Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 231 de 2017 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

Fecha de Expedición:
20/04/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/04/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6067 del 28 de abril de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 231 DE 2017

 

(Abril 20)

 

Por la cual se modifica el literal G del numeral 2.4.3.1. del Manual de Contratación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

 

EL SECRETARIO DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en Constitución Política de 1991; la Ley 489 de 1998; la Ley 1437 de 2011; el Decreto 437 de 2016, el Decreto Distrital 45 de 2017 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Resolución No. 782 del 1 de agosto de 2016 se actualizó y adoptó el Manual de Contratación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que el Manual de Contratación, dispuso en el numeral 2.4.3.1. y en sus literales subsiguientes, la conformación al interior de la Secretaría, de una instancia asesora que conoce y emite recomendaciones y orientaciones sobre los lineamientos que rigen la actividad precontractual, contractual y postcontractual de la Entidad, de acuerdo con la normatividad vigente.

 

Que el Comité de Contratación, según lo dispuso el literal G del numeral 2.4.3.1. del Manual, se cita con mínimo tres (3) días de antelación a su celebración.

 

Que en cumplimiento a los principios de la función pública, establecidos en el artículo 209 de la Constitución Política, en especial, el de la celeridad, se hace necesario modificar el número de días con los cuales la Secretaría Técnica del Comité de Contratación podrá enviar las citaciones a las respectivas sesiones.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°.- Modificar el literal G. del numeral 2.4.3.1. del Manual de Contratación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, el cual quedará así:

 

“G. SESIONES: El Comité de Contratación se citará mínimo con un (1) día de antelación a su celebración; se reunirá de manera ordinaria una vez al mes, siempre y cuando se requiera del pronunciamiento de dicha instancia. La reunión se llevará a cabo en el lugar indicado en la citación respectiva, que incluirá el orden del día a tratar, conforme al (os) cronograma (s) aprobado (s) por el Comité, previa validación técnica, por parte de la dependencia solicitante que origina la necesidad de la contratación, así como de la Oficina Asesora de Planeación y en el componente legal, por parte de la Oficina Asesora Jurídica.

 

El Comité de Contratación se reunirá extraordinariamente, cuando lo exijan las necesidades imprevistas o urgentes de la Entidad, por convocatoria previa de la Secretaría Técnica del mismo.

 

En la sesión extraordinaria no se podrán tomar decisiones sobre temas no incluidos en el orden del día, pero por decisión de la mayoría de los miembros asistentes del Comité de Contratación, la misma podrá ocuparse de otros temas, una vez agotado el orden del día.

 

Si por alguna circunstancia fuere necesario suspender cualquiera de las sesiones, las mismas deberán continuarse, sin más citación que la efectuada dentro de la sesión.”

 

Artículo 2°.- El presente acto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo aquí dispuesto el Manual de Contratación adoptado a través de la Resolución No. 782 de 2016.

 

 

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dada en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de abril del año 2017

 

JUAN MIGUEL DURÁN PRIETO

 

Secretario de Despacho