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RESOLUCIÓN
1114 DE 2017 (Marzo 10) Por medio de la cual se incorporan
recursos del Sistema General de Regalías del bienio 2017 – 2018 en el Instituto
de Desarrollo Urbano LA
DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en
ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo
19 de 1972 del Concejo de Bogotá, el Acuerdo 002 de 2009 expedido por el
Consejo Directivo del IDU, el Artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto Nacional 1082
de 2015 y demás disposiciones concordantes vigentes, y. CONSIDERANDO: Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el
Acto Legislativo 5 “Por el cual se
constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361
de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de
Regalías y Compensaciones”, el cual fue reglamentado por la Ley 1530 de
2012 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema
General de Regalías”, estableciendo el Título V lo relativo al Régimen
Presupuestal del Sistema. Que el Decreto Nacional 1082 de 2015 dispone en
el artículo 2.2.4.1.2.2.13 que el jefe de la entidad pública designada como
ejecutora incorporará mediante acto administrativo, en un capítulo
independiente del presupuesto de la entidad, los respectivos recursos del
Sistema General de Regalías el monto de los recursos del Sistema General de
Regalías aprobados por el respectivo Órgano Colegiado de Administración y
Decisión – OCAD. Que la Secretaría Distrital de Planeación –SDP,
como delegada mediante Decreto 528 de 2015 para la presentación de Proyectos de
Bogotá Distrito Capital ante el Sistema General de Regalías -SGR, propuso ante
el OCAD como entidad ejecutora al Instituto de Desarrollo Urbano -IDU, así como
la encargada de la contratación de la interventoría, circunstancia aprobada por
el OCAD Región Centro Oriente tal como se evidencia en el Acuerdo No. 058 de
2016 y Acuerdo 059 de 2016. Que el OCAD Centro Oriente mediante el Acuerdo
No 58-2016, del 12 de diciembre del 2016, viabilizó, priorizó y aprobó 1
proyecto por valor de $25.594.021.357, con cargo a los recursos del Fondo de
Desarrollo Regional del Sistema General de Regalías con destino a la realización
de los Estudios de la Avenida Longitudinal de Occidente, Ramal Av.
Villavicencio hasta la Av. Cali y Ramal Av. Américas hasta la Av. Cali, Bogotá
D.C. y designó como entidad ejecutora al Instituto de Desarrollo Urbano IDU,
tanto del proyecto como de su interventoría. Que el OCAD Centro Oriente mediante Acuerdo No.
592016, del 30 de diciembre del 2016, viabilizó, priorizó y aprobó 9 proyectos
por valor de $101.530.598.645, con cargo a los recursos del Fondo de Desarrollo
Regional del Sistema General de Regalías con destino a la realización de los
Estudios y diseños y designó como entidad ejecutora al Instituto de Desarrollo
Urbano IDU tanto de los proyectos como de su interventoría. Que el Artículo 2.2.4.1.2.2.14 del Decreto
Nacional 1082 de 2015, establece: “Ordenación del Gasto de las apropiaciones. Corresponde al jefe del órgano respectivo o
a su delegado del nivel directivo de la entidad ejecutora designada por el
órgano colegiado de administración y decisión, ordenar el gasto sobre las
apropiaciones que se incorporan al presupuesto de la entidad en desarrollo de
los artículos anteriores, en consecuencia, serán responsables fiscal, penal y
disciplinariamente por el manejo de tales apropiaciones, en los términos de las
normas que regulan la materia”. Que el OCAD Centro Oriente mediante el Acuerdo
No. 58-2016, Titulo II, Artículo Primero, del 12 de diciembre del 2016,
Autorizó vigencias futuras para la asunción de compromisos en lo que se prevea
la provisión de bienes y servicios en la bianualidad
2017 – 2018, para el proyecto Estudios de la Avenida Longitudinal de Occidente,
Ramal Av. Villavicencio hasta la Av. Cali y Ramal Av. Américas hasta la Av.
Cali, Bogotá D.C. Que el OCAD Centro Oriente mediante el Acuerdo No 59-2016, Titulo III, Artículo Primero, del 30 de diciembre del 2016, Autorizó vigencias futuras para la asunción de compromisos en lo que se prevea la provisión de bienes y servicios en la bianualidad 2017 – 2018, para los siguientes proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías:
Que el Instituto de Desarrollo Urbano IDU
mediante Resolución 16 del 4 de enero del 2017, aceptó la designación como
ejecutor de los recursos del Sistema General de Regalías aprobados por el
Órgano Colegiado de Administración y Decisión de la Región Centro Norte “OCAD
Centro Oriente” mediante Acuerdo 58-2016 del 12 de diciembre del 2016 y Acuerdo
59-2016 del 30 de diciembre del 2016. En mérito de lo expuesto, la Directora del
Instituto de Desarrollo Urbano, RESUELVE: ARTÍCULO
PRIMERO: Incorporar en un Capitulo Independiente del Presupuesto de
Ingresos del IDU los recursos del Sistema General de Regalías para el bienio 2017
– 2018 por la suma de CIENTO VEINTISIETE MIL CIENTO VEINTICUATRO MILLONES
SEISCIENTOS VEINTE MIL DOS PESOS ($127.124.620.002), conforme al siguiente
detalle:
ARTÍCULO
SEGUNDO: Incorporar en un Capitulo Independiente del Presupuesto de
Gastos e Inversiones del IDU los recursos del Sistema General de Regalías para
el bienio 2017 – 2018 la suma de CIENTO VEINTISIETE MIL CIENTO VEINTICUATRO
MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL DOS PESOS ($127.124.620.002), conforme al
siguiente detalle:
ARTÍCULO
TERCERO. Recursos. Contra este acto administrativo no proceden
recursos, de conformidad con lo previsto en el Artículo 75 de la Ley 1437 de
2011. ARTÍCULO
CUARTO. - Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la
fecha de su publicación en el Registro Distrital. COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE Dada
en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil diecisiete
(2017) YANETH
ROCÍO MANTILLA BARÓN DIRECCIÓN GENERAL |