| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO
LOCAL 003 DE 2017 (Mayo 18) Por el cual se convoca a sesiones
extraordinarias a la Junta Administradora Local de Tunjuelito EL
ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO En
ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las
conferidas por el artículo 71 y 75 del Decreto Ley 1421 de 1993, y CONSIDERANDO: 1. Que el inciso segundo del Artículo 71 del
Decreto Ley 1421 de 1993 (Estatuto Orgánico de Bogotá D.C.), prevé que los
ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el
respectivo Alcalde Local por el término que éste señale y únicamente se
ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración. 2. Que
el Decreto 372 de 2010 en su artículo 37º determina: “Excedentes Financieros”:
Se define el excedente financiero de cada F.D.L. como el saldo sin comprometer
del presupuesto de gastos después de realizar el ajuste presupuestal por
cierre. Los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local son de
propiedad del Distrito. El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal
CONFIS, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes
financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del
Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos. En mérito de lo anterior, DECRETA: Artículo 1º: Convóquese a la Junta Administradora Local de Tunjuelito, a sesiones
extraordinarias por el periodo comprendido entre el día diecinueve (19) y hasta
el día veintitrés (23) de mayo de dos mil diecisiete (2017) inclusive. Artículo 2º: En
las sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Tunjuelito se
ocupará única y exclusivamente del Análisis, debate y aprobación de la adición
de los excedentes financieros al presupuesto local para la vigencia fiscal
2017, de acuerdo con lo contemplado por el CONFIS en sesión Nº 03 celebrada el
día 30 y 31 de marzo de 2017, y conforme a lo establecido en los artículos 37º
y 38º del Decreto Distrital 372 de 2010. Artículo 3º: El
presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en
Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de mayo del año 2017 YEISONN
ALEXÁNDER CHIPATECUA QUEVEDO Alcalde Local de Tunjuelito |