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Resolución 001 de 2017 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Fecha de Expedición:
08/03/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/03/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6040 del 17 de marzo de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 001 DE 2017

 

(Marzo 08)

 

Por la cual se fija el incremento salarial para la vigencia fiscal 2017, para los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD” – y se dictan otras disposiciones

 

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD –

 

En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 5º del artículo 5 del Acuerdo 4 de 1978, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por disposición de la Ley 489 de 1998, las entidades descentralizadas, tanto nacionales como distritales o municipales, se regulan por la Constitución, por las normas legales, por el acto de su creación y por los estatutos internos y, en virtud de la autonomía administrativa y presupuestal de la que gozan, corresponde a sus juntas directivas según lo previsto en sus estatutos, determinar la escala de remuneración correspondiente a sus empleados, sin que de modo alguno pueda sobrepasar los límites máximos de remuneración que señale el Gobierno Nacional, conforme a lo dispuesto por el artículo 12, parágrafo, de la Ley 4ª de 1992.

 

Que en este orden, es importante resaltar que el Consejo de Estado- Sala de Consulta y Servicio Civil, mediante providencia del 18 de julio de 2012, con radicación 1393, señaló: “(…) 1. y 2. Las juntas directivas de las entidades descentralizadas del orden distrital tienen la potestad de fijar los emolumentos de sus empleados públicos, respetando el límite máximo salarial establecido por el gobierno mediante decreto 2714 de 2001. Las prestaciones y los factores salariales que se tienen en cuenta para efectos de su reconocimiento son los establecidos por el gobierno nacional conforme con la ley.”

 

Que en concordancia con lo anterior, el numeral 5 del Artículo 5 del Acuerdo Distrital 4 de 1978, establece que son funciones de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, “Determinar la estructura interna del organismo, su planta de personal, el régimen de remuneración y asignaciones y las funciones de las diferentes dependencias”; con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado para la entidad.

 

Que para garantizar la estabilidad macroeconómica de las finanzas del Distrito Capital, el Decreto Distrital 627 de 2016, “Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá D.C., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo 657 de diciembre de 2016, expedido por el Concejo de Bogotá”, en su artículo 13º, establece que las Juntas o Consejos Directivos de las entidades descentralizadas distritales, definirán con base en la circular conjunta expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital –DASCD-, el incremento salarial de sus empleados públicos, previo concepto favorable del- DASCD-.

 

Que la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-1017 de 2003, estableció los parámetros a ser tenidos en cuenta para la fijación del incremento salarial de los servidores públicos.

 

Que en virtud de lo anterior, se profirió la Circular Conjunta 001 de 25 de enero de 2017 emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, en la que se imparten los lineamientos para el Incremento Salarial de los empleados públicos distritales para la vigencia 2017, fijando un porcentaje del 7.15% de incremento salarial para las entidades Descentralizadas del orden distrital, correspondiente al 5.75% cifra de inflación certificada por el DANE, para la vigencia 2016, más 1.4% adicional, en cumplimiento a los compromisos pactados entre la Administración Distrital y las Organizaciones Sindicales y, según lo establecido en el Acta del Acuerdo Laboral suscrita el 15 de junio de 2016.

 

Que de acuerdo con el parágrafo del artículo 12 de la Ley 4ª de 1992, al Gobierno Nacional le corresponde señalar el límite máximo salarial de los servidores públicos de las entidades territoriales, guardando equivalencias con cargos similares en el orden nacional.

 

Que en consecuencia, el Incremento Salarial para los empleados públicos distritales se debe efectuar dentro de los límites máximos fijados por el Gobierno Nacional en el Decreto No. 225 de 2016, de la siguiente manera:

 

NIVEL JERÁRQUICO

LIMITE SALARIAL MENSUAL

Directivo

$ 11.724.035

Asesor

$ 9.371.390

Profesional

$ 6.546.669

Técnico

$ 2.426.891

Asistencial

$ 2.402.810

 

Que en el presupuesto correspondiente al año 2017 para el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, - IDRD - se cuenta con la apropiación necesaria para atender el pago de las sumas derivadas de la aplicación de la presente Resolución, conforme a la certificación expedida por el Profesional Especializado Código 222 Grado 10 (E) responsable del Área Presupuesto.

