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Circular 006 de 2017 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD

Fecha de Expedición:
28/03/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6049 deL 31 de marzo de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 006 DE 2017

 

(Marzo 28)


Derogada por la Circular 013 de 2020.


PARA: CIUDADANÍA EN GENERAL.


DE: DIRECTORA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL.


ASUNTO: REGULACIÓN INTERNA TRÁMITE DE QUEJAS Y RECLAMOS.

 

La función administrativa está al servicio de los intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, tal como está establecido en nuestra Constitución Política.

 

Mediante la Ley 1755 de 2015 se regula el Derecho Fundamental de Petición, y ordena a las autoridades reglamentar la tramitación interna de las peticiones y la manera de atender las quejas que les corresponda resolver, para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo.

 

Igualmente, mediante el Decreto Nacional 1166 de 2016 se regula la presentación, tratamiento y radicación de las peticiones presentadas verbalmente, señalando requisitos mínimos, plazos establecidos para respuesta, falta de competencia, entre otros.

 

Por otro lado, la Presidencia de la República publicó el documento “Estrategias para la construcción del plan anticorrupción y de atención al ciudadano”, que en su versión 2 señala las directrices que deben tener en cuenta las entidades en lo relacionado con la transparencia pasiva y que están previstas en el Decreto Nacional 1081 de 2015.

 

La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, expidió la Resolución No. 2409 del 22 de diciembre de 2016, mediante la cual se adoptaron los procedimientos que regulan las actividades en los procesos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital incluidos en el Sistema de Gestión Integral como documentos de obligatorio cumplimiento en las dependencias para las respectivas actividades, los cuales harán parte integral del Manual del SGI.

 

Dentro de estos procedimientos se cuentan los relacionados con la atención de peticiones, quejas, reclamos y solicitudes, los cuales se encuentran publicados en el Sistema de Gestión Integral de la Unidad, así:

 

1. Procedimiento “Tramitar actuaciones administrativas”. Código 10-01-PR-02. Orientado a tramitar las actuaciones administrativas adelantadas por la UAECD, diferentes al derecho de petición, que se adelanten tanto a solicitud de parte como de oficio.

 

2. Procedimiento “Derecho de petición”. Código 10- 02-PR-03. Dirigido a dar respuesta a las peticiones recibidas en la Unidad y radicadas por particulares, entidades y demás peticionarios.

 

3. Procedimiento “De la voz del ciudadano”. Código 03-02-PR-09. Dispuesto para recibir, atender, tramitar, responder y hacer seguimiento a las quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones presentadas por los Usuarios, así como para realizar su respectivo análisis y toma de acciones de mejora en los casos que corresponda.

 

Mediante la presente circular se le informa a la ciudadanía en general y, a los usuarios del servicio Catastral de Bogotá en particular, que dichos procedimientos están a su disposición en la página web www.catastrobogota.gov.co en el link de Transparencia.

 

La presente circular se publicará en el Registro Distrital y deroga la Circular 06 de 2016.

 

Cordial saludo,

 

CLAUDIA PUENTES RIAÑO

 

Directora