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RESOLUCIÓN 234 DE
2017 (Julio 26) Por la cual se incorporan los recursos destinados al
funcionamiento del Sistema General de Regalías asignados al Ministerio de
Agricultura y Desarrollo Rural de la Vigencia fiscal 2017-2018 para el año 2017 EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En uso de sus facultades legales, especialmente
las conferidas según el artículo 44 del Decreto 1949 de 2012, y CONSIDERANDO: Que
la Ley 1530 del 2012, por la cual se
regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías,
estableció en el inciso segundo del artículo 78 que cada uno de los órganos que
integran el Sistema General de Regalías, dispondrá de una sección presupuestal
a través de la cual se incorporarán las apropiaciones para el ejercicio de las
funciones que se ejerzan en el marco del Sistema, acorde con la asignación
adelantada por la Constitución y la citada ley. Que
el artículo 11 de la ley antes mencionada asignó hasta el 2% anual de los
recursos del Sistema General de Regalías para su funcionamiento, y faculta la
administración de este porcentaje a la Comisión Rectora. Que
el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto 1082 de 2015 estableció que
mediante acto administrativo el jefe de la entidad pública incorporará en su
presupuesto los recursos del Sistema General de Regalías en un capítulo
independiente del presupuesto de la entidad. Que
mediante Resolución 1064 del 19 de abril de 2017, la Comisión Rectora
del Sistema General de Regalías distribuyó y asignó parcialmente la apropiación
destinada al funcionamiento del Sistema General de Regalías para el bienio
2017-2018. Que
en el artículo 11 de la misma resolución asignó específicamente para el
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para el año 2017 la suma de
trescientos setenta y ocho millones doscientos setenta y ocho mil ochocientos
doce pesos ($378.278.812.) moneda corriente. Que
en el artículo 12 de la pluricitada resolución dispuso que el ordenador del
gasto del órgano y demás beneficiarios de los recursos de funcionamiento solo
podrá comprometer hasta el 80% de la apropiación. El 20% restante podrá ser
utilizado una vez la Comisión Rectora determine que la proyección de recursos
de funcionamiento contenida en el presupuesto es compatible con el comportamiento
del Recaudo. Que
teniendo en cuenta lo anterior, la Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva
del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural solicitó la incorporación de
recursos mediante Memorando número 20171600050223, anexando la correspondiente
justificación. En
mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Incorporar en un
Capítulo independiente del presupuesto del Ministerio de Agricultura y
Desarrollo Rural la suma de trescientos setenta y ocho millones doscientos
setenta y ocho mil ochocientos doce pesos ($378.278.812.) moneda corriente,
correspondientes a los recursos asignados al Ministerio de Agricultura y
Desarrollo Rural en el Sistema General de Regalías para el bienio 2017-2018,
Capítulo 1, Subcapítulo 3, Sección Presupuestal 10000. Artículo 2°. El Ministerio de
Agricultura y Desarrollo Rural solo podrá comprometer hasta el 80% de la
apropiación. El 20% restante podrá ser utilizado una vez la Comisión Rectora
determine que la proyección de recursos de funcionamiento contenida en el presupuesto
es compatible con el comportamiento del Recaudo. Artículo 3°. La presente resolución
rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C.,
a los 26 días del mes de julio del año 2017 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Aurelio Iragorri Valencia |