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RESOLUCIÓN 631 DE
2017 (Abril 05) Por la cual se adopta el Plan Institucional de
Capacitación de la Secretaria de Educación del Distrito para la vigencia 2017 LA SECRETARIA DE
EDUCACIÓN DEL DISTRITO En uso de sus
atribuciones legales y en especial las que le confiere el el
numeral 10 del artículo 1° del Decreto Distrital 101 de 2004, el Decreto 330 de
2008 y el Decreto 001 de 2016 y, CONSIDERANDO Que
el literal d) del numeral 3° del artículo 2 de la Ley 909 de 20041,
señala como uno de los principios de la función pública "la capacitación
para elevar los niveles de eficacia". Que el literal e) del numeral 2° del
artículo 15 ibídem, dispone como una de las funciones de las unidades de
personal, diseñar y administrar los programas de formación y capacitación, de
acuerdo con lo previsto en la ley y en el Plan Nacional de Formación y
Capacitación. Que
seguidamente el parágrafo del artículo 36 consagra: "Con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y
desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al
cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán
implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas
vigentes y las que desarrollen la presente Ley". Que
el literal c) del artículo 3° del Decreto 1567 de 19982, preceptúa
que las entidades deberán formular los Planes Institucionales de Capacitación,
con una periodicidad mínima de un año. Que
el artículo 4 de la norma en cita, indica que se entiende por capacitación:
"...el conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación no
formal como a la informal de acuerdo con lo establecido por la ley general de
educación, dirigidos a prolongar y a complementar la educación inicial mediante
la generación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y el cambio de
actitudes, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva para
contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de
servicios a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo y al desarrollo
personal integral. Esta definición comprende los procesos de formación,
entendidos como aquellos que tienen por objeto específico desarrollar y
fortalecer una ética del servicio público basada en los principios que rigen la
función administrativa". Que
el artículo 2.2.9.1. del Decreto 1083 de 20153,
establece: "Los planes de capacitación de las entidades públicas deben
responder a estudios técnicos que identifiquen necesidades y requerimientos de
las áreas de trabajo y de los empleados, para desarrollar los planes anuales
institucionales y las competencias laborales". Que
de conformidad con el artículo 2.2.9.2, los programas de capacitación deben
orientarse al desarrollo de las competencias laborales necesarias para el
desempeño de los empleados públicos en niveles de excelencia. Que
el artículo 2.2.9.4, dispone que en aplicación del literal e) del numeral 3°
del Decreto-ley 1567 de 1998, la Red Interinstitucional de Capacitación para
Empleados Públicos, creada con el objeto de apoyar los planes de capacitación
institucional, estará integrada por las entidades públicas a las cuales se
aplica la Ley 909 de 2004, y será coordinada y administrada por la Escuela
Superior de Administración Pública, de acuerdo con el reglamento que se expida
para su funcionamiento. Que
según lo establecido en el4, el concepto de competencias para las
entidades públicas es: "la capacidad de una persona para desempeñar, en
diferentes contextos y con base en los requerimientos de calidad y resultados
esperados en el sector público, las funciones inherentes a un empleo; capacidad
que está determinada por los conocimientos, destrezas, habilidades, valores,
actitudes y aptitudes que debe poseer y demostrar el empleado". Que
el artículo 1 de la Ley 1064 de 20065, modificó la denominación de
educación no formal contenida en la ley general de educación y en el Decreto
Reglamentario 114 de 1996, por Educación para el Trabajo y el Desarrollo
Humano. Que
en la "Guía para la formulación del Plan Institucional de
Capacitación-PIC", elaborada por el Departamento Administrativo de la
Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública ESAP en 2008,
se plantea el fortalecimiento de las competencias en sus dimensiones del Ser,
Saber y Hacer, abordadas en los procesos de capacitación. Que
en el año 2015 se aplicó la Encuesta de Clima Organizacional en la Secretaría
de Educación del Distrito, de la que se calculó el índice de Clima Corporativo
Institucional y como resultado de la misma, se evidenciaron necesidades de
capacitación para la entidad. Que
en este orden de ideas, la Dirección de Talento Humano, solicitó a los
directivos de las diferentes dependencias de la Secretaría de Educación, el
diligenciamiento del formato en Excel para consignar las necesidades de capacitación, el cual fue consolidado por esa Dirección con
miras a la conformación del Plan de Acción de Capacitación para la presente
vigencia. Que
mediante informe de resultados emitido por parte de la Oficina de Personal
frente al análisis de las necesidades detectadas en la evaluación de desempeño
por medio de los planes de mejoramiento individuales, se identificaron las
competencias laborales a fortalecer para los servidores de la Secretaría de
Educación, las cuales hacen parte integral de la estructuración del Plan
Institucional de Capacitación. Que
los miembros de la Comisión de Personal participaron de la construcción del
Plan Institucional de Capacitación y del correspondiente Plan de Acción 2017,
identificando las necesidades reportadas por los servidores públicos, de lo que
en adelante dicho órgano realizará el seguimiento pertinente, atendiendo a lo
dispuesto en el literal c) del artículo 3° del Decreto 1567 de 1998.6
Que
a partir de las acciones de mejoramiento emitidas por parte de la Oficina
Asesora de Planeación, como resultado de la evaluación a la gestión por
dependencias 2016, realizada a través del Plan Operativo Anual — POA,
igualmente fueron identificadas las necesidades de capacitación que requieren
los servidores públicos de la SED. Que
de acuerdo con los resultados de las auditorías realizadas por parte de la
Oficina de Control Interno durante la vigencia 2016, se identificaron algunas
de las necesidades de capacitación para los servidores públicos de la entidad.
