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RESOLUCIÓN 2305 DE 2017 (Mayo 15) Derogada por el art. 17, Resolución 1303 de 2019. Por la cual se adoptan las Directrices y objetivos de los Subsistemas de gestión del IDU LA DIRECTORA GENERAL
DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en
especial las conferidas por el artículo
29 del Acuerdo 001 y por el artículo
3 del Acuerdo 002 de febrero 3 de
2009 expedidos por el Consejo Directivo, y CONSIDERANDO Que
según lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la
función administrativa está al servicio de los intereses generales y se
desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia,
economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización,
la desconcentración y la delegación de funciones. Que
el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia establece que las
entidades públicas, están obligadas a diseñar y aplicar según la naturaleza de
sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con
lo que disponga la ley. Que
de conformidad con lo señalado en los artículos 1 y 4 de la Ley 87 de 1993, “Por la cual se establecen normas para el
ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se
dictan otras disposiciones”, todas las entidades bajo la responsabilidad de
sus directivos deben implementar herramientas que permitan la aplicación del
control interno, dentro de los cuales se encuentra la definición de
políticas como guías de acción y
procedimientos para la ejecución de los procesos. Que el Decreto Distrital 652 de 2011 adopta la Norma NTD SIG 001, como referente para el Sistema Integrado de Gestión de las Entidades Distritales, y en el numeral 1.1. Generalidades, define los subsistemas del SIG: 1.Subsistema de Gestión de la Calidad (SGC), 2.Subsistema de Control Interno (SCI), 3.Subsistema de Gestión Ambiental (SGA), 4.Subsistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), 5.Sub- sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), 6.Subsistema Interno de Gestión Documental y Archivo (SIGA), y 7.Subsistema de Responsabilidad Social (SRS). Que
las Directrices son fundamentales
para definir el enfoque de los
Subsistemas de Gestión y evidenciar el compromiso de la Dirección General en la
implementación, mantenimiento y mejora. Que
el Comité Directivo del Sistema Integrado de Gestión, realizado el 6 de Abril
de 2016 aprobó modificación de la directriz y objetivos de los Subsistemas de Gestión Ambiental,
Gestión Documental y Archivo, Control Interno, Seguridad de la Información,
Gestión de Calidad y Responsabilidad Social, razón por la cual se adopta la
presente resolución. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar como
directriz del Subsistema de Gestión Ambiental (SGA), el siguiente texto: El
Instituto de Desarrollo Urbano gestionará proyectos urbanos integrales que
potencialicen ambientalmente el territorio, en el marco de la adaptación y
mitigación al cambio climático, ad- ministrando los impactos generados en el
ciclo de los proyectos y en su funcionamiento institucional, dando cumplimiento
a la normatividad vigente y garantizando el mejoramiento continuo. ARTÍCULO SEGUNDO: Adoptar los
objetivos del Subsistema de Gestión Ambiental (SGA): •Incorporar lineamientos y medidas para
disminuir la vulnerabilidad ambiental del territorio en los proyectos de
infraestructura para la movilidad, mediante la aplicación de buenas prácticas,
nuevas tecnologías y metodologías sostenibles. •Asegurar que en los proyectos que desarrolla la entidad, se identifique los impactos ambientales generados para
prevenirlos, mitigarlos y corregir- los, mediante el cumplimiento de la
normatividad vigente. •Promover la cultura de la ecoeficiencia administrativa al interior de la entidad, Identificando los impactos
ambientales en los procesos con el fin de prevenirlos, mitigarlos, corregirlos
y compensarlos. ARTÍCULO TERCERO: Adoptar como
directriz del Subsistema de Gestión Documental y Archivo, el siguiente texto: Implementar
los lineamientos para la normalización de la producción y administración de la
gestión documental del IDU, incorporando procesos de modernización tecnológica
y de seguridad de la información, desde su origen hasta su destino final,
con el propósito de conservar la memoria institucional documental,
garantizando el acceso a la información durante el desarrollo de la
infraestructura para la movilidad de la ciudad. ARTÍCULO CUARTO: Adoptar los
objetivos del Subsistema de Gestión Documental y Archivo (SIGA): •Dar continuidad a la implementación
del Subsistema de Gestión Documental y Archivos dentro del marco legal vigente. •Conservar la memoria documental,
institucional, histórica y el conocimiento técnico de la Entidad incorporando
procesos de modernización tecnológica y de seguridad de la información; y
aplicando los procedimientos para la creación, organización, consulta y
disposición final de los documentos de la Entidad. •Generar conciencia respecto de la
Gestión Documental como soporte de las actuaciones misiona- les y
administrativas del IDU. ARTÍCULO QUINTO: Adoptar como
directriz del Sub- sistema de Gestión de Control Interno, el siguiente texto: El
Instituto de Desarrollo Urbano fortalecerá su Sistema de Control Interno, con
el fin de asegurar el cumplimiento de su propósito central, visión, iniciativas
estratégicas, indicadores de visión y valores organizacionales, generando
