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RESOLUCIÓN 032 DE 2017 (Febrero
09) LA
SECRETARIA (E) DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO En
uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por la Ley 909 de
2004 y el Decreto Ley 1567 de 1998 y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo consagrado en el
artículo 54 de la Constitución Política de Colombia, “Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y
habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran.” Que la Ley 909 de 2004, contiene el
marco normativo del Sistema General de Carrera Administrativa al que pertenecen
los servidores públicos de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y
señala la capacitación como uno de los principios rectores de la función
pública, estableciendo la obligación de que las unidades de personal de las
entidades públicas se encuentren en la obligación de formular planes y
programas de capacitación en aras de optimizar las capacidades personales y en
esa medida lograr una mayor eficiencia organizacional y el mejoramiento del
servicio. Que en igual sentido, el artículo 2.2.9.2
del Decreto 1083 de 2015, establece: “Los
programas de capacitación deberán orientarse al desarrollo de las competencias
laborales necesarias para el desempeño de los empleados públicos en niveles de
excelencia.” Que en concordancia con lo anterior, el
Plan institucional de Capacitación (PIC) constituye un conjunto coherente de
acciones de capacitación y formación, que durante un periodo de tiempo y a
partir de unos objetivos específicos, facilita el desarrollo de competencias,
el mejoramiento de los procesos institucionales y el fortalecimiento de la
capacidad laboral de los empleados a nivel individual y de equipo para
conseguir los resultados y metas institucionales establecidos en una entidad
pública. Que mediante el Plan Institucional de
Formación y/o Capacitación, PIC, la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico pretende aumentar los niveles de eficacia y eficiencia en la
prestación de los servicios institucionales, así como contribuir al desarrollo
de las potencialidades, destrezas y habilidades de los empleados. Que en concordancia con las
consideraciones precedentes, el Plan Institucional Capacitación de la
Secretaría Distrital de Desarrollo Económico está sujeto a los parámetros
establecidos por el Gobierno Distrital, dirigido a complementar la formación,
desarrollo de habilidades que incrementen la capacidad individual y colectiva
para contribuir al cumplimiento de la misión institucional. Que se pretende utilizar adecuadamente
los recursos disponibles del presupuesto, para las diferentes actividades
académicas, contando con los recursos humanos, los organismos institucionales
públicos y privados que permitan brindar una eficiente formación y/o capacitación
en la entidad. Que la Comisión de Personal en reunión
del 26 de enero de 2017, recomendó la aprobación del Plan Institucional de Capacitación
para la vigencia 2017. En merito de lo expuesto, este Despacho RESUELVE: Artículo 1º.- ADOPTAR
el Plan Institucional de Formación y Capacitación de la Secretaría Distrital de
Desarrollo Económico para la vigencia 2017, el cual hace parte integral del
presente acto administrativo. Artículo 2º.- PRESUPUESTO E IMPUTACIÓN
PRESUPUESTAL: El presupuesto, asignado para la ejecución del Plan
Institucional de Capacitación para la vigencia fiscal 2017, asciende a la suma
de TREINTA Y SIETE MILLONES CIEN MIL
PESOS M/CTE ($37.100.000.oo), esta suma se cancelará con cargo al CDP No. 51
del 30 de enero de 2017, rubro 3-1-2-02-09-01 “Capacitación Interna”.
Comuníquese al área de presupuesto para lo de su competencia. Artículo 3º.- VIGENCIA: El presente
acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga
cualquier disposición anterior que le sea contraria. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en
Bogotá D.C. a los 09 días del mes de febrero del año 2017 JUAN MIGUEL DURÁN PRIETO Secretario
de Despacho
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