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RESOLUCIÓN 329 DE 2017 (Mayo 09) Por la
cual se efectúa una modificación al anexo del decreto de liquidación en el
Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la
Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 2017 EL DIRECTOR DEL
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, En ejercicio de las
atribuciones conferidas en el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto número 1068 de
2015, y CONSIDERANDO: Que,
mediante Ley 1815 del 7 de diciembre de 2016, se decretó el presupuesto de
rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del
1° de enero al 31 de diciembre de 2017; Que,
mediante Decreto número 2170 del 27 de diciembre de 2016, se liquidó el
Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, se detallan
las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos; Que, de
conformidad con lo dispuesto en el Decreto Único Reglamentario del Sector
Hacienda y Crédito Público número 1068 del 26 de mayo de 2015 en su artículo
2.8.1.5.6, el cual establece: “Las
modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada
sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento,
servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por
el Congreso, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano
respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional,
estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos
Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir
aquellas. El Ministerio de Hacienda y Crédito
Público-Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las
operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se
realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información
Financiera S.I.I.F. Nación. Si se trata de gastos de inversión, se requerirá además, del concepto favorable del Departamento
Nacional de Planeación. La Dirección General de Crédito Público y
Tesoro Nacional, con base en las modificaciones de que tratan los incisos
anteriores, realizará los ajustes al Programa Anual Mensualizado
de Caja (P.A.C.) consultando la información registrada en el Sistema Integrado
de Información Financiera S.I.I.F. Nación. Los Jefes de los órganos responderán por la
legalidad de los actos en mención. Parágrafo. La Dirección General del Presupuesto
Público Nacional podrá solicitar ajustes al PAC cuando lo considere pertinente.
También podrá solicitar dichos ajustes la Dirección de Inversiones y Finanzas
Públicas del Departamento Nacional de Planeación, cuando se trate de gastos de
Inversión”; Que el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 1126 del 27
de abril de 2017, le distribuyó al Departamento Administrativo de la
Presidencia la suma de $51.970.000.000 en la cuenta de Transferencias
Corrientes rubro 36319 Otras Transferencias - Distribución Previo Concepto
DGPPN; Que en la Sección 020101 existen recursos disponibles en la Cuenta 3
Transferencias Corrientes, Subcuenta 6 Otras Transferencias, Objeto del Gasto 3
Destinatarios de las Otras Transferencias Corrientes, Ordinal 19 Otras
Transferencias - Distribución Previo Concepto DGPPN, Que en la
Sección 020101 existen recursos disponibles en la Cuenta 3 Transferencias
Corrientes, Subcuenta 6 Otras Transferencias, Objeto del Gasto 3 Destinatarios
de las Otras Transferencias Corrientes, Ordinal 19 Otras Transferencias -
Distribución Previo Concepto DGPPN, Recurso 10 - Recursos Corrientes por valor
de $51.970.000.000; Que la
Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Departamento Administrativo de la
Presidencia de la República, expidió el Certificado de Disponibilidad
Presupuestal número 517 del 28 de abril de 2017, Tipo Modificación Presupuestal, RESUELVE: Artículo 1°. Efectuar una modificación al anexo del
decreto de liquidación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del
Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, teniendo en
cuenta los siguientes contracréditos y créditos para
la vigencia fiscal de 2017, así: CONTRACRÉDITOS SECCIÓN 020101 PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA- GESTIÓN GENERAL
CRÉDITOS SECCIÓN 020101 PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA - GESTIÓN GENERAL
Artículo
2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y
requiere para su ejecución de la aprobación por parte del Ministerio de
Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C.,
a los 09 días del mes de mayo del año 2017 El Director del
Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, ALFONSO PRADA GIL. |
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