estrategias de sostenibilidad, que brinden impactos positivos y de respeto al
ciudadano y al medio ambiente, en el marco de las normas constitucionales y legales,
el Plan de Desarrollo Distrital, el Modelo Estándar de Control
Interno MECI 2014 o las normas vigentes, sus principios de
autocontrol, autogestión y autorregulación y la integración con otros sistemas
de gestión de la administración pública,
para contribuir con el
logro de los fines esenciales del
Estado. ARTÍCULO SEXTO: Adoptar los
objetivos del Subsistema de Gestión de Control Interno (SGCI): •Sostener el cumplimiento de los
requisitos del Modelo Estándar
de Control Interno
2014 en el IDU. •Fortalecer la cultura del control con el fin de mejorar la gestión
institucional. •Socializar la Filosofía Organizacional
en los Servidores y Contratistas del IDU. ARTÍCULO SÉPTIMO: Adoptar como
directriz del Subsistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), el
siguiente texto: El
Instituto de Desarrollo Urbano se compromete a generar las condiciones de
seguridad necesarias en términos de
confidencialidad, integridad y disponibilidad adecuadas a la información
institucional, en todos sus medios de conservación y divulgación, con los
recursos asignados para administrar de forma efectiva los riesgos asocia- dos a
sus activos de información, aumentar la credibilidad y confianza de las partes
interesadas, implementar estrategias para el mejoramiento continuo y cumplir
con la normatividad vigente. ARTÍCULO OCTAVO: Adoptar los
objetivos del Sub- sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI): •Administrar los riesgos de seguridad de la información
para mantenerlos o reducirlos hasta un nivel Moderado o Inferior, según la
metodología de riesgos vigente. •Fortalecer la cultura de seguridad de la información en los
funcionarios del Instituto. •Evaluar el Subsistema de Gestión de Seguridad de la
Información frente al cumplimiento contra la norma de referencia (NTC/ISO
27001:2013) ARTÍCULO NOVENO: Adoptar como
directriz del Subsistema de Gestión de Calidad (SGC), el siguiente texto: En
el IDU estamos comprometidos a garantizar la calidad en la construcción y
conservación de obras de infraestructura de los sistemas de movilidad y espacio
público, en el marco del Plan de Desarrollo Distrital, para satisfacer las necesidades de la ciudadanía
y demás grupos de interés, y contribuir con la realización de los fines esenciales
del Estado, a través de: •La eficiencia, eficacia
y efectividad de los procesos. •El compromiso y desarrollo del Talento Humano. •La
innovación en procesos, métodos y
materiales. •La mejora continua de los procesos. ARTÍCULO DÉCIMO: Adoptar los
objetivos del Sub- sistema de Gestión de Calidad (SGC): •Contribuir en el mejoramiento de la
calidad de vida de los habitantes de la ciudad, respondiendo a las necesidades
de la ciudad, mediante la estructuración y desarrollo de proyectos integrales
de infraestructura para la movilidad y espacio público. •Mejorar la gestión de los proyectos,
incorporando la gerencia integral en todas las fases del ciclo de vida de los
proyectos ejecutados por el IDU. •Formular y concretar proyectos de
infraestructura pública mediante el esquema de Asociaciones Público Privadas. •Lograr la apropiación, por parte de
los ciudadanos, de la infraestructura para la movilidad, implementando
estrategias de gestión social. •Implementar nuevas prácticas en
los procesos internos del IDU y
en los proyectos de infraestructura que ejecute. •Alinear la
estructura, los procesos, el talento humano y la cultura del IDU hacia el
logro de las metas planteadas para los próximos 12 años. ARTÍCULO DÉCIMO
PRIMERO:
Adoptar como directriz del Subsistema de Gestión de Responsabilidad Social
(SGRS), el siguiente texto: El
Instituto de Desarrollo Urbano promueve la Responsabilidad Social en el
cumplimiento de su propósito central (misión) bajo los principios asociados a
derechos humanos, estándares laborales, medio ambiente y anticorrupción,
impulsando los Objetivos de Desarrollo Sostenible promulgados por la ONU. ARTÍCULO DÉCIMO
SEGUNDO:
Adoptar los objetivos del Subsistema de Gestión de Responsabilidad Social
(SGRS): •Promover el ejercicio de buenas
prácticas asocia- dos a derechos humanos, estándares laborales, medio ambiente
y anticorrupción en cada uno de los subsistemas, procesos y herramientas de
gestión de la Entidad, con el fin de generar valor agregado y hacer visible la
transformación de la imagen de la Institución. •Comunicar logros, impactos y avances de forma clara y
estratégica a los principales grupos de interés en el cumplimiento de los
principios de Pacto Global. •Fomentar estrategias de
valor compartido con servidores
públicos, contratistas, otras entidades y la ciudadanía en general para mejorar
la calidad de vida de los habitantes del Distrito Capital, más allá del cumplimiento
de la misión institucional. •Aumentar el compromiso de los
servidores públicos para que su gestión se realice a través de la aplicación de
principios y valores éticos que conduzcan a la generación de confianza y
seguridad por parte de la ciudadanía en general y demás entidades del orden
distrital y nacional. ARTÍCULO DÉCIMO
TERCERO:
La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución
1619 de junio 17 de 2013. PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C.,
a los 15 días del mes de mayo de 2017. YANETH ROCÍO MANTILLA
BARÓN Directora General |