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Decreto Local 004 de 2017 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
11/05/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/05/2017
Medio de Publicación:
Publicado en el Registro Distrital No. 6081 del 19 de mayo de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2017

 

(Mayo 11)

 

Por el cual se amplía la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local

 

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Inciso segundo del artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 prevé que las Juntas Administradoras Locales se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que el mismo someta a su consideración.

 

Que de conformidad con el literal c del numeral 2 del artículo 31 del Decreto 372 de 2010 “Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes.”

 

Que mediante radicado 20176710030772 del 11 de mayo de 2017 el presidente de la Honorable Junta Administradora Local solicita la ampliación del periodo de sesiones extraordinarias por siete (7) días adicionales, ya que no se ha terminado de surtir el tramite al interior de la corporación.

 

Que en mérito de lo expuesto anteriormente,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°: Ampliar la convocatoria a sesiones extraordinarias por el periodo comprendido entre el trece (13) al diecinueve (19) de mayo de dos mil diecisiete (2017) inclusive, con el fin de que la Junta Administradora Local adelante de manera cabal el estudio, evaluación y aprobación del Acuerdo Local “por el cual se efectúa una adición presupuestal para la vigencia fiscal de 2017”.

 

Artículo 2°: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 11 días del mes de mayo del año 2017

 

MANUEL AUGUSTO CALDERÓN RAMÍREZ

 

Alcalde Local de La Candelaria