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RESOLUCIÓN 442 DE
2017 (Julio 19) Por la cual se adopta el Plan Técnico de Televisión, para
la planeación de las frecuencias del espectro atribuido al servicio de
radiodifusión de televisión en tecnología digital y se deroga la Resolución ANE
000405 de 2016 LA DIRECTORA GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO En ejercicio de las facultades legales
establecidas en las Leyes 1341 de 2009 y 1507 de 2012 y en el Decreto-ley 4169
de 2011 CONSIDERANDO: Que
el artículo 75 de la Constitución Política establece que el espectro
electromagnético es un bien público inenajenable e imprescriptible, sujeto a la
gestión y control del Estado, de conformidad con los términos que fije la ley,
para garantizar la igualdad de oportunidades en su acceso y evitar las
prácticas monopolísticas en su uso. Que
los artículos 101 y 102 de la Constitución Política establecen que el espectro
electromagnético es un bien público que forma parte de Colombia y pertenece a
la Nación. Que
el espectro es un bien escaso y por consiguiente el Estado tiene la obligación
de velar por su uso eficiente y garantizar la igualdad en su acceso, y para
ello tendrá en cuenta los desarrollos tecnológicos y las necesidades del
sector, haciendo de su planificación un ejercicio dinámico. Que,
mediante Acto Legislativo 02 de 2011 se derogó el artículo 76 y se modificó el
artículo 77 de la Constitución Política de Colombia, eliminando la Comisión
Nacional de Televisión (CNTV). Que
de conformidad con el literal c) del artículo 3° de la Ley 1507 de 2012, la
Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) debe coordinar con la Agencia Nacional
del Espectro (ANE) los asuntos relativos a la gestión, administración y control
del espectro radioeléctrico. Que
el artículo 15 de la Ley 1507 de 2012 establece que la intervención estatal en
el espectro electromagnético destinado a los servicios de televisión estará a
cargo de la ANE, de conformidad con lo determinado en la Ley 1341 de 2009 y el
Decreto-ley 4169 de 2011. Que igualmente, la norma establece que la ANTV es la encargada de asignar las frecuencias que previamente haya atribuido la ANE para la operación del servicio de televisión radiodifundida. Que el artículo 3° del Decreto 4169 de 2011 establece que la ANE tiene como función planear y atribuir el espectro radioeléctrico, así como establecer y mantener actualizado el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF), con base en las necesidades del país y en el interés público. Que
el CNABF recopila, entre otros aspectos, los cambios que la atribución del
espectro al servicio de radiodifusión de televisión ha tenido hasta el momento.
Que
la Resolución 5050 de 2016 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones
establece, entre otras disposiciones, las especificaciones técnicas aplicables
a la red y los receptores del servicio de televisión abierta radiodifundida en
tecnología digital y los criterios de planificación de redes. Que
la Junta de la Autoridad Nacional de Televisión determinó en su sesión del 28
de enero de 2014, bajo Acta número 79, ratificada mediante comunicación del 13
de febrero de 2014 con radicado de salida de ANTV número 201400002253 que, en
adelante, todas las nuevas concesiones para la prestación del servicio de
televisión abierta radiodifundida serán adjudicadas en tecnología digital. Que
existe la necesidad de garantizar la coexistencia de la televisión analógica y
la digital en el periodo de transición de tecnologías, considerando la escasez
de frecuencias en las bandas atribuidas al servicio de radiodifusión de
televisión. Que
la ANE mediante la Resolución 419 de 2014 adoptó el Plan Técnico de Televisión,
el cual determina la distribución de frecuencias a ser utilizadas en el periodo
de transición y una vez finalice el apagón analógico, la cual fue actualizada
por la Resolución 405 de 2016. Que
el operador Radio Televisión de Colombia (RTVC) ha avanzado en el despliegue de
la televisión digital terrestre haciendo uso del Plan Técnico de Televisión y
ha solicitado realizar algunos ajustes a los parámetros técnicos de las
estaciones futuras con el fin de optimizar la red que está desplegando. Que
la Autoridad Nacional de Televisión, mediante comunicaciones con número de
radicado 201600002614 y 201600017713, solicitó a la ANE la planeación de nuevas
frecuencias para la operación local con ánimo de lucro en diferentes municipios
del país. Que,
de conformidad con lo anterior la ANE, las entidades del sector y los
operadores del servicio de radiodifusión de televisión consideran necesario
realizar ajustes al Plan Técnico de Televisión para la operación de la
televisión digital terrestre antes del apagón analógico. Que
desde el 26 de diciembre de 2016 hasta el 23 de enero de 2017 se publicó el
proyecto de resolución para comentarios. Que
la presente resolución fue presentada y aprobada en la sesión del Consejo
Directivo de la ANE el día 15 de junio de 2017. Que
por lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Adoptar el Plan
Técnico de Televisión de conformidad con el anexo de la presente resolución, el
cual planifica las frecuencias para el servicio de radiodifusión televisión en
tecnología digital. Artículo 2°. La presente resolución
rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución ANE 405 de
2016 y las demás disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a
los 19 días del mes de julio del año 2017 LA DIRECTORA GENERAL MARTHA LILIANA SUÁREZ
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