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Resolución 2305 de 2017 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Fecha de Expedición:
15/05/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2305 DE 2017

 

(Mayo 15)


Derogada por el art. 17, Resolución 1303 de 2019.

 

Por la cual se adoptan las Directrices y objetivos de los Subsistemas de gestión del IDU

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU,

 

 en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo  29 del Acuerdo 001 y por el artículo  3 del Acuerdo 002 de febrero  3 de 2009 expedidos por el Consejo Directivo, y

 

CONSIDERANDO

 

Que según lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.

 

Que el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia establece que las entidades públicas, están obligadas a diseñar y aplicar según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley.

 

Que de conformidad con lo señalado en los artículos 1 y 4 de la Ley 87 de 1993, “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”, todas las entidades bajo la responsabilidad de sus directivos deben implementar herramientas que permitan la aplicación del control interno, dentro de los cuales se encuentra la definición  de  políticas  como guías de acción y procedimientos para la ejecución de los procesos.

 

Que el Decreto Distrital 652 de 2011 adopta la Norma NTD SIG 001, como referente para el Sistema Integrado de Gestión de las Entidades Distritales, y en el numeral 1.1. Generalidades, define los subsistemas del SIG: 


1.Subsistema de Gestión de la Calidad (SGC), 


2.Subsistema de Control Interno (SCI), 


3.Subsistema de Gestión Ambiental (SGA), 


4.Subsistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), 


5.Sub- sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), 


6.Subsistema Interno de Gestión Documental y Archivo (SIGA), y 


7.Subsistema de Responsabilidad Social (SRS).

 

Que las Directrices son  fundamentales para  definir el enfoque de los Subsistemas de Gestión y evidenciar el compromiso de la Dirección General en la implementación, mantenimiento y mejora.

 

Que el Comité Directivo del Sistema Integrado de Gestión, realizado el 6 de Abril de 2016 aprobó modificación de la directriz y objetivos  de los Subsistemas de Gestión Ambiental, Gestión Documental y Archivo, Control Interno, Seguridad de la Información, Gestión de Calidad y Responsabilidad Social, razón por la cual se adopta la presente resolución.

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar como directriz del Subsistema de Gestión Ambiental (SGA), el siguiente texto:

 

El Instituto de Desarrollo Urbano gestionará proyectos urbanos integrales que potencialicen ambientalmente el territorio, en el marco de la adaptación y mitigación al cambio climático, ad- ministrando los impactos generados en el ciclo de los proyectos y en su funcionamiento institucional, dando cumplimiento a la normatividad vigente y garantizando el mejoramiento continuo.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Adoptar los objetivos del Subsistema de Gestión Ambiental (SGA):

 

•Incorporar lineamientos y medidas para disminuir la vulnerabilidad ambiental del territorio en los proyectos de infraestructura para la movilidad, mediante la aplicación de buenas prácticas, nuevas tecnologías y metodologías sostenibles.

 

•Asegurar que  en los proyectos que  desarrolla la entidad, se identifique  los impactos ambientales generados para prevenirlos, mitigarlos y corregir- los, mediante el cumplimiento de la normatividad vigente.

 

•Promover la cultura  de la ecoeficiencia administrativa  al interior de  la entidad, Identificando los impactos ambientales en los procesos con el fin de prevenirlos, mitigarlos, corregirlos y compensarlos.

 

ARTÍCULO TERCERO: Adoptar como directriz del Subsistema de Gestión Documental y Archivo, el siguiente texto:

 

Implementar los lineamientos para la normalización de la producción y administración de la gestión documental del IDU, incorporando procesos de modernización tecnológica y de seguridad de la información, desde su origen hasta su destino final, con  el propósito de  conservar la memoria institucional documental, garantizando el acceso a la información durante el desarrollo de la infraestructura para la movilidad de la ciudad.

 

ARTÍCULO CUARTO: Adoptar los objetivos del Subsistema de Gestión Documental y Archivo (SIGA):

 

•Dar continuidad a la implementación del Subsistema de Gestión Documental y Archivos dentro del marco legal vigente.

 

•Conservar la memoria documental, institucional, histórica y el conocimiento técnico de la Entidad incorporando procesos de modernización tecnológica y de seguridad de la información; y aplicando los procedimientos para la creación, organización, consulta y disposición final de los documentos de la Entidad.

 

•Generar conciencia respecto de la Gestión Documental como soporte de las actuaciones misiona- les y administrativas del IDU.

 

ARTÍCULO QUINTO: Adoptar como directriz del Sub- sistema de Gestión de Control Interno, el siguiente texto:

 

El Instituto de Desarrollo Urbano fortalecerá su Sistema de Control Interno, con el fin de asegurar el cumplimiento de su propósito central, visión, iniciativas estratégicas, indicadores de visión y valores organizacionales, generando estrategias de sostenibilidad, que brinden impactos positivos y de respeto al ciudadano y al medio ambiente, en el marco de las normas constitucionales y legales, el Plan de Desarrollo Distrital, el Modelo Estándar de  Control  Interno MECI 2014  o  las normas vigentes, sus principios de autocontrol, autogestión y autorregulación y la integración con otros sistemas de gestión de la administración pública,  para  contribuir  con  el logro de  los fines esenciales del Estado.