 

Que mediante oficio 2017EE-8111 O1 de fecha 25 de febrero de 2017 y radicado en el - IDRD - bajo número 17522 del 27 de febrero de 2017, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico al proyecto de resolución “Por la cual se fija el incremento salarial para la vigencia fiscal 2017, para los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD” – y se dictan otras disposiciones.”, este Departamento, de acuerdo con la facultada que le confiere el parágrafo del artículo 6º del Acuerdo 199 de 2005 y de conformidad con los lineamientos impartidos por la Circular Conjunta 001 del 25 de enero de 2017, suscrita por el Secretario Distrital de Hacienda y este Despacho.

 

Que la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD, en sesión y Acta No. 1 del 8 de marzo de 2017, consideró y aprobó el incremento salarial para los empleados públicos de la entidad.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°.- ASIGNACIÓN BÁSICA. Fijar a partir del 1º de enero de 2017, el incremento del 7.15% en la asignación básica mensual de las diferentes categorías de empleos públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD - así:

 

NIVEL

DIRECTIVO

ASESOR

PROFESIONAL

TÉCNICO

ASISTENCIAL

1

5.243.279

4.104.330

3.114.400

NA

1.251.055

2

6.452.089

4.637.851

3.137.192

2.030.049

1.350.236

3

6.625.277

5.243.279

3.182.085

2.097.775

1.401.539

4

8.282.699

5.501.585

3.327.262

NA

NA

5

NA

NA

3.817.717

2.258.253

1.612.068

6

NA

NA

3.970.142

2.389.016

1.664.318

7

NA

NA

4.328.580

2.426.850

NA

8

NA

NA

4.615.293

NA

1.716.567

9

NA

NA

4.703.178

NA

1.895.699

10

NA

NA

4.754.903

2.426.981

2.030.049

11

NA

NA

5.505.252

NA

2.179.329

 

Parágrafo 1°. - Para las asignaciones básicas de los niveles que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel respectivo a los empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

 

Parágrafo 2º.- Las asignaciones básicas cuyo incremento debió ajustarse al límite máximo salarial previsto en el Decreto Nacional 225 de 2016, una vez el Gobierno Nacional fije los límites máximos salariales correspondientes a la vigencia 2017 para los empleados públicos del orden territorial, se reajustarán proporcionalmente con una diferencia de cien (100) pesos al porcentaje establecido en el Acuerdo Laboral, sin que de ninguna manera se superen los nuevos límites.

 

Artículo 2º.: Fijar a partir del 1º. de enero de 2017 el incremento del 7.15% en la asignación básica de la planta transitoria del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD – la cual quedará así:

 

PLANTA TRANSITORIA


DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL 2016

INCREMENTO
2017

ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL 2017

Auxiliar Administrativo

5120

22

1.884.947

7,15%

2.019.721

Técnico Administrativo

4065

12

1.865.548

7,15%

1.998.935

Operario Calificado

5300

13

1.411.073

7,15%

1.511.965

Auxiliar de Servicios Generales

5335

7

951,151

7,15%

1.019.159

Operario Calificado

5300

11

1.271.921

7,15%

1.362.864

Auxiliar Administrativo

5120

9

1.072.104

7,15%

1.148.760

Operario Calificado

5300

9

1.072.104

7,15%

1.148.760

 

Artículo 3º. SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN Y TRANSPORTE. A los Servidores Públicos del Instituto Distrital Recreación y Deportes-IDRD- a quienes aplica la presente Resolución, se les reconocerá y pagará el auxilio de transporte y el subsidio de alimentación en los términos que decrete el Gobierno Nacional para los Empleados Públicos de la Rama Ejecutiva del orden Nacional.

 

Artículo 4°. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de marzo del año 2017

 

MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO

 

PRESIDENTA

 

LUZ PATRICIA CAMELO URREGO

 

SECRETARIA