se unificaron las reglas de creación del Comité de Avalúos de la
Unidad y se derogaron las Resoluciones Nos. 0404 de 2011 y 0837 de 2012. Que en la mencionada
resolución se establecieron delegaciones por parte de la Dirección y de la
Subgerencia de Información Económica para las decisiones de primera y segunda
instancia del Comité de Avalúos de la entidad. Que de acuerdo con lo
establecido en la Constitución Política y la Ley 489 de 1998, la delegación
está sujeta a los requisitos que establecen los mismos. Que la Ley 489 de 1998
establece que “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la
Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante
acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o
a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.” Que de acuerdo con lo
anterior se requiere precisar los aspectos de delegación señalados en la
Resolución 2379 de 2016, con el fin de que opere el Comité de Avalúos en lo
referente a las decisiones de primera y segunda instancia. Que en mérito de lo
expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°.
Modificar el artículo 2° de la Resolución 2379 de 2016 el cual quedará así: “ARTÍCULO 2°.
Establecer como miembros del Comité de Avalúos de la UAECD para las decisiones
de primera instancia: 1. El (La) Director(a) o su
delegado. 2. El (La) Subgerente de
Información Económica. 3. El Profesional
Especializado 222-10 de la Subgerencia de Información Económica, responsable
del Grupo de Revisiones de Avalúo; ó el Profesional Especializado 222-10 de la
Subgerencia de Información Económica, responsable del Grupo de Avalúos
Comerciales; ó el Profesional Especializado 222-10 de la Subgerencia de
Información Económica, responsable del Grupo de Plusvalía; ó el Profesional
Especializado 222-10 de la Subgerencia de Información Económica, responsable
del Grupo de Actualización Catastral. Este cargo ejercerá la Secretaría Técnica
del Comité de Avalúos, según la agenda o función a desarrollar. 4. Profesional(es)
Avaluador(es). PARÁGRAFO 1.
Podrán asistir como invitados los demás funcionarios o personas que se estime
conveniente para el estudio de casos puntuales y específicos, quienes
participarán con voz pero sin voto. PARÁGRAFO 2.
El (La) Director(a) designará mediante acto administrativo al funcionario que
lo represente en el Comité de Avalúos cuando requiera efectuar su delegación”. ARTÍCULO 2°.
Modificar el artículo 3° de la Resolución 2379 de 2016 el cual quedará así: “ARTÍCULO 3°.
Establecer como miembros del Comité de Avalúos de la UAECD para las decisiones
de segunda instancia: 1. El (La) Director(a) o su
delegado. 2. El (La) Gerente de
Información Catastral. 3. Profesional(es)
Avaluador(es). 4. Funcionario designado por
la Gerencia de Información Catastral como Secretario Técnico. PARÁGRAFO 1.
Podrán asistir como invitados los demás funcionarios o personas que se estime
conveniente para el estudio de casos puntuales y específicos, quienes participarán
con voz pero sin voto. PARÁGRAFO 2.
El (La) Director(a) designará mediante acto administrativo al funcionario que
lo represente en el Comité de Avalúos cuando requiera efectuar su delegación. PARÁGRAFO 3.
El (La) Gerente de Información Catastral designará por escrito el funcionario
que ejercerá la Secretaría Técnica del Comité de Avalúos. PARÁGRAFO 4.
Las decisiones de segunda instancia corresponden exclusivamente al trámite de
apelaciones provenientes de avalúo catastral. ARTÍCULO 3°.
Todos los demás artículos de la Resolución 2379 de 2016 quedarán incólumes. ARTÍCULO 4°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C., a los veintiséis (26) días del
mes de enero de dos mil diecisiete (2017). CLAUDIA PUENTES RIAÑO Directora |