 

ARTÍCULO SEXTO: Adoptar los objetivos del Subsistema de Gestión de Control Interno (SGCI):

 

•Sostener el cumplimiento de  los  requisitos del Modelo  Estándar de  Control  Interno  2014  en  el IDU.

 

•Fortalecer la cultura  del control con el fin de mejorar la gestión institucional.

 

•Socializar la Filosofía Organizacional en los Servidores y Contratistas del IDU.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: Adoptar como directriz del Subsistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), el siguiente texto:

 

El Instituto de Desarrollo Urbano se compromete a generar las condiciones de seguridad necesarias  en  términos de  confidencialidad, integridad

 

y disponibilidad adecuadas a la información institucional, en todos sus medios de conservación y divulgación, con los recursos asignados para administrar de forma efectiva los riesgos asocia- dos a sus activos de información, aumentar la credibilidad y confianza de las partes interesadas, implementar estrategias para el mejoramiento continuo y cumplir con la normatividad vigente.

 

ARTÍCULO OCTAVO: Adoptar los objetivos del Sub- sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI):

 

•Administrar  los riesgos de seguridad de la información para mantenerlos o reducirlos hasta un nivel Moderado o Inferior, según la metodología de riesgos vigente.

 

•Fortalecer la cultura  de seguridad de la información en los funcionarios del Instituto.

 

•Evaluar  el Subsistema de Gestión de Seguridad de la Información frente al cumplimiento contra la norma de referencia (NTC/ISO 27001:2013)

 

ARTÍCULO NOVENO: Adoptar como directriz del Subsistema de Gestión de Calidad (SGC), el siguiente texto:

 

En el IDU estamos comprometidos a garantizar la calidad en la construcción y conservación de obras de infraestructura de los sistemas de movilidad y espacio público, en el marco del Plan de Desarrollo Distrital, para   satisfacer las necesidades de la ciudadanía y demás grupos de interés, y contribuir con la realización de los fines esenciales del Estado, a través de:

 

•La eficiencia,  eficacia  y efectividad de los procesos.

 

•El compromiso y desarrollo del  Talento Humano.

 

•La  innovación en  procesos, métodos y materiales.

 

•La mejora  continua de los procesos.

 

ARTÍCULO DÉCIMO: Adoptar los objetivos del Sub- sistema de Gestión de Calidad (SGC):

 

•Contribuir en el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la ciudad, respondiendo a las necesidades de la ciudad, mediante la estructuración y desarrollo de proyectos integrales de infraestructura para la movilidad y espacio público.

 

•Mejorar la gestión de los proyectos, incorporando la gerencia integral en todas las fases del ciclo de vida de los proyectos ejecutados por el IDU.

 

•Formular y concretar proyectos de infraestructura pública mediante el esquema de Asociaciones Público Privadas.

 

•Lograr la apropiación, por parte de los ciudadanos, de la infraestructura para la movilidad, implementando estrategias de gestión social.

 

•Implementar nuevas  prácticas en  los  procesos internos del IDU y en los proyectos de infraestructura que ejecute.

 

•Alinear  la  estructura, los  procesos, el  talento humano y la cultura del IDU hacia el logro de las metas planteadas para los próximos 12 años.

 

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Adoptar como directriz del Subsistema de Gestión de Responsabilidad Social (SGRS), el siguiente texto:

 

El Instituto de Desarrollo Urbano promueve la Responsabilidad Social en el cumplimiento de su propósito central (misión) bajo los principios asociados a derechos humanos, estándares laborales, medio ambiente y anticorrupción, impulsando los Objetivos de Desarrollo Sostenible promulgados por la ONU.

 

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Adoptar los objetivos del Subsistema de Gestión de Responsabilidad Social (SGRS):

 

•Promover el ejercicio de buenas prácticas asocia- dos a derechos humanos, estándares laborales, medio ambiente y anticorrupción en cada uno de los subsistemas, procesos y herramientas de gestión de la Entidad, con el fin de generar valor agregado y hacer visible la transformación de la imagen de la Institución.

 

•Comunicar logros,  impactos y avances de forma clara y estratégica a los principales grupos de interés en el cumplimiento de los principios de Pacto Global.

 

•Fomentar estrategias  de  valor  compartido con servidores públicos, contratistas, otras entidades y la ciudadanía en general para mejorar la calidad de vida de los habitantes del Distrito Capital, más allá del cumplimiento de la misión institucional.

 

•Aumentar el compromiso de los servidores públicos para que su gestión se realice a través de la aplicación de principios y valores éticos que conduzcan a la generación de confianza y seguridad por parte de la ciudadanía en general y demás entidades del orden distrital y nacional.

 

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución 1619 de junio 17 de 2013.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de mayo de 2017.

 

YANETH ROCÍO MANTILLA BARÓN


Directora General