Que mediante Resolución N° 770 del 30 de abril de 2014, la Secretaría de
Educación del Distrito, adoptó la Política Integral de Bienestar, Capacitación,
Seguridad y Salud en el trabajo, para las servidoras y servidores públicos de
la Secretaría de Educación del Distrito. Que
en concordancia con la Resolución N° 770 de 2014, se hace necesario que la
Secretaría de Educación, adopte e implemente el Plan Institucional de
Capacitación, así como su respectivo Plan de Acción para sus servidores
públicos, dando cumplimiento a lo dispuesto en las normas que lo fundamentan,
los cuales se incorporan como parte integral del presente acto administrativo. Que
una vez adoptado el Plan Institucional de Capacitación y su correspondiente
Plan de Acción, se publicarán en Isolución, en el
menú de Procesos. En consecuencia, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el Plan
Institucional de Capacitación de la Secretaría de Educación del Distrito,
conforme a lo expuesto en la parte considerativa del presente acto
administrativo, el cual se ejecutará a través de su correspondiente Plan de
Acción 2017, que hace parte integral de esta resolución y podrá estar sujeto a
cambios normativos o ne los procesos propios de la
entidad. ARTICULO SEGUNDO. Serán beneficiarios
del Plan Institucional de Capacitación, los servidores públicos de la Secretaría
de Educación del Distrito. ARTÍCULO TERCERO. Comunicar el Plan
institucional de Capacitación, adoptado mediante el presente acto
administrativo a todas las dependencias de los niveles central, local e
institucional de la Secretaría de Educación del Distrito. ARTÍCULO CUARTO. La presente
resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones
que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase Dada en Bogotá D.C.,
a los 5 días del mes de abril de 2017 MARIA VICTORIA ANGULO
GONZÁLEZ Secretaria de
Educación del Distrito NOTAS AL PIÉ DE
PÁGINA 1 Por la cual se expiden normas que regulan el empleo
público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras
disposiciones 2Por el cual se crean (sic) el sistema nacional de
capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado. Por medio
del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función
Pública. 4 Por el cual se establecen las competencias laborales
generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las
entidades a las cuales se aplican los Decretos-ley 770 y 785 de 2005. 5 Por la cual se dictan normas para el apoyo y
fortalecimiento de la educación para el trabajo y el desarrollo humano
establecida como educación no formal en la Ley General de Educación. 6'Artículo 3, Literal c) del Decreto 1567 de 1998: Planes
Institucionales. Con el propósito de organizar la capacitación internamente,
cada entidad formulará con una periodicidad mínima de un año su plan
institucional de capacitación. Este
deberá tener concordancia con los parámetros impartidos por el Gobierno
Nacional a través del Plan Nacional de Formación y Capacitación, con los
principios establecidos en el presente Decreto - Ley y con la planeación
institucional. Para ello las entidades podrán solicitar asesoría de la Escuela
Superior de Administración Pública y el Departamento Administrativo de la
Función Pública, entidad ésta que podrá revisar los planes, hacerles las
observaciones que considere pertinentes y ordenar los ajustes que juzgue
necesarios, los cuales serán de forzosa aplicación. La Comisión de Personal
participará en la elaboración del plan y vigilará su ejecución. |