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RESOLUCIÓN
126 DE 2017 (Marzo 22) Por medio de la cual se adopta
el Sistema de Evaluación de la Gestión para Empleados Provisionales El
Director de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico En
ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley
489 de 1998, la Ley 909 de 2004, el Decreto 101 de 2004, artículo 1°, numeral
1° y en la Resolución Nos. 88 de 2017, CONSIDERANDO: Que el desempeño laboral de los
servidores públicos tiene como propósito fundamental el cumplimiento de los
fines del Estado a partir de la entrega de productos y servicios en el marco de
los planes y la misión propia de cada Entidad. Que el parágrafo único del artículo 3°
de la Ley 489 de 1998 establece que en cumplimiento de los principios de la
función pública debe evaluarse el desempeño de las entidades y de manera concomitante
el cumplimiento de los deberes constitucionales, legales o reglamentarios de
los servidores públicos, lo cual implica que todos los servidores públicos
deben estar en condiciones de demostrar los resultados de su desempeño, ya que
la sumatoria de su gestión determinará el logro de los fines, metas y
resultados institucionales. Que la Ley 87 de 1993 conmina a las
Entidades para que en el marco del Sistema de Control
Interno, se implementen métodos de evaluación que contribuyan a fortalecer la
gestión institucional y con ello, la prestación del servicio. Que la Ley 489 de 1998, establece que en cumplimiento de los principios de la función pública,
se debe evaluar el desempeño de las entidades el cual es concomitante y
derivado de la gestión de los servidores públicos, quienes están llamados a
responder y demostrar los resultados de su propio desempeño y su aporte a la
gestión institucional y con ello al logro de los fines del Estado. Que la Ley 909 de 2004, señala en el
marco de los principios de la función pública que la responsabilidad de los
servidores públicos, sin distingo del tipo de vinculación, deberá concretarse a
través de instrumentos de evaluación, con miras al logro de la satisfacción de
los intereses generales y la efectiva prestación del servicio. Que la NTCGP 1000 establece en el
Numeral 6.2.2, que es necesario “determinar
la competencia necesaria de los servidores públicos y/o particulares que
ejercen funciones públicas o que realizan trabajos que afectan la conformidad
con los requisitos del producto y/o servicio” y “evaluar las acciones tomadas,
en términos de su efecto sobre la eficacia, eficiencia o efectividad del
Sistema de Gestión de la Calidad de la entidad” (Numeral 6.2.2., literales
a y c) Que el Departamento Administrativo de la
Función Pública en apartes del Concepto 20166000016871 de 2016 ha indicado, “…la evaluación de la gestión institucional
o del desempeño laboral debe hacerse independientemente del tipo de vinculación
que tenga el personal en su organización”. Que la Comisión Nacional del Servicio
Civil en Concepto 02-17189 radicado 02-2008-30200 ha señalado, “Ante esta situación es innegable que la
evaluación de la gestión institucional o del desempeño laboral no está sujeta
al tipo de vinculación que ostente el empleado, ya que la responsabilidad
social es inherente al servicio público y al marco normativo que regula su
ejercicio no prevé ningún tipo de excepción sobre el seguimiento o la
valoración de los resultados, el cumplimiento de sus deberes y su desempeño
laboral”. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO
PRIMERO: Adoptar
el Sistema de Evaluación de la Gestión para Empleados Provisionales cuya
estructura, desarrollo y procedimiento han sido definidos por el Departamento
Administrativo del Servicio Civil Distrital, junto con el Protocolo del mismo
nombre, el cual hace parte integral de ésta Resolución y determina su
implementación y ejecución. ARTÍCULO
SEGUNDO: La
adopción y aplicación de este Sistema de Gestión, no otorga derechos de carrera
ni de permanencia en el servicio, ni habilita el acceso a encargos ni incentivos.
ARTÍCULO
TERCERO: La
implementación de esta herramienta de gestión se iniciará en los términos
definidos en el Protocolo de Evaluación de la Gestión para Empleados
Provisionales. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada
en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de marzo del año 2017. FELIPE
ANDRÉS PLAZAS GÓMEZ Director de Gestión Corporativa |